Época
de la República
Se inicia con la expulsión de Tarquino el soberbio ( 510 a.C. ) y termina el 13
de enero del año 27 a.C. cuando Octavio Augusto dimite de las facultades
extraordinarias que le habia encargado el Senado.
En esta época los comicios conservan el poder legislativo y electoral, pero
pierden el judicial.
El derecho es escrito y se dice que la primera ley escrita fue la ley de Las
XII Tablas; otra de Las características de
esta época es la presencia de laRESPONSA PRUDENTIUM.
A esta época pertenecen los juristas Publio Muscio Scévola y Servio Sulpicio
Rufo, se muestra un predominio de la aplicación de
los métodos de la lógica y de la dialéctica griega.
Pomponio nomina a Publio Muscio Scévola, a Bruto y a Mario Manilio como los fundadores del
Derecho Civil.
Se atribuye a Scévola haber sitematizado el Derecho Civil en una obra de
18 libros, y entre sus discípulos destacan Lucio Balbo, Papirio y Aquilio
Galo a quien se atribuye la creación de la acción de dolo y de las
clásulas para la institución de hijos póstumos. A servio Sulpicio Rufo, Cicerón
la atribuye ser el creador de la dialéctica jurídica, además de ser el creador
de laescuela serviniana, que no era una escuela pública, sino más
bien una concurrencia de oyentes de las respuestas dadas por el jurista.
1 DIVISION DE LAS MAGISTRATURAS:
Se dice que los primeros magistrados no fueron los cónsules sino los pretores
(PRAETOR MAXIMUS) , el pretor que era un jefe militar - es el que va a delante
- vino a reemplazar al rey con todos los poderes que este tenía; no se sabe
cuanto duró este periodo pero se sabe que el primer pretor fue Apio Claudio
quien promovió la rebelión contra Tarquino El Soberbio.
La pretura concentraba todos los poderes del
rey por eso fue necesario crear el consulado en forma colegiada para evitar los
abusos propios de la presencia de una sola y todo poderosa autoridad. Del consulado de
desprendió inicialmente la censura y así progresivamente las demás
magistraturas.2 CARACTERISTICAS DE LAS MAGISTRATURAS:
Las magistraturas que tenían las características comunes:
1 ELECTIVIDAD.- Todos los funcionarios republicanos eran elegidos. Los
magistrados mayores eran elegidos por la COMITIA CENTURIATA y los
magistrados menores por la COMITIA CURIATA.
2 GRATUIDAD.- Todos los cargos eran honoríficos, no percibían
remuneración, y en muchas oportunidades debían cubrir con su fortuna personal
la realización de actividades como
obras públicas y/o espectáculos públicos, cuando los magistrados eran
destacados a servir en las provincias se les reconocía el pago de
los gastos de alojamiento, comida y transporte.
3 TEMPORALIDAD.- Todos los cargos eran elegidos para un tiempo definido, eran
anuales, a excepción del censor cuyo periodo duraba 18 meses y se elegía cada
cinco años, o el caso los dictadores que se elegían extraordinariamente por un
periodo de seis meses. Esta característica no solo impedía la prolongación de
la permanencia en el cargo sino que además se prohíbe que se pueda ejercer una
magistratura y un sacerdocio en forma simultanea. Por
la ITERATIO (repetición) se prohibió que la misma magistratura pueda
ser desempeñada por la misma persona antes de 10 años de haber ocupado el mismo
cargo.
3.4 COLEGIALIDAD.- La mayoría de las magistraturas eran colegiadas y las
decisiones se adoptaban por unanimidad, la colegialidad supone que los colegas
participan como
titulares de un poder único. El cuerpo colegiado no solo podía estar compuesto
por dos sino por más dedos colegas. Un magistrado podía ejercitar sus funciones
plenamente en tanto no se lo impida el otro por el derecho al veto. Los colegas
podían ejercitar el JUS INTERCESSIONIS o voto singular que era
suficiente para vetar cualquier disposición. La INTERCESSIO solo
podía ser ejercitada entre colegas de igual poder ( PAR POTESTAS ) o
por un magistrado de mayor poder frente a un magistrado de menor poder.
3.5 RESPONSABILIDAD.- Todos los funcionarios y los magistrados superiores
e inferiores, excepto los dictadores, censores, y tribunos de la plebe, eran
responsables de sus actos mientras estaban en funciones. Era costumbre de que
los magistrados prestaran juramento al asumir el cargo (IURARE IN
LEGES), también juraban al concluir su mandato declarando que habían
obrado legalmente. Los magistrado no podían se demandados durante su mandato
pero si al finalizarlo, esto es cuando dejaban de ser personas públicas para
convertirse en personas privadas. Esto no impedía de modo alguno que frente a
un acto arbitrario los ciudadanos puedan hacer uso de su derecho de la
apelación ante el pueblo ( PROVOCATIO AD POPULUM) lo cual
constituía un eficiente mecanismo de control contra los excesos de
los magistrados por medio de las asambleas (siglo V antes de Cristo).
3 CLASIFICACION DE LAS MAGISTRATURAS
Las magistraturas pueden clasificarse de varias maneras; los romanos
identificaron como
magistrados mayores a los cónsules, pretores, censores y excepcionalmente los
dictarores; se entiende que las demásmagistraturas eran menores. El ejercicio
por tres generaciones consecutivas de las magistraturas mayores o magistraturas
superiores dentro de una familia convertía a esta en una familia noble.
Extraordinariamente se consideraba como
magistrados a los dictadores y a las comisiones como es el caso de los Decenviros.
También se puede decir que existían magistrados con imperio y sin imperio.
La LEX CURIATA DE IMPERIUM dictada por los comicios curiados atribuye
a cada magistrado el imperio después de su elección.
El IMPERIUM es el poder de mando total, es exclusivo de los
magistrados superiores, los magistrados menores carecen de imperium y solo
tienen POTESTAS o facultad disciplinaria que en caso de ser
desacatada debe ser impuesta por un magistrado superior.
4 DERECHOS DE LOS MAGISTRADOS:
4.1 EL IMPERIO:
El imperio no es sino el mando total; este imperio daba a su titular diversos
derechos:
IMPERIUM DOMI: Autoridad dentro de la ciudad, esta autoridad estaba limitada
por la PROVOCATIO AD POPULUM de los ciudadanos y el JUS
INTERCESSIONIS de su colega.
El IMPERIUM MILITARE: Se ejercía por el comandante militar fuera de la
ciudad y era un poder ilimitado.
4.2 LA COERCITIO: Era la potestad para aplicar sanciones y cualquier
medida coercitiva. Tanto sobre las personas como sobre los bienes de los
particulares.
4.3 El JUS EDICENDI: Era el derecho de publicar edictos o reglas para
todos los ciudadanos.
4.4 El JUS ROGATIONIS: Era el derecho de convocar al Senado y al pueblo
romano para la pedir laaprobación de una ley ( LEX ROGATA )
4.5 LA JURISDICTIO: Era el derecho de intervenir resolviendo las
controversias de derecho privado entre los particulares.
Los magistrados inferiores no
ejercitaban IMPERIUM sino POTESTAS lo cual puede
interpretarse como
un facultad disciplinaria o simple autoridad para disciplinar el ordenamiento
de la ciudad.