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Abolicion 1845 - Constituciones (1857 - 1858)



Constituciones (1857 - 1858)
Texto completo de cada una de las Constituciones promulgadas en el período señalado.
viernes, 8 de agosto de 2008
Constitución de 1857
(18 de abril de 1857, derogando la de 1830)
En el nombre de Dios Todopoderoso, autor y supremo legislador del Universo. Nosotros, los Representantes del Pueblo de Venezuela, autorizados por el canon 228 del Código fundamental de 1830 y por el Decreto legislativo de 10 de marzo de 1856, reformamos dicho Código, ordenando y estableciendo la siguiente
CONSTITUCION
Indice
Título I. De la Nación venezolana y su territorio
Título II. De la forma de Gobierno
Título III. De los venezolanos
Título IV. De la ciudadanía
Título V. Del Poder Legislativo
Título VI. De la Camara de Diputados
Título VII. De la Camara del Senado


Título XIII. De los Secretarios del Despacho
Título IX. De las atribuciones del Congreso funcionando separadamente en Camaras legislativas
Título X. De la formación de las Leyes y Decretos legislativos
Título XI. Del Poder Ejecutivo
Título XII. Del Presidente y Vicepresidente de la República
Título XIII. De los Secretarios del Despacho
Título XIX. De los deberes de los venezolanos
Título XV. Del Poder Judicial
Título XVI. Del Poder Municipal
Título XVII. Del régimen político de las provincias
Título XVIII. De la fuerza armada
Título XIX. De los deberes de los venezolanos
Título XX. De las garantías
Título XXI. Del juramento de los empleados
Título XXII. De la Reforma de la Constitución
TítuloXXIII. De la Confederación colombiana
Disposiciones transitorias
Listado de Constituciones
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Constitución de 1857
Título I
De la Nación venezolana y su territorio
Artículo 1.- La Nación venezolana es y sera siempre libre e independiente y no consentira jamas en ser el patrimonio de ninguna familia ni persona.
Artículo 2.- La soberanía reside en la Nación y los Poderes que establece esta Constitución son delegaciones de aquélla para asegurar el orden, la libertad y todos los derechos.
Artículo 3.- El territorio de Venezuela comprende todo el que antes de la transformación política de 1810 se denominó Capitanía General de Venezuela, y para su mejor administración se dividira en provincias, cantones y parroquias.
Artículo 4.- El Estado protegera la Religión Católica, Apostólica y Romana, y el Gobierno sostendra siempre el Culto y sus Ministros, conforme a la ley.
Indice
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Constitución de 1857
Título II
De la forma de Gobierno

Artículo 5.- El Gobierno de Venezuela es y sera siempre republicano, democratico, bajo la forma representativa, con responsabilidad y alternación de todos los funcionarios públicos.
Artículo 6.- El Poder público se divide para su administración en Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Municipal. Cada uno de estos poderes ejercera las atribuciones que le señalan la Constitución y las leyes, sin excederse de sus límites.
Indice
Listado de Constituciones

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Constitución de 1857
Título III
De los venezolanos

Artículo 7.- La calidad de venezolano procede de la naturaleza o se adquiere por naturalización.
Artículo 8.- Son venezolanos por naturaleza:
1. Todos los nacidos en el territorio de Venezuela;
2. Los nacidos en países extranjeros de padres venezolanos ausentes en servicio o por causa de la República;
3. Los nacidos fuera del territorio de Venezuela de padre o madre venezolanos, desde que expresen su voluntad de ser venezolanos.
Artículo 9.- Son venezolanos por naturalización los que tengan esta calidad conforme a la ley.
Artículo 10.- Los que adquirieron y conservan el derecho de venezolano conforme a la Constitución de 1830 continuaran gozando sin quedar sujetos a otro requisito.
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Constitución de 1857
Título IV
De la ciudadanía

Artículo 11.- Todos los venezolanos que estan en el goce de los derechos de ciudadano pueden elegir y ser elegidos para desempeñar los destinos públicos, siempre que tengan las cualidades requeridas por la Constitución y las leyes.
Artículo 12.- Para gozar de los derechos de ciudadano se necesita:
1. Ser venezolano;
2. Ser casado o mayor de dieciocho años;
3. Saber leer y escribir; pero esta condición no sera obligatoria hasta el año de 1880.
Artículo 13.- Los derechos de ciudadano se suspenden:
1. Por naturalización en país extranjero;
2. Por comprometerse a servir contra Venezuela;
3. Porcondenación a pena corporal a consecuencia de delitos comunes;
4. Por admitir empleo de otro Gobierno sin permiso del Congreso;
5. Por quiebra fraudulenta declarada así por sentencia judicial;
6. Por ser deudor de plazo cumplido a fondos públicos, declarado así por sentencia ejecutoriada en juicio contradictorio.
Artículo 14.- Los que por algunas de las causas mencionadas en el Artículo anterior tengan en suspenso los derechos de ciudadano, podran impetrar su rehabilitación conforme a la ley.
Artículo 15.- Para que un ciudadano pueda ser nombrado elector, se requiere:
1. Que sea mayor de veinticinco años;
2. Que sepa leer y escribir;
3. Que tenga una propiedad raíz que valga mil pesos por lo menos o una renta o sueldo que le produzca cuatrocientos pesos o mas.
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Constitución de 1857
Título V
Del Poder Legislativo
Artículo 16.- El Poder Legislativo se ejerce por el Congreso nacional compuesto de dos Camaras, una de Senadores y otra de Diputados.
Artículo 17.- El Congreso se reunira anualmente en la capital de la República el día primero de febrero o el mas inmediato posible, aunque no haya sido convocado.
Artículo 18.- Las sesiones de las Camaras seran públicas: sólo trataran en secreto de los negocios que a su juicio exijan reserva.
Artículo 19.- Las sesiones ordinarias duraran noventa días, pudiendo prorrogarse hasta treinta mas cuando sea necesario, a juicio del Congreso.
Artículo 20.- El Congreso se reunira extraordinariamenteen el punto para el cual sea convocado por el Poder Ejecutivo, y en este caso sólo podra ocuparse de los asuntos que el mismo Poder Ejecutivo someta a su consideración.
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Constitución de 1857
Título VI
De la Camara de Diputados
Artículo 21.- La Camara de Diputados se compondra de los miembros elegidos por los pueblos en la proporción de uno por cada veinticinco mil almas y otro mas por un residuo que no baje de quince mil. El Congreso podra aumentar esta base cuando haya tenido incremento la población. Una ley especial arreglara la forma de las elecciones.
§ Único. La provincia que no alcance a veinticinco mil almas, nombrara siempre un Diputado.
Artículo 22.- Para ser Diputado se requiere, ademas de las cualidades de elector:
1. Ser venezolano por naturaleza;
2. Ser natural o vecino de la provincia que hace la elección.
§ Único. Los extranjeros con diez años de naturalización y las demas cualidades que establece este Artículo, podran ser nombrados Diputados siempre que sean casados con venezolana o tengan bienes raíces en el país.
Artículo 23.- Los Diputados duraran en sus destinos seis años, renovandose por mitad cada tres años. Cuando todos los principales o suplentes sean elegidos en una misma época eleccionaria, la suerte designara los que deban cesar al fin del tercer año.
Artículo 24.- Son atribuciones de la Camara de Diputados:
1. Concurrir con la del Senado a la formación de las leyes y decretos y a los demas actos quedesigna esta Constitución;
2. Velar sobre la inversión de las rentas nacionales y examinar la cuenta que anualmente debe presentar el Poder Ejecutivo;
3. Oír las acusaciones contra el Presidente y Vicepresidente de la República, Ministros de la Corte Suprema de Justicia, Consejeros y Secretarios del Despacho, en los casos designados por esta Constitución.
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ABOLICIÓN DE LA ESCLAVITUD EN VENEZUELA. AÑO 1854

Treinta y tres años, los y las esclavizadas tuvieron que esperar para que el presidente de la República José Gregorio Monagas, procediera a decretar la Abolición de la Esclavitud el día 24 de Marzo de 1854.
Los amos de los esclavizados y esclavizadas le exigieron al gobierno que tenían que indemnizarles, es decir pagarles por cada persona que ellos liberaran. El Estado procedió a indemnizar a lo amos, en vez de indemnizar a las personas que durante años fueron humilladas y maltratadas.

Existió un héroe de la independencia que dio la libertad a las personas esclavizadas dos años después de abolida la esclavitud, es decir en 1856. Ese héroe se llamaba José Antonio Paez.

Las condiciones sociales, económicas, y educativas, después de la abolición de la esclavitud eran tan deplorables que muchos prefirieron continuar en condiciones de semi-esclavitud para poder sobrevivir. Sin embrago, otros y otras emigraron a las ciudades para buscar un mejor sustento y mejores condiciones devida para su familia. Algunos se quedaron e las zonas rurales donde construyeron conucos, haciendas y otras labores agrícolas que con el tiempo se convirtieron en sus propiedades para vivir dignamente de su trabajo.

ABOLICIÓN DE LA ESCLAVITUD EN VENEZUELA

A 158 de aquella decisión.

La abolición en Venezuela no fue una salida humanitaria ni con sentido progresista sino tramposa, tanto desde la perspectiva económica como política, de los Monagas y terratenientes.

ELIGIO DAMAS

La abolición de la esclavitud se produjo en Venezuela bajo el régimen de los Monagas, mediante decreto del 24 de marzo de 1854.
Había sido una vieja aspiración bolivariana, expresada por vez primera el año de 1816 en el 'Manifiesto de Carúpano' y reiterado en el discurso de Angostura. La posición bolivariana tenía un sentido fundamentalmente político, pues sometidos a revisión los fracasos de 1812 y 1814, llegó Bolívar a la conclusión que el ejército carecía aun del suficiente apoyo popular y basicamente, la idea de la independencia, no encontraba eco en aquellos nacionales sometidos a relaciones tan injustas y oprobiosas; y basicamente por las mismas clases que apoyaban y dirigían la lucha emancipadora. A comienzos del año 17 insiste el Libertador: 'ya no habra mas esclavos en Venezuela'. Reitera su planteamiento ante el congreso de Cúcuta de 1821, con resultados infructuosos y sólo se acuerda un dudoso principio de extinción gradual de la esclavitud, con la finalidad de no 'comprometer la tranquilidad pública, ni vulnerar los derechos que verdaderamente tenganlos propietarios'. Apenas se logró aprobar una Ley de Manumisión, en la cual se señala que seran libres los hijos de los esclavos que nazcan a partir de la publicación de la ley, pero les obliga a pagar los gastos de manutención a los propietarios 'con sus obras y servicios que les prestaran hasta la edad de dieciocho años cumplidos'.
El 30 de septiembre de 1830, el Congreso de Valencia eleva la obligación estipulada en la Ley de Cúcuta en 3 años, con lo que la manumisión comenzaría a los 21 años. El 27 de abril de 1840, Paez dicta un decreto mediante el cual obliga a los manumisos a contratar o vender su trabajo (fuerza de trabajo) a sus antiguos amos, hasta la edad de 25 años. Con lo cual, en el fondo, se formaliza la esclavitud hasta ese límite de edad.
La relación histórica en torno al proceso evolutivo de la mano de obra esclava en Venezuela tiene como finalidad definir el comportamiento de los grupos revolucionarios - representados en Bolívar - y la actitud de las clases dominantes dentro del movimiento independentista y la república y, al mismo tiempo, nos sirve de marco histórico para intentar una explicación de ese comportamiento, que nos lleve al final a un analisis de la abolición de la esclavitud.
La mano de obra esclava equivalía para la época de la lucha por la independencia al 18 por ciento del total.
Los ofrecimientos del Libertador no tuvieron eco por cuanto la mano de obra esclava, por sus bajos costos, permitía a los plantadores obtener mayores ventajas competitivas y beneficios al concurrir al mercado internacional.Precisamente los propietarios de esclavos y de tierras jugaron un papel fundamental en la lucha contra el dominio colonial español y posteriormente, lograda la independencia, por el caracter censitario de nuestros regímenes tuvieron un peso influyente en los órganos legislativo y ejecutivo de Colombia y Venezuela.
No obstante, el interés de ampliar la base social de la guerra, para obtener mayor respaldo, lleva a patriotas como a realistas a ofrecer libertad a los esclavos, reparto de tierras a estos y a los campesinos 'libres'. Estas prédicas, las fugas, las rebeliones como efecto de la crisis política de la colonia 'mermó la capacidad productiva de la mano de obra esclava y acentuaron su escasa rentabilidad en la agricultura de plantaciones'.
La Ley de Cúcuta mantiene los privilegios a los esclavistas, pues la manumisión a los 18 años permite alentar una esperanza ilusa entre los esclavos y, al mismo tiempo, aprovechar la explotación en sus mejores años. Ademas, la mencionada Ley previó la indemnización a los propietarios.
Mientras tanto, como consecuencia de los efectos de la guerra y la actitud del esclavo, de franca rebeldía frente a esa relación, continúa minandose la estabilidad del esclavismo. Ahora bien, viene desarrollandose con mas fuerza, en el seno de la sociedad venezolana, una relación mayormente productiva, la servil que aumentaba en número con la incorporación de antiguos esclavos.
Según Federico Brito Figueroa en 'la cuarta década del siglo XIX' de 215.124 personas que constituían la mano de obra, el ' 83 por ciento, es decir,179.165 trabajadores rurales' correspondía a lo que el citado autor denomina 'campesinos enfeudados' y apenas el 17 por ciento a mano de obra esclava.
A todo el fenómeno anterior habría que agregar otra causa mas de la disminución de la mano de obra esclava, señalada por Héctor Malavè Mata en 'Formación Histórica del Antidesarrollo de Venezuela'; los productores asediados por los compromisos contraídos con las casas comerciales, preferían el uso de la mano de obra esclava pero 'no podían escapar del despo¬jo legalizado sin sacrificar las fuerzas productivas'. Esta razón conduce al esclavo a un trabajo demoledor que lo aniquila prontamente.

Todas estas circunstancias tendían a hacer menos rentable la mano de obra esclava, que había sido el baluarte fundamental de la producción en años anteriores.
Por eso la Ley de Manumisión, en todos los sentidos, sería bien recibida por los propietarios; mas aún porque ella establecía una indemnización a los propietarios. Como agrega Federico Brito Figueroa, 'esta es la razón de la Ley de Libertad de Vientres y los reiterados intentos, especialmente en 1836, de solicitar un empréstito en Inglaterra para emancipar a los escla¬vos e indemnizar a los amos'.
El proceso de disminución de la mano de obra esclava continuó y para 1834, el número de esclavos se había reducido a 35.969.
El decreto de Paez de 1840, que como hemos dicho obligaba a los manumisos a contratar con sus antiguos amos hasta la edad de 25 años, les asegura a estos una fuerza de trabajo, bajo una relación nueva, mas productiva, pero igualmenteinhumana; se establecía esta nueva relación hasta el límite de sus posibilidades productivas, si se toma en cuenta que la expectativa de vida del esclavo era muy corta.
A la luz de estas consideraciones, es facil comprender que entre los grandes terratenientes tomara cuerpo la idea de abolir la esclavitud y, en efecto, surgieron iniciativas para lograr ese objetivo.
Era difícil mantener aquella relación improductiva que empeoraba, debido 'a la lucha que por la libertad venían sosteniendo los esclavos desde la sociedad colonial'. Según los pronósticos liberales y conservadores de la época, entre 1835 y 1853, se habían fugado 4.325 esclavos.
Así pues, llegamos a un momento de nuestra historia en que los propietarios desean deshacerse de una mano de obra desvalorizada; de allí que la Ley de Abolición de 1854, que ademas indemniza a los propietarios, sea recibida sin reacción opuesta.
Ademas, como bien asienta Héctor Malavè Mata, los propietarios no podían temer por escasez de mano de obra y en consecuencia, por aumento de la cotización del salario, pues la 'gran mayoría de los esclavos, se vería en la necesidad de regresar a las labores del campo'.
En Venezuela la industria no había alcanzado un desarrollo ni siquiera elemental, como señala Brito Figueroa, 'las factorías que en número de 354 existían en el país eran simples empresas artesanales'; ademas, las tierras estaban controladas por un reducido grupo que a la vez dominaba al Estado y no temía a cambios mas profundos; por lo cual la mano de obra se vería obligada a trabajar bajo una relaciónigualmente explotadora y que liberaba a los amos de las obligaciones que les imponía la esclavitud.
En Venezuela, en consecuencia, la liberación de los esclavos no llegó acompañada de una transformación socio económica profunda que rompiera las viejas relaciones de producción e impusiera nuevas formas productivas y desatara la capacidad de consumo de las masas trabajadoras, como sucedió en el transito hacia el desarrollo capitalista en los Estados Unidos, donde el esclavo se transformó en un trabajador asalariado. Como solicitase Abraham Lincoln, en el discurso pronunciado con motivo de promulgación de la ley abolicionista, a los liberados, vayan al trabajo y reclamen salarios justos.
Así, en Venezuela, como señala Brito Figueroa, 'los esclavos liberados y los manumisos se transformaron en campesinos enfeudados y en otras categorías sociales propias de la economía latifundista, caracterizada por la dependencia de la tierra y el pago de tributos a los terratenientes'.
Conviene señalar ademas, en última instancia, lo que hemos anotado en otra parte de este trabajo, que sería ingenuo pensar que los Monagas fueran movidos por razones humanitarias, en contra de sus intereses de terratenientes y esclavistas. Ademas de las razones relativas a la irracionalidad de las relaciones de producción y la indemnización prevista en la Ley de Abolición, prevaleció también un interés político electoral. Tuvo el interés de arrebatar a los conservadores una bandera y preparar el camino para el regreso de José Tadeo Monagas a la presidencia de la república.


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