ART. 270. Violación a los derechos morales
de autor. Incurrira en prisión de dos (2) a cinco (5) años
y multa de veinte (20) a doscientos (200) salarios mínimos legales
mensuales vigentes quien:
1.- Publique, total o parcialmente, sin autorización previa y expresa
del titular del derecho, una obra inédita de caracter literario,
artístico, científico, cinematografico, audiovisual o
fonograma, programa de ordenador o soporte lógico.
2.- Inscriba en el registro de autor con nombre de persona distinta del autor
verdadero, o con título cambiado o suprimido, o con el texto alterado,
deformado, modificado o mutilado, o mencionando falsamente el nombre del editor
o productor de una obra de caracter literario, artístico,
científico, audiovisual o fonograma, programa de ordenador o soporte
lógico.
3.- Por cualquier medio o procedimiento compendie, mutile o transforme, sin
autorización previa o expresa de su titular, una obra de caracter
literario, artístico, científico, audiovisual o fonograma,
programa de ordenador o soporte lógico. Paragrafo.
- Si en el soporte material, caratula o presentación de una obra
de caracter literario, artístico, científico, fonograma,
videograma, programa de ordenador o soporte lógico, u obra
cinematografica se emplea el nombre, razón social, logotipo o
distintivo del titular legítimo del derecho, en los casos de cambio,
supresión, alteración, modificación o mutilación
del título o del texto de la obra, las penas anteriores se
aumentaran hasta en la mitad.
ART. 271. Defraudación a los derechospatrimoniales de autor.
Incurrira en prisión de dos (2) a cinco (5) años y multa
de veinte (20) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes
quien, salvo las excepciones previstas en la ley:
1. Por cualquier medio o procedimiento, sin autorización previa y
expresa del titular, reproduzca obra de caracter literario,
científico, artístico o cinematografico, fonograma,
videograma, soporte lógico o programa de ordenador, o transporte,
almacene, conserve, distribuya, importe, venda, ofrezca, adquiera para la venta
o distribución, o suministre a cualquier título dichas
reproducciones.
Represente, ejecute o exhiba públicamente
obras teatrales, musicales, fonogramas, videogramas, obras
cinematograficas, o cualquier otra obra de caracter literario o
artístico sin autorización previa y expresa del titular de los derechos correspondientes.
Alquile o de cualquier otro modo comercialice
fonogramas, videogramas, programas de ordenador o soportes lógicos u
obras cinematograficas, sin autorización previa y expresa del titular de los
derechos correspondientes.
Fije, reproduzca o comercialice las
representaciones públicas de obras teatrales o musicales, sin
autorización previa y expresa del
titular de los derechos correspondientes.
5.- Disponga, realice o utilice, por cualquier medio o procedimiento, la
comunicación, fijación, ejecución, exhibición,
comercialización, difusión o distribución y
representación de una obra de las protegidas en este título, sin
autorización previa y expresa de su titular.
El relator especial abordó una amplia gama de cuestiones de derechos
humanos, incluyendo las siguientes:
Una definición de las poblaciones indígenas
El papel de las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales
Los principios basicos y la eliminación de la
discriminación en materia de derechos humanos
Las areas especiales de acción tales como la salud, la vivienda,
la educación, la lengua o idioma, la cultura, las instituciones
sociales, culturales y jurídicas, el empleo, la tierra, los derechos
políticos, los derechos y practica religiosos y la igualdad en la
administración dejusticia
De una manera general se ofrece a continuacion una serie de explicaciones
acerca de las diferentes caracteristicas de la familia y indigena y no
indigena, considerando aspectos relacionados con las creencias, tradiciones,
cultura, lugar de residencia, etc
Este ligero analisis encierra la importancia de que la poblacion guatemalteca
consta de dos nucleos etnicos notariamente diferentes indigenas y no indigenas.
Y es precisamente partiendo del estudio de la familia, nucleo fundamental de la
sociedad, como se pueden entender mejor los problemas de diversa indole que
afectan a Guatemala.
Familia no Indígena
Reconocida comunmente como ladina, este nucleo familiar presenta
caracteristicas facilmente identificables. En un alto porcentaje la familia
ladina reside en la zonas urbanas del pais (ciudades). Tal situacion le permite
a sus integrantes mayores posibilidades de desarrollo, pues las oportunidades
de estudiar y trabajar son mas abundantes que en el area rural.
En la familia ladina encontramos una marcada inclincacion a la independencia de
residencia; es decir, las nuevas parejas de casados buscan la manera de crear
su propio hogar y depender lo menos posible de sus padres. Esta tendencia se ha
acentuado mas a raiz de las nuevas corrientes ideologicas de la gente joven.
Las constumbres y habitos de vida dentro de la familia ladina son marcados por
el ridmo de vida que se lleva en la ciudades, lo cual se traduce a actividades
sociales de toda indole (fiestas, convivios, cenas con amistades, paseos, etc.
La problematica familiar en Guatemala de la cual hablaremos mas
adelante-encuentra la poblacion ladina una evidente realidad que en los ultimos
años ha llegado a niveles sumamente preocupantes. Como muestra de esta
problematica tenemos la desintegracion familiar manifestada en el alto indice
de separaciones y divorcios, La creciente irresponsabilidad paterna y, en
consecuencia, el alto porcentaje de hijos no reconocidos. El crecido numero de
madres solteras y la falta de valores familiares vienen a confirmar la profunda
crisis que la familia ladina de nuestro pais enfrenta en la actualidad, sin que
haga mayor cosa para contrarrestar tal situacion.
Funciones de la familia
Una de las características que distingue a la familia es su capacidad de
integrar muchas funciones en una única fórmula de convivencia.
Eso no quiere decir que no haya otras formas de llevarlas a cabo. Todas las
funciones que señalaremos a continuación se pueden realizar en el
contexto de instituciones alternativas que a veces son totalmente ajenas a la
esfera doméstica como sucede, de hecho, con la educación en las
escuelas o el cuidado de personas mayores en asilos.
Algunas de las principales funciones que la familia cumple son las siguientes:
* Económica. En ella cabe distinguir: mantenimiento de los miembros no
productivos crematísticamente hablando; división de las tareas
domésticas, como aprendizaje de la división del trabajo en el
mundo laboral; transmisión de bienes y patrimonio (herencia patrimonial,
jurídica, de estatus y de poder); unidad de consumo;
evitación de igualitarismo estatal…
* Reproductora. Toda sociedad regula las actividades reproductoras de sus
adultossexualmente maduros. Una manera de hacerlo consiste en establecer reglas
que definen las condiciones en que las relaciones sexuales, el embarazo, el
nacimiento y la cría de los hijos son permisibles. Cada sociedad tiene
su propia combinación, a veces única, de reglas y de reglas para
la transgresión de reglas en este campo. Esta regulación supone
un control de las relaciones entre personas que, a su vez, contribuye de forma
sustancial al control social.
* Educativa-socializadora. El objetivo generalizado es la integración de
los miembros mas jóvenes en el sistema establecido, moralmente o
jurídicamente.
6.- Retransmita, fije, reproduzca o por cualquier
medio sonoro o audiovisual divulgue, sinautorización previa y expresa del titular, las
emisiones de los organismos de radiodifusión.
Recepcione, difunda o distribuya por cualquier
medio, sin autorización previa y expresa del titular, las emisiones de la
televisión por suscripción.
Paragrafo. Si como consecuencia de
las conductas contempladas en los numerales 1, 3 y 4 de éste
artículo resulta un número no mayor de cien (100) unidades, la
pena se rebajara hasta en la mitad.
ART. 272. Violación a los mecanismos de protección de los
derechos patrimoniales de autor y otras defraudaciones. Incurrira en
multa quien:
1 Supere o eluda las medidas tecnológicas
adoptadas para restringir los usos no autorizados.
Suprima o altere la información esencial
para la gestión electrónica de derechos, o importe, distribuya o
comunique ejemplares con la información suprimida o alterada.
Fabrique, importe, venda, arriende o de cualquier
forma distribuya al público un dispositivo o sistema que permita
descifrar una señal de satélite cifrada portadora de programas,
sin autorización del distribuidor legítimo de esa señal, o
de cualquier forma de eludir, evadir, inutilizar o suprimir un dispositivo o
sistema que permita a los titulares del derecho controlar la utilización
de sus obras o producciones, o impedir o restringir cualquier uso no autorizado
de éstos.
4.- Presente declaraciones o informaciones destinadas directa o indirectamente
al pago, recaudación, liquidación o distribución de
derechos económicos de autor o derechos conexos, alterando o falseando,
por cualquier medio o procedimiento, los datos necesarios para estos efectos.