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Educación basica formal de adultos



Educación basica formal de adultos

Artículo 15º.- Las instituciones educativas que ofrezcan programas de educación basica formal de adultos, atenderan los lineamientos generales de los procesos curriculares del servicio público educativo establecidos por el Ministerio de Educación Nacional, teniendo en cuenta sus particulares características.

Artículo 16º Podran ingresar a la educación basica formal de adultos ofrecida en ciclos lectivos especiales integrados:

Las personas con edades de trece (13) años o mas, que no han ingresado a ningún grado del ciclo de educación basica primaria o hayan cursado como maximo los tres primeros grados.
Las personas con edades de quince (15) años o mas, que hayan finalizado el ciclo de educación basica primaria y demuestren que han estado por fuera del servicio público educativo formal, dos (2) años o mas.


Artículo 17º Las personas menores de trece (13) años que no han ingresado a la educación basica o habiéndolo hecho, dejaron de asistir por dos (2) años académicos consecutivos o mas, deberan ser atendidos en los establecimientos educativos que ofrecen educación formal en ciclos regulares, mediante programas especiales de nivelación educativa, de acuerdo con lo establecido en los artículo 8 y 38 del Decreto 1860 de 1994 o las normas que lo modifiquen o sustituyan.

Artículo 18º La educación basicaformal para las personas a que se refiere el artículo 16 de este Decreto, se desarrollara en cuatro (4 ) ciclos lectivos especiales integrados, cada uno de cuarenta (40) semanas de duración mínima, distribuidas en los períodos que disponga el proyecto educativo institucional.

Cada ciclo lectivo especial integrado tendra una duración mínima de ochocientos (800) horas anuales de trabajo, en actividades pedagógicas relacionadas con el desarrollo de las areas obligatorias y fundamentales y los proyectos pedagógicos, de acuerdo con lo establecido en respectivo proyecto educativo institucional.

Las instituciones educativas que ofrezcan este servicio, podran programar las actividades pedagógicas con la intensidad horaria semanal y diaria que determine el correspondiente plan de estudio, ya sea en jornada diurna, nocturna, sabatina o dominical.

Artículo 19º La educación basica formal de adultos podra ofrecerse de manera presencial, semipresencial o abierta y a distancia.
Si, claro, lafuerza de su argumento radica en la importancia de formar mejores educandos y educadores, con el único propósito de que la humanidad pase de salvaje, mediocre, indiferente, egocéntrico, etc., a un estado de conciencia diferente, la de un ser humano autónomo, con valores, cultura, ética y calidad, la cual nos hace mucha falta en la actualidad.

¿Puedo cuestionar algunas afirmaciones del texto?; ¿Cuales? ¿Cómo?
Una buena pregunta seria en ¿Hacia donde queremos llegar? ¿Que fin buscamos? en la búsqueda de la mejor educación para todos y en todo.

¿Soy capaz de formular y fundamentar una tesis contraria a la del autor?
Creo que por ahora no.

¿El autor aborda cuestiones que después no desarrolla?; ¿Cuales?
De acuerdo con el autor, plantea los instintos del humano y su semejanza con los animales, al transmitir sus enseñanzas por medio de experiencias vividas por generaciones anteriores, así mismo comparto la idea de que los humanos hemos elaborado modelos y explicaciones del tiempo y espacio, lo que nos hace diferentes de los demas seres vivos.
¿Puedo aportar algo al esclarecimiento de tales cuestiones?
Parasuperar este estado de cosas debemos cambiar el espíritu de la educación, poniendo énfasis en que lo importante no es el cambio de los contenidos escolares, sino hacer de la escuela un centro de cultura vivo, un laboratorio, desde el que se analiza la realidad, en estrecho contacto con ella, para entenderla y transformarla.

10 En síntesis. ¿Qué me ha descubierto este texto ¿En que relación se encuentran las cuestiones aquí debatidas con mis conocimientos anteriores y con mis concepciones o expectativas?
Al detenerme a pensar en el origen social del que provengo y en el tipo de educación que he recibido a lo largo de mi carrera profesional, la forma en la que ya sabía fui instruida por familia, maestros y profesores; descubrí que quizas no fue la mejor pero formo parte de profesionistas en nuestro país, decida a formar una maestra de calidad.

11 Qué me deja la lectura, como persona y como profesionista?
Decidí formar parte del grupo que desea hacer la diferencia, de la nueva generación de maestros concientes de la importancia que es el ser autónomo, abierto y eficaz, y de trasmitir el conocimiento desde esta perspectiva.


Cuando se adopte la modalidad semipresencial se debe garantizar una presencialidad no inferior al cincuenta por ciento (50%) de las horas anuales de trabajo, determinadas en el artículo 18 de este Decreto y el desarrollo de practicas, asesorías, tutorías, trabajos grupales y elaboración de módulos y guías.

Artículo 20º.- Los procesos curriculares que se incorporen a los cicloslectivos especiales integrados de educación basica formal de adultos, deberan atender los objetivos definidos en el artículo 20 de la Ley 115 de 1994.

En el plan de estudios del respectivo programa que se ofrezca, debera incluirse el procedimiento de evaluación y promoción por logros, formulados y adoptados para cada ciclo lectivo especial integrado, atendiendo las necesidades de aprendizaje y las características de la población adulta.

Las areas fundamentales y obligatorias establecidas en el artículo 23 de la Ley 115 de 1994, y los temas obligatorios contemplados en el artículo 14 de la misma ley, podran organizarse en forma interdisciplinaria o integrada, según las particularidades de dichos Educandos.

Artículo 21º Los ciclos lectivos especiales integrados se organizaran de tal manera que la formación y los logros alcanzados tengan las siguientes correspondencias con los ciclos lectivos regulares de la educación basica:

El primer ciclo, con los grados primero, segundo y tercero.
El segundo ciclo, con los grados cuarto y quinto.
El tercero ciclo, con los grados sexto y séptimo.
El cuarto ciclo, con los grados octavo y noveno.
Artículo 22º Las personas que cumplan y finalicen satisfactoriamente todos los ciclos lectivos especiales integrados de la educación basica de adultos, recibiran el certificado de estudios del bachillerato basico.


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