REFORMA LABORAL México
Antecedentes
• El marco jurídico laboral ha quedado rebasado ante las nuevas
circunstancias demograficas, económicas y sociales.
• La legislación actual no responde a la urgencia de incrementar
la productividad de las empresas y la competitividad del país, ni
tampoco a la necesidad de generación de empleos.
• Subsisten condiciones que dificultan que en las relaciones de trabajo
prevalezcan los principios de equidad, igualdad y no discriminación.
• El anacronismo* de las disposiciones procesales constituye un factor que propicia rezagos e impide la
modernización de la justicia laboral.
• A pesar de que nuestro país ha tenido importantes progresos
democraticos y de libertad, aún es necesario avanzar hacia
mejores practicas en las organizaciones sindicales, que favorezcan la
toma de decisiones.
• La normatividad laboral no prevé sanciones significativas a
quienes incurren en practicas desleales e informales contrarias a la
ley.
Por las anteriores razones, se considera necesario reformar la Ley Federal del
Trabajo, pero sin que ello implique abandonar los derechos reconocidos en el
artículo 123 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Contenido de la Iniciativa
1. Incorporar la noción de trabajo decente que promueve la
Organización Internacional del Trabajo, para destacar los elementos que
deben imperar en cualquier relación laboral, que no son otros,
mas que el respeto a la dignidad humana del trabajador; la no
discriminación por razón de género,preferencia sexual,
discapacidad, raza o religión; el acceso a la seguridad social; el
salario remunerador; la capacitación continua para el incremento de la
productividad; la seguridad e higiene en el trabajo; la libertad de
asociación; la autonomía y democracia sindical; el derecho de
huelga, y la contratación colectiva. Cabe señalar que el concepto
de trabajo decente a que se hace referencia, es acorde con la aspiración
que nuestro texto constitucional prevé como trabajo digno.
2. Incluir en nuestra legislación, como nuevas modalidades de
contratación, los períodos de prueba, los contratos de
capacitación inicial y para el trabajo de temporada, con el
propósito de atender las circunstancias que privan en el mercado de
trabajo. Estas propuestas permitirían romper el
círculo vicioso en torno a que las personas no tienen empleo porque no
estan capacitadas y no tienen capacitación porque no cuentan con
empleo.
3. Regular la subcontratación de
personal u outsourcing, con el propósito de evitar la evasión y
elusión del
cumplimiento de obligaciones a cargo del
patrón. Para tal efecto, se define la figura de
“subcontratación”; se determina que el contrato de
prestación de servicios deba constar por escrito; se prevé que la
beneficiaria de los servicios tendra la obligación de cerciorarse
de la solvencia económica de la contratista y que ésta cumpla con
sus obligaciones en materia de seguridad y salud.
4. Tipificar como delito el trabajo de menores
de 14 años fuera del círculo familiar, para lo cual se otorgan
facultades alas autoridades, a efecto de que puedan ordenar el cese inmediato
de las labores de aquéllos, ademas de establecer la
obligación de resarcir las diferencias salariales, en caso de que
percibieran ingresos menores a los de otros trabajadores que realicen
idénticas actividades. De igual manera, con el propósito de
fortalecer las medidas de protección y vigilancia a favor de los
menores, se propone un nuevo esquema para detallar con mayor precisión,
los tipos de actividades que no podran realizar.
5. Otorgar mayor protección y seguridad
jurídica a los mexicanos que van a laborar en el extranjero, para lo
cual se propone regular tres modalidades de contratación: el primero de
ellos atiende los casos de los trabajadores mexicanos que son contratados en
territorio nacional y cuyo contrato de trabajo se rija por la Ley Federal del
Trabajo; el segundo, el caso de los trabajadores mexicanos reclutados y
seleccionados en México, para un empleo concreto en el exterior de
duración determinada, a través de mecanismos acordados por el
gobierno de México con un gobierno extranjero, y por último, el
caso de los trabajadores mexicanos reclutados y seleccionados en México,
para un empleo concreto en el exterior de duración determinada, que sean
contratados a través de agencias de colocación de trabajadores.
6. Replantear el mecanismo para comunicar los
avisos de rescisión de la relación de trabajo que debe dar el
patrón a los trabajadores, a efecto superar la incongruencia de probar
en juicio un hecho negativo, es decir que eltrabajador se negó a recibir
el aviso de despido.
7. Incluir una nueva causal de rescisión
de la relación de trabajo sin responsabilidad para el trabajador,
consistente en que el patrón le exija la realización de actos,
conductas o comportamientos que menoscaben o atenten contra su dignidad.
8. Fortalecer los derechos de la mujer
trabajadora, a través de las siguientes medidas específicas
• Prohibir expresamente la discriminación por cuestiones de
género.
• Prohibir la realización de actos de hostigamiento o acoso
sexual, castigar a quienes permitan o toleren tales conductas y considerarlas como
causales de rescisión de la relación de trabajo.
• Prohibir la practica de exigir certificados médicos de
ingravidez para el ingreso, permanencia y ascenso en el empleo.
• Permitir que las mujeres trabajadoras puedan distribuir las semanas de
descanso pre y postnatal, así como reducir en una hora la jornada de
trabajo, durante los periodos de lactancia, a efecto de que puedan convivir con
el recién nacido. Adicionalmente, se considera necesario propiciar la
equidad y la corresponsabilidad familiar entre hombres y mujeres, para lo cual
se propone incluir en la legislación, la figura de las licencias de
paternidad, de tal forma que el trabajador que se
convierta en padre pueda disfrutar de una licencia de diez días, con
goce de sueldo. Con ello, se contribuye a fomentar la conciliación entre
la vida laboral y familiar de las personas, pues ambos padres
compartiran el gozo y la atención del recién nacido.
9. Aprovechar los avancesde las
tecnologías de la información y comunicación para prever
que el pago de salarios se pueda realizar a través de medios
electrónicos, por lo que podran efectuarse a través de
depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o
cualquier otro medio electrónico.
10. Establecer un
límite a la generación de salarios vencidos para combatir la
indebida practica de prolongar artificialmente la duración de los
procedimientos laborales. Se prevé que se generaran solamente
entre la fecha del
despido y hasta por un periodo maximo de doce meses. Una vez concluido este periodo, si el juicio aún no se ha resuelto, se
generaría solamente un interés. Con esta fórmula, se estima
que se preserva el caracter indemnizatorio de los salarios vencidos y
también se atiende la necesidad de conservar las fuentes de empleo, a la
par de que se contribuye a la disminución -de manera sustancial- de los
tiempos procesales para resolver los juicios.
11. Impulsar la multihabilidad de los
trabajadores, a efecto de que se involucren en otras
actividades de su entorno laboral, lo cual permite su desarrollo y
capacitación. Desde luego, se prevé que su
participación se vea recompensada con el ajuste salarial respectivo.
Consideramos que aprovechar las capacidades de los
trabajadores, ademas de propiciar beneficios directos a su persona,
incluso a sus familias, incrementan la productividad de las empresas.
12. Establecer como nueva obligación patronal la
relativa a afiliar el centro de trabajo al
Instituto del Fondo Nacional para elConsumo de los Trabajadores, lo que
propiciara que los trabajadores puedan ser sujetos del crédito que proporciona dicha
entidad.
13. Contar con mas y mejores mecanismos
que permitan a la autoridad laboral responder de manera eficaz y oportuna ante
situaciones de contingencias sanitarias, como la vivida en nuestro
país en el 2009. Las medidas que se proponen consisten en
• Dotar a la autoridad de herramientas, para que pueda reaccionar con
mayor contundencia y eficacia ante las emergencias.
• Fortalecer la coordinación institucional para proteger la
seguridad y salud de los trabajadores.
• Prohibir la utilización del trabajo de menores y mujeres
en estado de gestación o lactancia, durante las contingencias
sanitarias.
• Fomentar la cultura de la prevención.
• Definir las consecuencias jurídicas que una situación de este tipo puede generar en las relaciones de trabajo.
14. Armonizar la legislación con los
criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el sentido de
exceptuar al patrón de pagar el reparto adicional de utilidades, si
obtuvo de la Junta de Conciliación y Arbitraje la suspensión
correspondiente, en tanto esta situación perdure.
15. Adecuar las instalaciones de aquellos
centros de trabajo que tengan mas de 50 trabajadores, a fin de facilitar
el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad. Para
establecer esta obligación, se ha tomado como referencia el criterio de estratificación
para determinar a las empresas pequeñas y medianas, que prevé la
Ley para elDesarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y
Mediana Empresa, de manera que no se establezca una carga que pudiera ser
excesiva para las microempresas.
16. Replantear las disposiciones que regulan la capacitación y el
adiestramiento de los trabajadores, con el propósito de elevar el nivel
de vida de los trabajadores y sus familias, así como mayores
rendimientos para las empresas, a través de un vínculo mas
estrecho entre la capacitación y la productividad. Para ello se propone:
• Rediseñar los objetivos y las tareas que tendrían a su
cargo las Comisiones Mixtas de Productividad, Capacitación y
Adiestramiento;
• Ampliar los objetivos de los Comités Nacionales de Productividad
y Capacitación que pueden establecerse en las diferentes ramas
industriales y de servicios, y en los que participan representantes de los
patrones y de los trabajadores, a fin de que propongan acciones para:
- Diagnosticar los requerimientos necesarios para elevar la productividad y la
competitividad de las empresas;
- Vincular los salarios a la calificación y competencias adquiridas;
- Estudiar mecanismos y nuevas formas de remuneración que vinculen los
salarios a los beneficios de la productividad, y
- Proponer la expedición de normas técnicas de competencia
laboral y, en su caso, los procedimientos para su evaluación,
acreditación y certificación.
17. Privilegiar a la productividad de los trabajadores como el principal
criterio para acceder a plazas vacantes definitivas o provisionales de
mas de treinta días y a puestos de nuevacreación, en lugar
de la antigüedad. Ademas se prevén
criterios de desempate, para el caso de que dos o mas trabajadores
tengan los mismos méritos.
18. Propiciar condiciones laborales dignas a favor de los trabajadores del campo, a
través de las siguientes medidas
• Establecer un registro especial de los trabajadores eventuales o de
temporada.
• Incluir como
obligación patronal, la expedición de constancias de labores y
percepciones a los trabajadores eventuales, al final de la temporada.
• Establecer el pago proporcional de prestaciones devengadas al final de
cada temporada.
• Proporcionar agua potable a los trabajadores durante
su jornada de trabajo.
• Proporcionar en forma gratuita a los trabajadores, transporte
cómodo y seguro desde las zonas habitacionales hasta los lugares de
trabajo y viceversa. Se prevé que el patrón pueda emplear sus
propios medios o pagar la cuota correspondiente, para que el trabajador haga uso de un transporte público adecuado.
• Utilizar los servicios de un intérprete
cuando los trabajadores no hablen español.
19. Mejorar las condiciones de trabajo de los empleados domésticos. Se
propone regular con mayor precisión la duración de su jornada
laboral y, en consecuencia, establecer de manera expresa los periodos de
descanso diario y semanal que como mínimo deben tener
quienes realicen este tipo de actividades
20. Incluir en el Titulo Sexto de la Ley un nuevo
Capítulo para regular los trabajos que se realicen en las minas. A
raíz de los lamentables accidentes ocurridos en la industriaminera, es
indispensable establecer disposiciones específicas para regular este tipo de actividades.
21. Reconocer al teletrabajo, es decir, aquel que se realiza a distancia, utilizando
tecnologías de la información y la comunicación, como una
de las formas de trabajo a domicilio. Con esta modalidad se favorece la
posibilidad ocupacional de las personas, pues les permite compaginar las
actividades laborales con sus respectivas responsabilidades familiares. Desde
luego, en la realización de este tipo de
actividades cuentan con la protección de las normas de trabajo y de
seguridad social.
22. Prever el voto libre, directo y secreto en la elección de la
directiva sindical. Esta medida reconoce los criterios sustentados por el
Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo, en el sentido de que “el hecho de que la
autoridad establezca por vía legislativa el voto directo, secreto y
universal para elegir a los dirigentes sindicales no plantea problemas de
conformidad con los principios de la libertad sindical.
23. Fortalecer la rendición de cuentas por parte de las directivas de
los sindicatos. Para ello, se prevé que se debera entregar a
todos los trabajadores sindicalizados, un resumen de
los resultados de la administración del
patrimonio sindical y que la rendición de cuentas debe incluir por lo
menos la situación de los ingresos por cuotas sindicales y otros bienes,
así como
su destino.
24. Facilitar a los sindicatos el cumplimiento de sus obligaciones ante las
autoridades registradoras,mediante la utilización de herramientas
electrónicas, para proporcionar informes, notificar sus cambios de
directiva y modificaciones estatutarias, así como las altas y bajas de sus
miembros.
25. Incluir disposiciones expresas para considerar como
información pública la relacionada con los registros de las
organizaciones sindicales, los contratos colectivos y reglamentos interiores de
trabajo depositados ante las autoridades laborales. Estas medidas
propiciaran que los interesados cuenten con mayor y mejor
información relacionada con las organizaciones sindicales y, en
consecuencia, que puedan ejercer sus derechos de manera razonada y con
elementos de juicio al tener acceso a datos fidedignos y actualizados.
26. Otorgar la facultad a las autoridades registrales para requerir a los
solicitantes que subsanen las omisiones en la presentación de los
documentos que se deben acompañar en el procedimiento de registro
sindical. De no atenderse el requerimiento, se
ordenara el archivo de la solicitud de registro, por falta de
interés.
27. Suprimir la denominada “clausula de exclusión por
separación”, que actualmente la Ley permite establecer en los
contratos colectivos de trabajo, en consonancia con los criterios emitidos por
la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la materia.
28. Prever como
causa para negar el tramite a un emplazamiento a huelga para la
celebración de contrato colectivo de trabajo, el hecho de que
previamente exista otro en tramite cuyo objeto sea el mismo. Lo
anterior, a efecto de propiciarseguridad jurídica al procedimiento y
evitar múltiples emplazamientos en contra del mismo
patrón por organizaciones sindicales diversas.
29. Incrementar el monto de la indemnización por muerte del
trabajador. Se ha estimado conveniente brindar mayor protección y
seguridad a los familiares de los trabajadores que fallezcan con motivo de un
riesgo de trabajo, pues actualmente el monto que prevé la Ley por
concepto de indemnización, equivale al importe de setecientos treinta
días de salario. El incremento que se propone, toma como referencia el monto mas alto de la
sanción que se imponga a aquellos que violen las normas previstas en la
Ley Laboral como
se explica en el punto 50.
30. Fortalecer las medidas para proteger la seguridad e higiene en los centros
de trabajo. Para tal
efecto, es necesario otorgar a las autoridades la facultad de ordenar la
clausura inmediata de los centros de trabajo, en casos de peligro inminente
para la vida, la salud o la integridad de las personas.
31. Facilitar la actualización de las tablas de enfermedades de trabajo
y de valuación de las incapacidades permanentes. Se propone que la
Secretaría del Trabajo y Previsión
Social realizaría la expedición y actualización de dichas
tablas, tomando en cuenta la previa opinión de la Comisión
Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
32. Ampliar la competencia de las autoridades federales, mediante una nueva
interpretación y alcance del concepto de “concesión
federal”, de manera que bajo dicha figura se incluyan las actividades
querealizan las empresas bajo permiso o autorización federal.
33. Fortalecer las facultades y objetivos del Servicio Nacional del Empleo a
fin de que pueda proponer e instrumentar mecanismos para vincular la
formación profesional con aquellas areas prioritarias para el
desarrollo regional y nacional, así como con aquellas que presenten
índices superiores de demanda.
34. Eliminar las Juntas Federales y Locales de Conciliación, ya que en la
actualidad practicamente no existen, toda vez que en casi todas las
localidades funcionan Juntas de Conciliación y Arbitraje
35. Incorporar el principio de la conciliación en el
proceso laboral. De esta manera, durante todo
el procedimiento y hasta antes de dictarse el laudo, las Juntas
intentarían que las partes resuelvan los conflictos mediante la
conciliación. En complemento a esta medida, se crea la figura de los
“funcionarios conciliadores”, como parte del personal jurídico
de las Juntas.
36. Contar con servidores públicos mejor preparados para atender las
tareas de impartición de justicia. Para ello se establece un servicio
profesional de carrera especial para el ingreso, promoción, permanencia,
evaluación de desempeño, separación y retiro de los servidores
públicos de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, que
tome en consideración la naturaleza propia de las funciones
jurisdiccionales que se realizan.
37. Profesionalizar al personal jurídico de las Juntas de
Conciliación y Arbitraje, a los representantes ante las mismas y a los
litigantes en materia laboral, aefecto de reducir el riesgo de que una de las
partes en el proceso (generalmente el trabajador), sea deficientemente
representada en juicio.
38. Prever la utilización de herramientas tecnológicas, para
facilitar la impartición de justicia laboral, lo que permitira
agilizar y transparentar la tramitación de los juicios, aumentar la
productividad y eficiencia y, en general, modernizar a las Juntas de Conciliación
y Arbitraje.
39. Modificar la estructura de la primera audiencia en el procedimiento
ordinario, para que sólo sea de: conciliación, demanda y
excepciones y, una segunda audiencia, de ofrecimiento y admisión de
pruebas. Con ello se propicia mayor celeridad en el tramite del
procedimiento ordinario y se erradican practicas de simulación
que retardan el procedimiento, como el diferimiento de la audiencia en
mas de una ocasión, con el pretexto de la celebración de
platicas conciliatorias.
40. Establecer un procedimiento sumario para tramitar los conflictos suscitados
con motivo del otorgamiento de prestaciones de seguridad social, aportaciones
de vivienda y prestaciones derivadas del sistema de ahorro para el retiro. Con
esta medida, se pretende que este tipo de asuntos se resuelvan con mayor
celeridad, para lo cual, se establecen reglas de competencia de las Juntas
Especiales de la Federal de Conciliación y Arbitraje; requisitos que
deben contener las demandas de este tipo de conflictos; elementos que deben
contener los dictamenes médicos en los casos de riesgos de
trabajo y reglas para el desahogo de esta prueba;se propone que los peritos
médicos se encuentren registrados ante la Junta Federal de
Conciliación y Arbitraje.
41. Incrementar los montos de las correcciones disciplinarias, medios de
apremio y multas para sancionar la interposición notoriamente
improcedente del
recurso de revisión y de reclamación contra los actos de
ejecución.
42. Prever que cuando un conflicto de huelga se prolongue por mas de
sesenta días, tratandose de patrones que tengan a su cargo la
prestación de servicios públicos, o mas de ciento veinte
días en cualquier otro caso, sin que los trabajadores lo hayan sometido
a la decisión de la Junta, el patrón o los terceros que acrediten
su interés podran solicitar por escrito se inicie el arbitraje en
cualquier momento. La propuesta tiene como
propósito evitar las implicaciones negativas que se desprenden de una
duración prolongada de los conflictos laborales, por los efectos que se
producen tanto a las partes involucradas como
a la sociedad en su conjunto.
43. Establecer una vía incidental para que los terceros de buena fe puedan ejercitar acciones de restitución de la
posesión de bienes de su propiedad, en caso de huelgas estalladas.
44. Incorporar como
causal de inexistencia de la huelga, que el sindicato no cumpla con los
requisitos que contemplen sus propios estatutos para formular el emplazamiento.
45. Prever como
causa para negar el tramite a los emplazamientos a huelga, cuyo objeto
sea el cumplimiento de un contrato colectivo de trabajo o un contrato ley, el
hecho de no señalar conprecisión las violaciones a dicho contrato
y la forma de repararlas.
46. Combatir los denominados “contratos de protección”. Para
ello, se establecen requisitos adicionales para los emplazamientos a huelga que
tengan por objeto obtener del patrón la firma de un contrato colectivo
de trabajo, a fin de que la organización sindical emplazante acredite
que sus estatutos comprenden la rama industrial o la actividad de la empresa o
establecimiento con el que pretende celebrar el contrato, así como que
cuenta con agremiados que laboran para el patrón que se pretende
emplazar.
47. Establecer nuevas reglas para la tramitación de las demandas de
titularidad de contrato colectivo de trabajo o administración de
contrato ley, para otorgar mayor certeza y seguridad jurídica en estos
procedimientos. La propuesta busca asegurar una legítima
representación de los trabajadores en el ejercicio de esta
acción.
48. Precisar en los procedimientos de conflictos colectivos de naturaleza
económica, que sólo la huelga estallada suspende la
tramitación de este tipo de conflictos.
49. Prever el voto libre, directo y secreto para el desahogo de la prueba del
recuento de los trabajadores, en los conflictos de huelga y titularidad de
contrato colectivo de trabajo y administración de contrato ley, en
consonancia con los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la
Nación en este tipo de asuntos.
50. Incrementar el monto de las sanciones a quienes infringen las disposiciones
de la Ley Federal del Trabajo, que podrían llegar hastacinco mil veces
de salario mínimo general por cada violación cometida. Se
prevé que la cuantificación de las sanciones pecuniarias se haga
tomando como
base de calculo la cuota diaria de salario mínimo general vigente
en el Distrito Federal.
51. Se propone subsanar deficiencias que presenta el texto actual de la Ley,
pues a manera de ejemplo puede citarse que existen preceptos en vigor que
utilizan reenvíos a disposiciones que se encuentran derogadas.
TEMAS RELEVANTES
Subcontratación.
La reforma laboral, que en lo medular aprobó la flexibilidad en la
contratación de trabajadores, con el propósito de hacer
competitivo a nuestro país en el entorno mundial. Para el efecto se
aprobó el régimen de subcontratación, llamado outsorcing,
con la inclusión del Artículo 15-A y 15B, así como la
fracción F del artículo 39, que establece la pactación de
jornadas discontinuas y la prestación de servicios toda la semana, el
mes o el año; la adición de la fracción XV articulo 43,
donde el patrón dara aviso en forma indistinta al trabajador o a
la Junta de Conciliación y Arbitraje competente, dentro de los cinco
días habiles siguientes a la fecha de la rescisión,
así como la adición del artículo 48 donde si el
patrón no justifica el despido se limita el pago de salarios vencidos
computados hasta por un período maximo de doce meses a partir del
despido.
Las nuevas modalidades de contratación, con
capacitación inicial, a prueba, que contempla la Iniciativa de Reforma
Laboral, beneficiaran a los jóvenes que aún no tienen
experiencialaboral y que desean integrarse al mercado de trabajo. La
falta de experiencia o la falta de capacitación, ya no seran un
pretexto de las empresas para no contratarlos, pues a través de estos
contratos, los patrones podran conocer la aptitud, actitud y competencia
de los trabajadores en un breve tiempo; y a los trabajadores les
permitira apreciar si ese empleo cumple con sus expectativas de
desarrollo e ingreso.
Estos contratos seran formales y contaran con todas las
prestaciones de seguridad social y con los mismos derechos que el resto de los
trabajadores, ademas, desde el primer día laborado
comenzaran a acumular antigüedad.
Los trabajadores que actualmente laboran para una empresa pero son contratados
por otra (outsourcing), sin tener por ello derecho a la seguridad social, a
prestaciones y a generar antigüedad, tendran acceso a estos
derechos, al quedar debidamente regulada la responsabilidad de los patrones que
utilizan empresas de subcontratación, combatiendo con ello, los abusos y
promoviendo la formalidad en el trabajo. La subcontratación hoy no es
ilegal, simplemente no esta regulada, siendo los trabajadores los mas
afectados ante la falta de un marco jurídico.
Artículo 15-A y 15B
Artículo 15 A. Cuando en la contratación de trabajadores para un
patrón, a fin de que ejecuten trabajos o presten servicios para
él, participe un intermediario laboral, cualquiera que sea la
denominación que patrón e intermediarios asuman, ambos
seran responsables solidarios entre sí y en relación con
el trabajador, respecto delcumplimiento de las obligaciones contenidas en esta
Ley.
No seran considerados intermediarios, sino patrones, las empresas
establecidas que presten servicios a otras, para ejecutarlos con elementos
propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las
relaciones con sus trabajadores, en los términos de los artículos
12, 13, 14 y 15 de la Ley Federal del Trabajo.
Sin perjuicio de lo dispuesto en los parrafos anteriores, cuando un
patrón o sujeto obligado, cualquiera que sea su personalidad
jurídica o su naturaleza económica, en virtud de un contrato,
cualquiera que sea su forma o denominación, como parte de las
obligaciones contraídas, ponga a disposición trabajadores u otros
sujetos de aseguramiento para que ejecuten los servicios o trabajos acordados
bajo la dirección del beneficiario de los mismos, en las instalaciones
que éste determine, el beneficiario de los trabajos o servicios asumira
las obligaciones establecidas en esta Ley en relación con dichos
trabajadores, en el supuesto de que el patrón omita su cumplimiento,
siempre y cuando el Instituto hubiese notificado previamente al patrón
el requerimiento correspondiente y éste no lo hubiera atendido.
Parrafo adicionado DOF 09-07-2009 Asimismo, el Instituto dara
aviso al beneficiario de los trabajos o servicios, del requerimiento a
que se refiere el parrafo anterior. Parrafo adicionado DOF
09-07-2009 Los contratantes deberan comunicar trimestralmente ante la
Subdelegación correspondiente al domicilio del patrón o sujeto
obligado, y delbeneficiario respectivamente, dentro de los primeros quince
días de los meses de enero, abril, julio y octubre, en relación
con los contratos celebrados en el trimestre de que se trate la
información siguiente: Parrafo adicionado DOF 09-07-2009
De las partes en el contrato: Nombre, denominación o razón
social; clase de persona moral de que se trate, en su caso; objeto social;
domicilio social, fiscal y, en su caso, convencional para efectos del contrato;
número del Registro Federal de Contribuyentes y de Registro Patronal
ante el IMSS; datos de su acta constitutiva, tales como número de
escritura pública, fecha, nombre del notario público que da fe de
la misma, número de la notaría y ciudad a la que corresponde,
sección, partida, volumen, foja o folio mercantil, en su caso, y fecha
de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el
Comercio; nombre de los representantes legales de las partes que suscribieron
el contrato. Fracción adicionada DOF 09-07-2009
Del contrato: Objeto; periodo de vigencia;
perfiles, puestos o categorías indicando en este
caso si se trata de personal operativo, administrativo o profesional y el
número estimado mensual de trabajadores u otros sujetos de aseguramiento
que se pondran a disposición del beneficiario de los servicios o trabajos
contratados. Fracción adicionada DOF 09-07-2009
El patrón incorporara por cada uno de sus trabajadores, el nombre
del
beneficiario de los servicios o trabajos contratados en el sistema de
cómputo autorizado por el Instituto. Parrafo adicionado
DOF09-07-2009 Cuando el patrón se obligue a poner a disposición
del beneficiario, trabajadores para prestar los servicios o ejecutar los trabajos
en varios centros de trabajo ubicados en la circunscripción territorial
de mas de una subdelegación del Instituto, el patrón y el
beneficiario deberan comunicar la información a que se refiere el
quinto parrafo de este artículo, únicamente ante la
subdelegación dentro de cuya circunscripción se ubique su
respectivo domicilio fiscal. Parrafo adicionado DOF 09-07-2009 La
información prevista en este artículo
podra ser presentada a través de los medios señalados en
el último parrafo del
artículo 15 de esta Ley, conforme a las reglas generales que para tal
efecto emita el Consejo Técnico. Parrafo adicionado DOF
09-07-2009 Para los efectos de este artículo,
el Gobierno Federal, en ningún caso, sera considerado como intermediario
laboral. Artículo adicionado DOF 20-12-2001
Artículo 15 B. Las personas que no se encuentren en el supuesto
establecido en el penúltimo parrafo del artículo 15 de
esta Ley, que realicen en su casa habitación ampliaciones,
remodelaciones, o bien, la construcción de su propia casa
habitación y aquéllas que de manera esporadica realicen
ampliaciones o remodelaciones de cualquier tipo de obra, podran celebrar
convenio de pago en parcialidades de las cuotas obrero patronales que resulten
a su cargo, desde el momento en que den de alta a los trabajadores que se
encarguen de las mismas, individualizando la cuenta del trabajador.
Artículo adicionado DOF 20-12-2001