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ALBANIA - Breve perspectiva histórica (POLÍTICA GENERAL)



PAÍS DE ALBANIA
POLÍTICA GENERAL

Breve perspectiva histórica
Los ilirios son los antepasados de los albaneses.
Durante siglos Albania vivió bajo la invasión romana y posteriormente bajo la dominación otomana. Albania proclamó su independencia del Imperio Otomano el 28 de noviembre de 1912.
Tras la primera guerra mundial se instituyó una república parlamentaria que, mas adelante, se transformaría en monarquía constitucional. El rey Zogú I reinó hasta 1939 cuando Albania fue invadida por los fascistas italianos. El 17 de diciembre de 1920, Albania fue aceptada como Miembro de la Sociedad de las Naciones y el 9 de noviembre de 1921 la Sociedad de las Naciones reconoció las fronteras de Albania tal y como fueron definidas por la Conferencia de Embajadores en Londres en 1913.


Después de que Albania fuera liberada de la ocupación nazi en noviembre de 1944, el país vivió durante casi 50 años bajo un sistema unipartidista, aislado y sumido en una pobreza total.
Los cambios democraticos que se produjeron en Europa oriental junto a la creciente presión ejercida por el pueblo y especialmente por los estudiantes universitarios obligaron al Gobierno a permitir que se establecieran partidos políticos independientes, lo que marcó el final de medio siglo de régimen unipartidista.
Tras la década de los años noventa Albania accedió al disfrute de los derechos políticos y civiles basicos. Mediante un proceso de transición largo y complicado, el país esta dando importantes pasos hacia la consolidación de las instituciones democraticas y la instauración de un Estado donde impere la ley.
POLITICA GENERALInformación sobre la estructura estatal
Albania es una república parlamentaria.
La República de Albania es un Estado unitario (artículo 1 de la Constitución). El sistema de Gobierno de la República de Albania se basa en la separación y el equilibrio de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial (artículo 7 de la Constitución).
REPÚBLICA PARLAMENTARIA
La república parlamentaria o república constitucional parlamentaria es una forma de gobierno que opera bajo un sistema parlamentario, donde el jefe del estado, normalmente, no tiene poderes ejecutivos reales como un presidente ejecutivo, ya que la mayoría de estos poderes le han sido concedido al jefe de gobierno, normalmente llamado primer ministro.
País Anteriormente República parlamentaria adoptada en Jefe de Estado elegido

Albania
Estado unipartidista 1991 por el parlamento, por mayoría de tres quintos

Alemania
Estado unipartidista 1949 por la Asamblea federal (Parlamento y delegados estatales), por mayoría de dos tercios

Austria
Estado unipartidista 1955 directamente, en segunda ronda
Antiguas repúblicas parlamentarias de América del Sur
País Año de comienzo de la republica parlamentaria Año del cambio de estatus Cambiado a Estatus cambiado por

Chile
1891 1924 Sistema presidencial Golpe de estado y promulgación de la constitución de 1925

Brasil
1961 1963 Sistema presidencial
Referéndum

El Parlamento de Albania en Tirana

1. El poder legislativo
El poder legislativo reside en la Asamblea. La Asamblea de Albania (Kuvendi i Republikës së Shqipërisë) es unicameral y esta formada por 140 diputados elegidos cada cuatroaños. Cien son elegidos directamente por el pueblo de forma individual, por circunscripción electoral; los restantes 40 se eligen como integrantes de listas presentadas por los partidos o las coaliciones de partidos (artículo 64 de la Constitución).
Las elecciones para la Asamblea se celebran entre 30 y 60 días antes de la terminación de los mandatos y a mas tardar 45 días después de la disolución de la Asamblea. El mandato de la Asamblea albanesa se prolonga hasta la primera sesión de la nueva Asamblea. Durante este intervalo la Asamblea no puede dictar leyes ni adoptar decisiones, salvo que se relacionen con el establecimiento de medidas extraordinarias (artículo 65 de la Constitución).
Todo ciudadano que haya cumplido los 18 años de edad, inclusive en la fecha de las elecciones, tiene derecho a elegir y a ser elegido diputado (artículo 45 de la Constitución). Si no renuncian a sus funciones, no pueden presentarse como candidatos a diputados ni ser elegidos como tales las personas comprendidas en las siguientes categorías: a) jueces y fiscales; b) militares en servicio activo; c) personal de la policía y de las fuerzas de seguridad nacionales; d) prefectos y alcaldes o presidentes de municipios y comunas en las jurisdicciones donde ejerzan sus funciones; e) presidentes y miembros de comisiones electorales; y f) el Presidente de la República y los altos funcionarios de la administración estatal que determine la ley (artículo 65 de la Constitución). Ningún diputado puede ser sometido a proceso penal sin autorización de la Asamblea (artículo 73 de la Constitución).
Los proyectos de ley queexamina la Asamblea pueden ser presentados por el Consejo de Ministros, cualquier diputado o un grupo de 20.000 ciudadanos con derecho a voto. Algunas leyes importantes, como la Ley electoral, tienen que ser aprobadas por las tres quintas partes de los diputados. Las leyes entran en vigor después de que las firme el Presidente y se publiquen en el Boletín Oficial (artículo 81 de la Constitución).
a) El Presidente de la República de Albania

El Jefe del Estado es el Presidente de la República, elegido por la Asamblea por un período de cinco años; su elección requiere una mayoría de las tres quintas partes de los diputados. Si después de cinco rondas de votación todavía no se puede alcanzar esa mayoría, la Asamblea se disuelve. La nueva Asamblea elige al Presidente con la misma mayoría que en el caso anterior. Si la nueva Asamblea tampoco alcanza la mayoría indicada, también se disuelve y el Presidente es elegido por una Asamblea posterior por mayoría simple de sus miembros.
Si el Presidente de la República no pudiere ejercer sus funciones temporalmente o si su cargo quedare vacante, el Presidente de la Asamblea ocupara su lugar y ejercera sus poderes (artículo 87 de la Constitución).
El Presidente ejerce las principales funciones de Jefe del Estado: fija la fecha de las elecciones parlamentarias generales; tiene la facultad de otorgar indultos conforme a la ley; nombra al Primer Ministro y a los demas ministros; designa y confirma a los jueces; acepta las cartas credenciales de los representantes diplomaticos; firma acuerdos internacionales (artículo 92 de la Constitución); dispone de iniciativalegislativa; y concede el asilo político. El Presidente de la República puede ejercer una sola vez el derecho a devolver una ley a la Asamblea con pedido de revisión (artículo 85/1 de la Constitución).
b) Primer Ministro
El Primer Ministro (Jefe del Consejo de Ministros) es apuntado por el presidente. Los demas ministros son escogidos por el presidente bajo indicación del primer ministro. La Asamblea de Albania tiene la palabra final respecto a la composición del Gabinete.

2. El Poder Ejecutivo
a) El Consejo de Ministros
El Consejo de Ministros es el maximo organismo del poder ejecutivo y esta compuesto por el Primer Ministro, el Viceprimer Ministro y los Ministros. El Primer Ministro preside el Consejo de Ministros. Es nombrado por el Presidente de la República al principio de una legislatura a propuesta del partido o de la coalición de partidos que disponga de la mayoría de escaños en la Asamblea. Los ministros son nombrados y destituidos por el Presidente de la República a propuesta del Primer Ministro. El Consejo de Ministros define la orientación fundamental de la política general del Estado. Adopta decisiones a propuesta del Primer Ministro o del ministro correspondiente. En casos de necesidad y urgencia, el Consejo de Ministros puede dictar decretos con fuerza de ley para adoptar medidas de caracter temporal. Estos decretos son remitidos de inmediato a la Asamblea, y si ésta no los ratifica en un plazo de 45 días, dejan de tener vigencia con retroactividad
b) La administración local
Los entes de la administración local son las comunas, los municipios y las regiones (Ley de organización yfunciones de la administración local (Nº 8652, de 31 de julio de 2000)). La República de Albania esta dividida en 12 regiones, 65 municipios y 309 comunas. Cada comuna, municipio o región cuenta con sus propios órganos gubernamentales locales. El principal funcionario ejecutivo de un municipio o una comuna es su alcalde o presidente, que es elegido directamente por el pueblo en votación secreta. El Consejo, que es el órgano representativo del ente de la administración local, se elige de la misma manera. El prefecto es el representante del Gobierno en la región.
El artículo 13 de la Constitución establece la descentralización y la autonomía de la administración local. Los artículos 108 a 115 de la Constitución establecen que la administración local tiene derecho a gestionar con independencia los ingresos generados y a dictar ordenanzas y adoptar decisiones de caracter vinculante en la jurisdicción del ente.

3. El poder judicial
El poder judicial resuelve las controversias relativas a la interpretación y la aplicación de las leyes. El ejercicio del poder judicial corresponde al Tribunal Supremo, los tribunales de apelación y los tribunales de primera instancia. Los tribunales ejercen tres tipos de jurisdicción: civil, penal y contencioso-administrativa.
El Tribunal Supremo tiene jurisdicción original y en revisión. Tiene jurisdicción original cuando sustancia cargos penales contra el Presidente de la República, el Primer Ministro, miembros del Consejo de Ministros, o diputados y jueces del propio Tribunal Supremo o del Tribunal Constitucional (artículo 141 de la Constitución). Tiene jurisdicción enrevisión cuando examina reclamaciones contra fallos de tribunales de primera instancia o de apelación.
El Tribunal Supremo constituye salas que tienen atribuidas las jurisdicciones civil, penal y militar y se compone de 17 jueces designados por el Presidente de la República con el consentimiento de la Asamblea. El mandato de esos jueces es de nueve años y no se renueva.
El Tribunal de Apelación examina todas las cuestiones juzgadas por tribunales de primera instancia y recurridas por las partes. En estos casos el tribunal se compone de tres jueces. El tribunal de apelación juzga esas cuestiones en general y no se limita a las razones invocadas en la demanda judicial.
Los tribunales de apelación estan establecidos en las regiones señaladas por el Presidente de la República, a propuesta del Ministerio de Justicia y con el consentimiento del Supremo Consejo de Justicia. En la actualidad existen seis tribunales de apelación en los siguientes distritos: Tirana, Shkodra, Durres, Korça, Gjirokastra y Vlora. Los jueces de los tribunales de apelación, en total 52, son designados en su cargo por el Presidente de la República a propuesta del Supremo Consejo de Justicia.
Los tribunales de primera instancia estan establecidos en todos los distritos judiciales (29 en total con 293 jueces). Su competencia se extiende a todo el distrito al que pertenecen. Aunque un solo juez preside en cada juicio, en algunos casos pueden celebrarse juicios en salas integradas por tres jueces.
Los tribunales militares se dividen en tribunales militares de primera instancia y de apelación. En la practica, aunque esta previsto en laley, los tribunales de los distritos judiciales ejercen las funciones de tribunales militares de primera instancia. El tribunal militar de apelación ejerce sus funciones independientemente (su sede esta en la ciudad de Tirana).
El Supremo Consejo de Justicia esta compuesto por el Presidente de la República, el Presidente del Tribunal Supremo, el Ministro de Justicia, tres diputados elegidos por la Asamblea y nueve jueces de todas las categorías elegidos por la Conferencia Judicial Nacional. Tiene un mandato de cinco años. El Consejo decide el traslado de los jueces y su responsabilidad disciplinaria conforme a la ley.
La Fiscalía ejerce la acusación penal y representa al Estado en los tribunales. El Fiscal General es nombrado por el Presidente de la República con el consentimiento de la Asamblea (artículos 148 y 149 de la Constitución) y puede ser destituido por aquél a propuesta de ésta. En el ejercicio de sus atribuciones, los fiscales actúan con independencia, supeditados a la Constitución y las leyes.
El Alto Control del Estado supervisa la actividad económica de las instituciones del Estado, el uso y el resguardo de los fondos estatales por los órganos de las administraciones central y local y las actividades económicas de las personas jurídicas en que el Estado sea propietario de mas de la mitad de las unidades o acciones (artículos 162 a 165 de la Constitución). El director del Alto Control del Estado es designado por un período de siete años y puede ser destituido por la Asamblea a propuesta del Presidente de la República.
4. Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional sólo estasujeto a la Constitución. Goza de plena independencia organizativa, administrativa y financiera para desempeñar las funciones que le asignan la Constitución y la ley.
El Tribunal Constitucional se compone de nueve miembros (abogados altamente cualificados con 15 años como mínimo de experiencia) nombrados por el Presidente de la República con el consentimiento de la Asamblea. Su mandato, de nueve años, no es renovable.
Para que el Tribunal Constitucional ejerza sus funciones es imprescindible que lo soliciten el Presidente de la República, el Primer Ministro, por lo menos una quinta parte de los diputados o el Presidente del Alto Control del Estado. También pueden poner en marcha los mecanismos del Tribunal Constitucional tanto el Defensor del Pueblo, los órganos de la administración local o de comunidades religiosas, los partidos políticos y otras organizaciones cuando aleguen que una cuestión afecta a sus intereses como los jueces que al entender en una causa comprueben que una ley esta en conflicto con la Constitución o con un acuerdo internacional ratificado por la República de Albania. Las principales funciones del Tribunal Constitucional son las siguientes: interpretar la Constitución y las leyes y determinar si las disposiciones del derecho albanés son incompatibles con los acuerdos en que sea Parte la República de Albania.

Marco Normativo
Autoridades legislativas
El Parlamento de Albania:
- Examina y aprueba las leyes de conformidad con la disposiciones constitucionales;
- Escucha los informes del Fiscal General y del Presidente del Tribunal Supremo, e informes que tengan que ver con elrespeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales;
- Convoca al Primer Ministro y a los demas ministros respecto de cuestiones vinculadas con leyes relacionadas a la materia; y
- Ratifica convenios y convenciones internacionales en las esferas de la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
La Comisión Parlamentaria:
- Examina la compatibilidad de los proyectos de ley los derechos constitucionales fundamentales y otros;
- Presenta un informe por escrito en la sesión plenaria del Parlamento de Albania sobre cuestiones suscitadas al examinarse los proyectos de ley;
- Controla la actividad de todas las instituciones gubernamentales para la aplicación de la legislación en la esfera de los derechos humanos y las libertades fundamentales; y
- Realiza actividades públicas para la divulgación y el respeto de la ley para aprobar
- .
Autoridades ejecutivas (Consejo de Ministros y administración local
- Las autoridades ejecutivas proponen leyes, emiten disposiciones para la aplicación de las leyes y adoptan medidas administrativas.
Autoridades judiciales
• El Tribunal Constitucional
- - Protege el derecho constitucional a un proceso normal con las debidas garantías (artículo 131 de la Constitución). Los particulares tienen derecho a apelar ante el Tribunal Constitucional de cualesquiera violaciones de sus derechos en un proceso normal, tras haber agotado todos los instrumentos de apelación; y
- Revisa las peticiones para la abrogación de leyes y otras disposiciones normativas que pudieran violar los derechos humanos y las libertades fundamentales, cuando esas quejas seanpresentadas por el Presidente de la República, el Primer Ministro, una quinta parte de los diputados, el Presidente del Alto Control del Estado, el Defensor del Pueblo, los órganos de la administración local y las organizaciones no gubernamentales (ONG) (artículo 49 de la Ley Nº 8577/2000 sobre el Tribunal Constitucional).
• El Tribunal de Primera Instancia, el Tribunal de Apelación y el Tribunal Supremo protegen los derechos, libertades e intereses constitucionales legales de los particulares que presenten quejas, contra cualesquiera medidas o actitudes de la administración pública, que se consideren contrarios a los derechos, libertades e intereses constitucionales legales, y contra las acusaciones de que sean objeto.

CUADRO COMPARATIVO CON EL PERÚ
Albania
Perú
Albania es una república parlamentaria. La República del Perú es democratica, social, independiente y soberana
Es un Estado unitario (artículo 1 de la Constitución).
Gobierno es unitario, representativo y descentralizado,
El sistema de Gobierno de la República de Albania se basa en la separación y el equilibrio de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial (artículo 7 de la Constitución) El sistema de Gobierno de la República se organiza según el principio de la separación de poderes.

. La Asamblea es unicameral y esta formada por 140 diputados elegidos cada cuatro años. Cien son elegidos directamente por el pueblo de forma individual, por circunscripción electoral; los restantes 40 se eligen como integrantes de listas presentadas por los partidos o las coaliciones de partidos (artículo 64 de la Constitución). Consta deCamara Única. Esta integrado por ciento veinte congresistas y el Congreso es elegido por un período de cinco años mediante un proceso electoral organizado conforme a ley.

El Presidente de la República es elegido por la Asamblea por un período de cinco años; su elección requiere una mayoría de las tres quintas partes de los diputados. El Presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la Nación. Es elegido por sufragio directo y su mandato es por cinco años; no hay reelección inmediata.
MARCO NORMATIVO
La Autoridades legislativas es el Parlamento de Albania que aprueba las leyes de conformidad con las disposiciones constitucionales relativas a la materia
Autoridades ejecutivas (Consejo de Ministros y administración local), proponen leyes, emiten disposiciones para la aplicación de las leyes y adoptan medidas administrativas. Marco Normativo

Los tratados deben ser aprobados por el Congreso antes de su ratificación por el Presidente de la República, siempre que versen sobre las siguientes materias: Derechos Humanos; Soberanía, dominio o integridad del Estado; Defensa Nacional; Obligaciones financieras del Estado.
También deben ser aprobados por el Congreso los tratados que crean, modifican o suprimen tributos; los que exigen modificación o derogación de alguna ley y los que requieren medidas legislativas para su ejecución.
El Presidente de la República puede celebrar o ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso en materias no contempladas en el artículo precedente. En todos esos casos, debe dar cuenta al Congreso.




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