CAPITULO I
INTRODUCCION
1.
TEMA
Apropiación indebida de pago de beneficios sociales de ex trabajadores del
SNC proyecto San Ramón- Santa Cruz, periodo 2013
2. SITUACIÓN PROBLEMATICA
Con relación al pago de beneficios de sociales de los ex trabajadores
del servicio nacional de caminos proyecto San Ramón – Santa Cruz
la situación objeto de la presente investigación es el
engaño sufrido por éstas personas que depositaron su confianza en
sus apoderados legales, quienes incitados por la ambición y con una
carente ética profesional se apropian mediante el uso de influencias y
del conocimiento indebido de la profesión, de gran parte del dinero que
por derecho les correspondía a estos ex trabajadores, entregandoles
solo una mínima porción de lo que les pertenecía, y
ademas de todo ello abusando de su confianza y de su falta de
comprensión acerca de la evolución de la causa, les hicieron
creer falsamente que mucho mas estaba por venir y pretendiendo con ello
seguir engañando vilmente a estos trabajadores que lucharon y dedicaron
gran parte de su vida a su trabajo, perdiéndose quiza la
convivencia familiar y el disfrute de muchos momentos de gran significancia
personal, para poder asegurar con su trabajo, una vejez segura y si se
podría decir libre de la carencia de necesidades basicas que una
persona necesita para sobrevivir.
3. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
¿Qué efectos sociales ocasiono la apropiación indebida de
pago de beneficios sociales en los ex trabajadores del SNC proyecto
San Ramón-Santa Cruz?
4. DELIMITACIÓN ESPACIAL Y TEMPORAL
La investigación sera desarrollada en la ciudad de Santa Cruz de
la Sierra, con integrantes de la mesa directiva que representan a los ex
trabajadores del Servicio Nacional de Caminos Proyecto San Ramón-Santa
Cruz, durante el año 2013.
5. OBJETO DE INVESTIGACIÓN
El objeto de la presente investigación sera descubrir los efectos
sociales causados por la apropiación Indebida de pago de beneficios
sociales de ex trabajadores del Servicio Nacional de Caminos,
Proyecto San Ramón-Santa Cruz, período 2013.
6. CAMPO DE INVESTIGACIÓN
El campo de investigación se centrara en la observación del
proceso de entendimiento que los ex trabajadores del Servicio Nacional de
Caminos, tienen acerca de la figura jurídica de la apropiación
indebida y de los efectos ocasionados por su perpetración, en el
desarrollo de sus vidas en particular.
7. OBJETIVOS
7.1. OBJETIVO GENERAL
Comprender los efectos sociales causados por la apropiación Indebida de
pago de beneficios sociales de ex trabajadores del Servicio
Nacional de Caminos, Proyecto San Ramón-Santa Cruz, período 2013
7.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Identificar y describir los fundamentos teóricos y jurídicos de
la apropiación indebida y los beneficios sociales en Bolivia.
Comprender e interpretar la percepción que tienen los ex trabajadores del Servicio Nacional de Caminos Proyecto San Ramón
– Santa Cruz
con relación a la figura jurídica de la apropiación
indebida.
Analizar los factores quecontribuyeron al engaño sufrido por los ex
trabajadores del Servicio Nacional de Caminos Proyecto
San Ramón – Santa Cruz.
8. IDEA A DEFENDER
9. JUSTIFICACIÓN
La decisión de llevar a cabo esta investigación surgió de
la necesidad de comprender en qué manera afecto a los ex trabajadores
del Servicio Nacional de Caminos proyecto San Ramón Santa Cruz, el hecho
de que sus ex representantes legales hayan mellado de una manera tan
egoísta y llena de ambición, la confianza depositada, al
aprovecharse de la retribución económica que el Estado luego de
años de litigio y batallas en los estrados judiciales, finalmente
reconoce como el derecho que estos trabajadores han obtenido por años de
sacrificado trabajo y contribución al desarrollo del país, derecho
que se representa en el pago de beneficios sociales.
Para comprender estos efectos en primordial conocer y analizar la figura
jurídica de la apropiación indebida y su tipificación
dentro del ordenamiento jurídico nacional, contribuyendo al mismo tiempo
y mediante la síntesis de documentación a la
identificación de los elementos que conforman éste tipo penal, la
comprensión del bien jurídico protegido y la adaptabilidad de la
figura a casos particulares, siendo el de pago de beneficios sociales el
estudiado en este caso.
¿En qué manera se esta aportando al
conocimiento? (Académica)
El aporte académico de este trabajo consiste en
¿Cómo se esta evitando que esto vuelva a ocurrir? (social)
CAPITULO II
MARCO TEORICO
1. APROPIACIÓN INDEBIDA
1.1.SURGIMIENTO Y DESARROLLO DEL DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA
La apropiación indebida es una figura jurídica que se encuentra
dentro de los delitos que atentan contra el patrimonio de un
individuo, en el antiguo derecho romano esta figura quedaba comprendida como hurto ofreciéndose como una forma en que la contrectatio
podía presentarse.
Muchos autores afirman que el significado de contrectare responde a la
acción de posesionarse, o de usurpar todos los derechos sobre la cosa, y
es de este criterio que FERRINI.1927. estima existen dos formas de contrectatio:
Contrectatio rei, esta acción recae directamente sobre la cosa y
significa sustracción de la misma.
Contrectatio posesionis, acción que se da sobre el supuesto de que el
autor tenga la posesión de la cosa y que sin la voluntad del propietario
haga uso ilícito, o se apropie de ella.
Asimismo el derecho germanico coincidente con el romano, mediante
diversas leyes sanciona casos de apropiación indebida con la penalidad
del hurto, aplicandose la lex Baiuvariorum a quien venda la cosa ajena
sin la voluntad del propietario y la lex Visigothorum a quien hurtase la cosa
de otra persona, estableciendo que debía devolverse nueve veces el valor
de lo robado a la víctima, salvo si el ladrón era esclavo, en
cuyo caso el dueño pagaría seis veces el valor; esclavo o libre
el ladrón era castigado ademas con cien latigazos.
Por su parte SCHIAPPOLI.1927 afirma que fue el Derecho penal canónico el
primero en conocer el delito de apropiación indebida comodistinto del
hurto, encontrandose recogido en disposiciones y decretos de las
Clementinas.
En el Código Penal Francés del siglo XVIII esta figura se
tipifico como delito independiente bajo el nombre de “abuso de
confianza”, sirviendo de modelo al Código Español de 1822
que coloco esta figura en el capítulo de las estafas y allí
estuvo situado hasta la reforma de 1944, año en que se creó una
sección especial con esta figura, tipificandola expresamente con
el nombre de apropiación indebida, dandole una autonomía
en el orden típico y sistematico, pero remitiéndose en cuanto
a la aplicación de las penas al artículo 528, que sanciona la
estafa.
La autonomía de la apropiación ilícita, con respecto al
hurto y otras figuras penales, se tipifica en la codificación Italiana
en el siglo XIX estableciéndose en el Código de Zanardelli de
1889 y en el Código de Rocco de 1930, quedando consignada la
apropiación indebida en sus artículos 646º y 647º.
En relación a la figura de apropiación indebida se puede
evidenciar que en la legislación boliviana al igual que en muchas otras
legislaciones, existía una confusión respecto a la
separación de figuras jurídicas y tal como se puede evidenciar en
el Código Penal de 1834 en su artículo 649 se confundía la
apropiación indebida con el abuso de confianza, articulo que al tenor
tipificaba
“ Cualquiera que teniendo confiado un depósito se lo hubiere
apropiado en todo o parle, o habiéndole franqueado alguna cosa con el
objeto de verla, y enterarse de ella, para comprada,o para satisfacer la
curiosidad, u otro motivo, la hubiere sustraído; y cualquiera que con
animo de resistirse a la devolución de alguna cosa recibida en
préstamo o en alquiler, prenda o depósito, o por cualquiera otro
motivo, y con intención de apropiarsela negare haberla recibido,
sufrira una multa igual al valor de la misma cosa, y de los perjuicios
que su falla hubiere causado o causare al dueño, poseedor o
tenedor”. (CODIGO PENAL BOLIVIANO.1834)
Posteriormente después de la reforma de 1972 se diferenció y
típico ambas figuras de forma independiente quedando una de ellas como
complemento de la otra.
1.2. DEFINICIÓN
Como su nombre bien la describe, la apropiación indebida es la
acción mediante la cual uno o mas individuos, en beneficio de
sí mismos o de otros, aprovechandose de la tenencia u
administración sobre cosa ajena, pretenden o consiguen poseerla como
propia, de manera dolosa e ilegal.
“La apropiación indebida es el delito consistente en la dolosa
intención de retener como propia una cosa ajena recibida
en depósito, comisión, administración u otro título
que produzca obligación de entregar o devolver. Constituye
una modalidad de la estafa y del
abuso de confianza”. (OSSORIO, MANUEL.2000)
Por otra parte la normativa jurídica nacional, específicamente el
artículo 345 del Código Penal con relación a la
apropiación indebida tipifica:
“El que se apropiare de una cosa mueble o un valor ajeno, en provecho de
sí o de tercero y de los cuales el autor tuviera la posesión
otenencia legítima y que implique la obligación de entregar o
devolver, sera sancionado con reclusión de tres meses a tres
años. (CODIGO PENAL BOLIVIANO.1972)
Sobre la distinción que se marca entre posesión y
detentación, se tienen dos teorías; por un
lado la teoría subjetiva defendida por Savigny, se asienta sobre la
concurrencia de dos elementos precisos para que exista la posesión:
“corpus” y “animus”, dandose tan sólo la
mera detentación cuando existe el primero pero falta el segundo que es
la intención de poseer. En la teoría objetiva, se considera que
el “corpus” lleva implícito el “animus”
afirmando de esta manera que toda detentación es posesión.
Sin embargo GIURIATI de forma acertada afirma que “lo determinante en la
diferenciación de hurto y apropiación indebida es la forma en que
la cosa llegue a manos culpables: si ha tenido que sustraerla de quien anteriormente
la detentaba, el delito sera el de hurto. Si, por el
contrario, ya estaba en su poder, empleando esta expresión en su sentido
material, y lo que ha hecho es apropiarsela, el delito sera el de
apropiación indebida”.
En terminología romana, se estima que habra hurto en caso de que
la cosa ajena se haya obtenido mediante amotio, y apropiación indebida
cuando ésta no haya existido por estar ya la cosa en mano del
autor, por muy momentanea y material que sea tal tenencia.
1.3. ELEMENTOS DE LA APROPIACIÓN INDEBIDA
De los conceptos valorados se obtienen dos elementos necesarios para que
concurra la apropiación indebida, por unaparte se tienen los actos
materiales llevados a cabo por el sujeto y direccionados a la
incorporación de la cosa a su patrimonio; y por otra se tiene la
intención del sujeto de hacer suya la cosa.
Sin la concurrencia de ambos elementos, no hay posibilidad de
apropiación, pues si la persona que tiene intención de hacer suya
la cosa no realiza ningún acto externo en el que aquel deseo plasme, su
conducta no pasara de un acto puramente volitivo del que no pueden
derivar consecuencias jurídicas, y si, por el contrario, ejecuta actos
que pudieran considerarse como de apropiación, pero queda probado que su
propósito no fue el de hacerse dueño de la cosa, sino otro,
compatible con el reconocimiento del propietario, tampoco puede afirmarse que
se haya apropiado de ella.
1.3.1. OBJETIVO
Como base de
este elemento se tiene al objeto material sobre el cual la norma
jurídica tipifica al referirse que comete apropiación indebida
quien “…se apropiare de una cosa mueble o un valor ajeno…
De la interpretación de este texto se pueden
precisar dos puntos de analisis; la cosa mueble y el valor ajeno.
Entendiéndose como valor al dinero y por cosa
mueble según OSORIO.MANUEL.2000 a aquellos bienes con contenido
patrimonial que pueden ser transportados, incluyéndose los
títulos que acrediten la adquisición de derechos.
El título ha de ser de tal naturaleza que no transfiera la propiedad de
la cosa al sujeto, pues tal transferencia haría imposible la
ilícita apropiación que consuma el delito, por ende seexcluyen
los títulos traslativos de dominio al exigir que el título
produzca obligación de entregar o devolver la cosa; no obstante la
copropiedad puede dar lugar al delito de apropiación indebida cuando uno
de los copropietarios disponga de la cosa como único dueño.
Siendo los títulos que preceden a la apropiación indebida
aquellos que generan una obligación de entregar o devolver el bien como
ser: títulos de depósito, de comisión,
administración, mandato, transporte, prenda, comodato, la sociedad, y el
arrendamiento de cosas, obras o servicios. (MACHICADO.JORGE.
2010)
1.3.2. SUBJETIVO
Con relación a este elemento la acción se reduce al denominado
“animus rem sibi habendi” que se refiere a la manifiesta voluntad
del sujeto de incorporar el dinero, el efecto o la cosa mueble a su patrimonio
a pesar de conocer la ajenidad de ésta y su obligación de
devolverla, reforzandose esta conducta con el abuso de la confianza
generada en origen con la entrega.
Ademas de lo anteriormente indicado y según CARRARA. es preciso para que exista el delito de apropiación
indebida que el sujeto obre con animo de lucro, comprendiendo no solo el
enriquecimiento material sino también la intención de procurarse
un goce o placer cualquiera con el uso de la cosa ajena.
Quedando excluidos del
delito de apropiación indebida aquellos casos en que el poseedor de la
cosa cree que ésta es de su propiedad o aquel que estimando obra de
forma legítima realiza el acto constitutivo de la apropiación. En ambos casos eldolo desaparece por no darse en el sujeto la
consciencia de la ilegitimidad de la acción, requisito indispensable
para que una conducta pueda ser calificada de dolosa.
1.4. RESPONSABILIDAD CIVIL
Con relación la responsabilidad civil y para tener un
breve lineamiento de los efectos generales se describe a esta como “la que lleva consigo el
resarcimiento de los daños causados y de los perjuicios provocados por
uno mismo o por tercero, por el que debe responderse. ((OSSORIO, Manuel.2000)
En relación con la definición de Ossorio, y el caso que se
estudia, se tiene como principal consecuencia civil de la apropiación
indebida, a la restitución de la cosa apropiada; si tras la
desposesión de la cosa ésta se adquiere onerosamente por un
tercero de buena fe, el propietario podría reclamar igualmente una vez
probada la falta de un legítimo tracto de la cosa mueble al poseedor
actual, pudiendo a partir de aquí y teniendo el derecho el tercero de
buena fe, de repetir contra el responsable civil de los hechos que han
resultado calificados como delito o falta en sentencia firme. Si lo apropiado fuese una cantidad de dinero la responsabilidad
civil comprendería los intereses legales o pactados si los hubiere.
2. BENEFICIOS SOCIALES
2.1. NOCIONES HISTÓRICAS DE LOS BENEFICIOS SOCIALES
2.2. DEFINICIÓN
2.3. OBJETO DE LOS BENEFICIOS SOCIALES
2.4. BENEFICIOS SOCIALES Y SUS ANTECEDENTES EN BOLIVIA
2.5. NORMATIVA JURÍDICA
BIBILOGRAFIA
YAÑEZ, Ricardo. Apropiación indebida.3º
edición. SantiagoChile. Jurídica
de Chile. 2001
GACETA OFICIAL DE BOLIVIA.
Código Penal Boliviano. La Paz Bolivia.
[En línea]. Documento
electrónico en internet. 1834. [Fecha de consulta: 24 de mayo de
2013]. Disponible en:
GACETA OFICIAL DE BOLIVIA.
Código Penal Boliviano. La Paz, Bolivia.
[En línea]. Documento
electrónico en internet. 1972. [Fecha de consulta: 24 de mayo de
2013]. Disponible en:
MOLINS, Marc. Consideraciones acerca del delito de apropiación
indebida. 1º edición. Madrid, España. 2002
DAMIANOVICH, Laura. Delitos Contra la Propiedad.
3º edición. Buenos Aires Argentina.
Universidad. 2000
OSSORIO, M. Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y
Sociales, 27º edición. Buenos
Aires, Argentina.
Eliasta. 2000
NICOLIELLO, Nelson. Diccionario del latín
jurídico.4º edición. Buenos Aires, Argentina.
Euros.2004.
FERRER, Sama Antonio. El delito de apropiación
indebida.7º edición. Madrid,
España. Universidad. 2001
SCHIAPPOLI. Enciclopedia Pessina, Distrito Penal Canónico. 4º edición. Roma, Italia.pessina.1927
FERRINI. Enciclopedia Pessina, Exposición Histórica y doctrinal del
distrito penal Romano. 4º edición. Roma,
Italia.pessina.1927
CARRARA.
Programa el Curso del Delito Criminal. 4º edición. Roma, Italia. Gedisa.
1875
MACHICADO, Jorge. ¿Qué es Apropiación Indebida Santa Cruz,
Bolivia [En línea]. Documento electrónico en internet. 2010. [Fecha de
consulta: 10 de mayo de 2013]. Disponible en
GIURATI. Tratado de derecho penal. 3ºedición.Buenos Aires,
Argentina.
Universidad. 1999.