LEY ORGANICA DE SEGURIDAD DE LA
NACIÓN
Artículo 2. La seguridad de la Nación
esta fundamentada en el desarrollo integral, y es la condición,
estado o situación que garantiza el goce y ejercicio de los derechos y
garantías en los ambitos económico, social,
político, cultural, geografico, ambiental y militar de los
principios y valores constitucionales por la población, las
instituciones y cada una de las personas que conforman el Estado y la sociedad,
con proyección generacional, dentro de un sistema democratico,
participativo y protagónico, libre de amenazas a su sobrevivencia, su
soberanía y a la integridad de su territorio y demas espacios
geograficos.
Analisis:
Se establece como elemento fundamental de la seguridad de la Nación, el
desarrollo; donde cada uno de los ciudadanos e instituciones que se encuentren
dentro del espacio geografico nacional se les garantice, para
ésta y futuras generaciones, el beneficio de los derechos emanados de
nuestra Carta Magna, en los diferentes ambitos de la vida nacional;
dentro de un sistema democratico, que permita la participación,
el protagonismo y la toma de decisiones por parte de la ciudadanía,
velando siempre por la soberanía de la Nación.
Artículo 3: Conjunto de sistemas, métodos, medidas y
acciones de defensa, cualquiera sean su naturaleza e intensidad, que en forma
activa formule, coordine y ejecute el Estado con la participación de las
instituciones públicas y privadas, y las personas naturales y
jurídicas, nacionales o extranjeras, con el objeto desalvaguardar la
independencia, la libertad, la democracia, la soberanía, la integridad
territorial y el desarrollo integral de la Nación.
Analisis: configura un conjunto de variables que tipifican una
serie de acciones y medidas dirigidas a mantener y fortalecer la Seguridad de
la Nación, la cual coadyuva con el desarrollo integral, mientras que la
Defensa de la Nación, representa la capacidad del Estado para proteger
el capital humano y los recursos del país.
3) Artículos 30, 32, 33 Responder
a) Explica en forma resumida que es la movilización.
Artículo 33: Decretada la movilización, el Presidente o
Presidenta de la República podra ordenar la requisición de
los bienes necesarios para la defensa nacional, de acuerdo con lo establecido
en el Reglamento respectivo.
Respuesta: La LOSN define la movilización como el conjunto de previsiones y acciones preparatorias y
ejecutivas destinadas a organizar el potencial existente y convertirlo en poder
nacional, abarcando todos los sectores de la Nación tanto
públicos como
privados, para hacer mas efectiva, armónica y oportuna la
transición de una situación ordinaria a otra extraordinaria. De
la definición que la propia LOSN da a la movilización se
desprende que se otorgan amplias facultades para que las autoridades nacionales
utilicen toda clase de bienes, tanto públicos como privados, para
emplearlos para la mejor defensa de la nación y la rapida
transición de una situación ordinaria de tranquilidad a otra
extraordinaria de confrontación interna o externa decualquier
naturaleza.
b) ¿Qué significa un estado de
Excepción?
Artículo 32: El Presidente o Presidenta de la República
podra disponer el empleo de la Fuerza Armada Nacional para coadyuvar en
el control y funcionamiento de los servicios públicos o de las empresas
basicas del Estado para la vida económico-social de la
República. Igualmente, podra ordenar que el
personal de tales servicios o empresas quede sometido temporalmente al
régimen militar, si se hubiere decretado el estado de excepción.
Respuesta:
-Aquellas circunstancias de orden social, económico, político,
natural o ecológico, que afecten gravemente la seguridad de la
Nación, de las instituciones y de los ciudadanos y ciudadanas.
El estado de excepción podra ser decretado por el Presidente de
la República en caso de estricta necesidad y con la intención de
solventar la situación irregular presentada.
c) Qué se entiende por origen legal de la movilización
Artículo 30: El Presidente o Presidenta de la República es la
maxima autoridad político-administrativa que dirige la
movilización, y sera asistido en esta actividad por el Consejo de
Defensa de la Nación, los Ministerios y demas organismos
involucrados.
Respuesta: La movilización sólo procede una vez decretado el
estado de excepción, sólo luego de decretado un estado de
excepción, el Presidente de la República podra ordenar la
movilización total o parcial en cualquiera de los ambitos que
establece la Constitución y las leyes respectivas, en todo o en parte
del territorio de laRepública.
d) Quien asiste al presidente de la Republica en la Dirección de la
Movilización.
Respuesta: es concluyente que la autoridad encargada de la movilización
sea, precisamente, el Presidente de la República en Consejo de
Ministros, el cual, conforme lo dispone el artículo 30 de la LOSN,
sera asistido en esta actividad por el Consejo de Defensa de la
Nación, los Ministerios y demas organismos involucrado.
4) ¿Qué es el consejo de defensa de la nación y
cuales son sus miembros permanentes?
Se crea el Consejo de Defensa de la Nación,
maximo órgano de consulta para
la planificación y asesoramiento para la defensa nacional.
Le corresponde establecer el concepto estratégico de
la Nación. Lo preside el Presidente de la
República y lo conforman ademas, el Vicepresidente
Ejecutivo, el Presidente de la Asamblea Nacional, el Presidente del Tribunal
Supremo de Justicia, el Presidente del Consejo Moral Republicano y
los ministros de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las
relaciones exteriores y la planificación, y otros cuya
participación se considere pertinente.
5) Lee el artículo 49 de esta ley y responde
a) Cual es el Organismo encargado de la seguridad Fronteriza.
Es una operación conjunta de las cuatro fuerzas de la
armada venezolana.
6) Lee el artículo 50 de esta ley y responde
a) ¿Qué es el ejecutivo Nacional y quienes lo forman?
El Poder Ejecutivo Nacional en Venezuela es representado por
el Presidente, el Vicepresidente, los Ministros y el Procurador de
la República.