Circular
La Junta Provisional Gubernativa de la capital de Buenos Aires
Los desgraciados sucesos de la Península han dado mas ensanches a
la ocupacion bélica de los franceses sobre su territorio, hasta
aproximarse a las murallas de Cadiz y dejar desconcertado el
cuerpo representivo de la soberanía, por falta del Sr. Rey D. Fernando
VII: pues que, dispersada de Sevilla, y acusada de malaversacion de sus deberes
por aquel pueblo, pasó en el discurso de su emigracion y dispersion
a constituir, sin formalidad ni autoridad, una Regencia, de la que nadie
puede asegurar que sea centro de la unidad nacional y depósito firme del
poder del Monarca, sin esponerse a mayores convulsiones que las que
cercaban el momento vicioso y arriesgado de su instalacion. No es necesario
fijar la vista en el término a que puedan haber llegado las
desgracias de los pueblos de la Península, tanto por la fortuna de las
armas invasoras, cuanto por la falta ó incertidumbre de un gobierno
legítimo y supremo al que se deben referir y subordinar los demas de la
nacion, que, por la dependencia forzosa que los estrecha al órden y
seguridad de la asociacion, tienen su tendencia a la felicidad presente,
y a la precaucion de los funestos efectos de la division de las partes
del estado, que temen con razon todo loque puede oponerse a la mejor
suerte en los dominios de América.
El pueblo de Buenos Aires, bien cierto del estado lastimoso de los dominios
europeos de S. M. C. el Sr. D. Fernando VII; por lo menos incierto del gobierno
legítimo soberano en la representacion de la Suprema Junta Central
disuelta ya, y mas en la Regencia que se dice constituida por aquella, sin
facultades, sin sufragios de la América, y sin instruccion de otras
formalidades que debian acceder al acto; y sobre todo, previendo, que no
anticipandose las medidas que deben influir en la confianza y opinion
pública de los dominios de América, faltaria el principio de un
gobierno indudable por su orígen, estimó desplegar la
energía que siempre ha mostrado para interesar su lealtad, celo y amor
por la causa del Rey Fernando, removiendo los obstaculos que la
desconfianza, incertidumbre y desunion de opiniones podrian crear en el momento
mas crítico que amenaza, tomando a la América
desapercibida de la base sólida del gobierno que pudiese determinar su
suerte en el continente americano español.
Manifestó los deseos mas decididos por que los pueblos mismos recobrasen
los derechos originarios de representar el poder, autoridad y facultades del
Monarca, cuando este falta, cuando este no ha provisto de Regente, y cuando
losmismos pueblos de la matriz han calificado de deshonrado al que formaron,
procediendo a sostituirle representaciones rivales que disipan los
tristes restos de la ocupacion enemiga. Tales conatos son intimamente unidos
con los deseos honrosos de su seguridad y felicidad, tanto interna como
externa, alejando la anarquia y toda dependencia de poder ilegítimo;
cual podia ser sobre ineficaz para los fines del instituto social, cualquiera
que se hubiese levantado en el tumulto y convulsiones de la Península,
despues de la dispersion y emigracion de los miembros de la Junta Suprema
Central.
Cuando estas discusiones se hacen en sesiones de hombres
desencontrados, son espuestas a las consecuencias de una revolucion, y
esponen a que quede acéfalo el cuerpo político: pero si se
empeñan por el órden y modo regular de los negocios
gravísimos, no pueden menos de conducir como
por la mano, a la vista del
efecto que se desea. Tal ha sido la conducta del pueblo de Buenos Aires en
propender a que examinase si, en el estado de las ocurrencias de la
Península, debia subrogarse el mando superior de gobierno de las
provincias del vireinato en un Junta Provisional, que asegurase la confianza de
los pueblos y velase sobre su conservacion contra cualesquier asechanzas, hasta
reunir les votos de todos ellos,en quienes recae la
facultad de proveer la representacion del Soberano.
El Exmo. Cabildo de la Capital, con anuencia del Exmo.
Señor Virey, a quien informó de la general agitacion,
agravada con el designio de retener el poder del gobierno, aun notoriada que
fuese la pérdida total de la Península y su gobierno, como
espresa la proclama de 18 del corriente, convocó la mas sana parte del
pueblo en Cabildo general abierto, donde se discutió y votó
publicamente el negocio mas importante por su fundamento para la tranquilidad,
seguridad y felicidad general: resultando de la comparacion de sufragios la
mayoria con exceso por la subrogacion del mando del Exmo. Sr.
Virey en el Exmo. Cabildo, interin se ordenaba una Junta Provisional de
gobierno, hasta la congregacion de la general de las Provincias: voto, que
fué acrecentado y aumentado con la aclamacion de las tropas y numeroso
resto de habitantes.
Ayer se instaló la Junta en un modo y forma que
ha dejado fijada la base fundamental sobre que debe elevarse la obra de la
conservacion de estos dominios al Sr. D. Fernando VII. Los
egemplares impresos de los adjuntos bandos, y la noticia acreditada en bastante
forma, que el Exmo. Cabildo, y aun el Exmo. Sr.
Virey, que fué D. Baltazar Hidalgo de Cisneros, dan a Vd., no
dejan duda a esta Juntade que sera mirada por todos los gefes,
corporaciones, funcionarios públicos y habitantes de todos los pueblos
del vireinato, como centro de la unidad, para formar la barrera inespugnable de
la conservacion íntegra de los dominios de América a la
dependencia del Sr. D. Fernando VII, ó de quien legitimamente le
represente. No menos espera que contribuiran los mismos a que,
cuanto mas antes sea posible, se nombren y vengan a la capital los
Diputados que se enuncian para el fin espresado en el mismo acto de
instalacion: ocupandose con el mayor esfuerzo en mantener la union de
los pueblos, y en consultar la tranquilidad y seguridad individual; teniendo
consideracion a que la conducta de Buenos Aires muestra que, sin
desórden y sin vulnerar la seguridad, puede obtenerse el medio de
consolidar la confianza pública y su mayor felicidad.
Es de esperar que cimentado este paso, si llega el desgraciado momento de
saberse sin duda alguna la pérdida absoluta de la Península, se
halle el distrito del vireinato de Buenos Aires sin los graves embarazos que
por la incertidumbre, y falta de legítima representacion del Soberano en
España a la ocupacion de los franceses, la pusieron en desventaja
para sacudirse de ellos: puesto que, tanto como el enemigo descubierto invasor,
debe temerse yprecaverse el que desde lo interior promueve la desunion,
proyecta la rivalidad y propende a introducir el conflicto de la suerte
política no prevenida. Cuente Vd. con todo lo que penda de los esfuerzos
de esta Junta, cuyo desvelo por la conservacion del órden y
sistema nacional se mostrara por los efectos. Este ha
sido el concepto de proponer el pueblo al Exmo. Cabildo la espedicion de
500 hombres para lo interior, con el fin de proporcionar auxilios militares
para hacer observar el órden, si se teme que sin él no se harian
libre y honradamente las elecciones de Vocales Diputados, conforme a lo
prevenido en el artículo X del bando citado, sobre que hace esta Junta
los mas eficaces encargos por su puntual observancia y la del artículo
XI.
Asimismo importa que Vd. quede entendido, que los Diputados han de irse
incorporando en esta Junta conforme y por el órden de su llegada
a la capital, para que así se hagan de la parte de confianza
pública que conviene al mejor servicio del Rey y gobierno de los
pueblos; imponiéndose, con cuanta anticipacion conviene a la
formacion de la general, de los graves asuntos que tocan al gobierno. Por lo mismo, se habra de acelerar el envio de Diputados;
entendiendo deber ser uno por cada ciudad ó villa de las Provincias,
considerando que la ambicion de losestrangeros puede excitarse a
aprovechar la dilacion en la reunion, para defraudar a S. M. los
legítimos derechos que se trata de preservar.
Servira a todos los pueblos del vireinato de la mayor
satisfaccion el saber, como se lo asegura la Junta, que todos los Tribunales,
Corporaciones, Gefes y Ministros de la capital, sin excepcion, han reconocido
la Junta, y prometido su obediencia para la defensa de los augustos derechos
del Rey en estos dominios: por lo cual es tanto mas interesante que este
egemplo empeñe los deseos de Vd. para contribuir en estrecha union a
salvar la patria de las convulsiones que la amenazan, si no se prestasen las
Provincias a la union y armonia que debe reinar entre ciudadanos de un
mismo orígen, dependencia é intereses. A esto se dirigen los
conatos de esta Junta; a ello los ruegos del pueblo principal del
vireinato, y a lo mismo se le excita, con franqueza de cuantos auxilios
y medios pendan de su arbítrio, que seran dispensados prontamente
en obsequio del
bien y concentracion de los pueblos. Real Fortaleza de Buenos
Aires, a 27 de Mayo de 1810.
Cornelio de Saavedra - Dr. Juan José Castelli - Manuel Belgrano - Miguel
de Azcuénaga - Dr. Manuel Alberti - Domingo Mateu - Juan Larrea - Dr.
Juan José Passo, Secretario - Dr. Mariano Moreno, Secretario.