Introducción:
Cada país tiene un protocolo para manejar sus recursos naturales de
manera que asegure el bienestar de tanto sus ciudadanos como
del
ecosistema en el que se encuentra. En Puerto Rico se comenzó con el
artículo VI de la Constitución establecida en el año 1952,
la Ley 9 y con la creación de diversas agencias formadas por el gobierno
y empresas privadas. Con el establecimiento del Estado Libre Asociado ya Puerto
Rico había comenzado a estipular las reglas para la protección
del ambiente, estableciéndolas en su artículo VI sec. 19, se
señala lo siguiente: “sera la política
pública del Estado Libre Asociado la mas eficaz
conservación de sus recurso naturales, así como el mayor
desarrollo y aprovechamiento de los mismos para el beneficio general de la
comunidad”.
Según Richard Andrews (2006) en su articulo Learning from History, las
Naciones Unidas comisionaron el Millennium Ecosystem Assessment el cual
señala que en los pasados 50 años los cambios rapidos y
extensivos de los ecosistemas humanos ha resultado en la pérdida
irreversible en la diversidad de la vida en la Tierra. Por otro lado las
concentraciones de dióxido de carbono en la atmósfera han aumentado considerablemente desde 1750 y el 60% de este
aumento ha ocurrido desde el 1959 hasta tiempos presentes. Las políticas
ambientales de los Estados Unidos de América han
sido unas causas prominentes a este aumento, ya que se han creado
principalmente para promover la explotación económica de los
recursos naturales.
La Lcda. Diana López (1999) menciona en su libro del ambiente y leyes de Puerto Rico que
elgobierno tiene la función de velar y proteger los recursos naturales del país y de
procurar que se desarrollen y aprovechen de manera productiva. Por esta
razón en el 1970 se crea la Ley de Política Pública
Ambiental bajo las agencias federales como “National Environmental Policy
Act” (NEPA) y “Environmental Protection Agency” (EPA). La ley
número 9 del 18 de Junio de 1970 estipula en su Artículo 1 que la
Junta de Calidad Ambiental se formo con el fin de “establecer una política
pública que estimule una deseable y conveniente armonía entre el
hombre y su medio ambiente; fomentar los esfuerzos que impediran o
eliminarían daños al ambiente y la biosfera y estimular la salud
y el bienestar del hombre; enriquecer la comprensión de los sistemas
ecológicos y fuentes naturales importantes para Puerto Rico”. Por
lo tanto, esta agencia del gobierno tiene como función lograr el
mas amplio disfrute de los usos beneficiosos del medio ambiente sin degradación,
riesgos a la salud o seguridad y otras consecuencias indeseables, mejorar la
calidad de los recursos renovables y velar por el uso juicioso de aquellos
recursos que sufran agotamiento. (López 1999)
La Junta de Calidad Ambiental, junto con el Departamento de Recursos Naturales
y Ambientales, el Departamento de Salud y la Autoridad de Desperdicios
Sólidos son quienes administran las leyes ambientales en Puerto Rico. También reciben
ayuda de la agencia federal Environmental Protection Agency, que tiene el poder
de velar por el cumplimiento de las leyes ambientales federales. Lorna
Salinas (2011) nos indica que un aspecto muyimportante de la Ley 9 es la
Declaración de Impacto Ambiental, que surge para asegurar poner en vigor
la política pública ambiental cuando el gobierno o una entidad
privada deseen llevar a cabo un proyecto que puede afectar al medioambiente.
Controversia
Hemos observado en los últimos años como los recursos naturales de Puerto
Rico se han ido utilizando de manera desmesurada aunque existen
leyes y políticas públicas que regulan su uso y velan por su
protección. Casos como el de Paseo Caribe y
Vía Verde son controversias muy preocupantes ya que en ellas se observa
claramente un uso indebido de las leyes y una falta de implementación de
las políticas publicas existentes. Hemos observado como muchos
contratistas utilizan su dinero para asegurarse de que su proyecto reciba los
permisos necesarios para cumplir con las leyes ambientales y las agencias
gubernamentales que son las encargadas de implementar estas leyes no hacen su
trabajo correctamente influenciados por el ambiente político actual.
Planteamiento del
Problema
En Puerto Rico han una serie de leyes ambientales y organizaciones que se
encargan de regular aquellas actividades que puedan impactar negativamente el
medio ambiente y los recursos naturales. Sin embargo, a través de la
historia podemos ver como los recursos finitos de
nuestra isla son utilizados desmesuradamente y sin un plan para su
conservación para el futuro. Hemos observado también como estas agencias se rigen por
el clima político del
momento y violan leyes establecidas con el fin de agraciar a grandes
compañías con permisos a cambio de dinero o
favorespolíticos. Casos como
el Corredor Ecológico del Noreste, Paseo Caribe y la Vía Verde
son sólo algunos de los muchos casos en Puerto Rico
donde se ha visto una violación a las leyes ambientales y su
efectividad.
Propósito de la Investigación
En esta investigación daremos énfasis en como las leyes
ambientales en Puerto Rico estan siendo implementadas y si los
procedimientos en dicha implementación son efectivos para proteger el
ambiente y los recursos naturales. También compararemos a Puerto Rico
con otros países con leyes y políticas ambientales para
así determinar si alguna de ellas puede ser
implementada en Puerto Rico y así
mejorar la calidad ambiental de la isla.
US Environmental Protection
Agency
Fue creada el 2 de diciembre de 1970 bajo la sugerencia del presidente
Richard Nixon. Esta organización tiene la
responasibilidad de mantener y enforzar los estandares nacionales bajo
las leyes ambientales. Su trabajo de divide entre diferentes programas como
el Federal Insecticide, Fungicide and Rodenticide Act, Air Quality Modeling
Group, WaterSence, entre otros.
NOAA
Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico
El Departamento de Recursos Naturales fue creado por la ley #23 del 20 de junio
del 1972. Es la organización responsable de implementar la
política publica del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico que se encuentra en la sección 19 del Articulo VI de la
Constitucion. Es la agencia responsable de multar a
aquellos que entren en violaciones a las leyes ambientales de Estado Libre
Asociado.
Junta de Calidad Ambiental
Paseo CaribePaseo Caribe es un proyecto residencial
turístico que se encuentra en la entrada de la isleta de San Juan. Según su
desarrollista, Arturo Madero, este complejo fue
diseñado para varios usos, tanto públicos como privados. Entre los públicos
estan un camino adoquinado que amplía
las vías de acceso al fuerte San Jerónimo, una plaza
pública en el centro del
proyecto y 120,000 pies de espacio comercial y de entretenimiento.
También en este complejo se encuentra el estacionamiento Caribe Parking
que fue inaugurado en el año 2007 y otro estacionamiento mas
pequeño sin construir para esa fecha. El area privada de este complejo contiene tres edificios residenciales y dos
condo-hoteles: Caribe Plaza, Bahía
Plaza, Laguna Plaza y
Condado Lagoon Villas I y II. El Condado Lagoon Villas I se
inauguro en el año 2005. Este ultimo, Condado Lagoon Villas II
quedo completado en un 60% ya que se alega que
estan construidos en terrenos de dominio publico y ganados al mar o
rellenados por maquinaria de construcción durante la década del 1940. Estos terrenos fueron vendidos al gobierno de Puerto a
través de la Administración de Terrenos en el año 1991 por
$4.8 millones (Morales 2007). Este terreno pasa a manos del
Hotel Development Corporation, una entidad gubernamental adscrita a la
Compañía de Turismo. Esta organización vendió ese terreno al Hilton por $8 millones y el desarrollador de
Paseo Caribe le compro al Hilton las 5.09 cuerdas de terreno por $5 millones.
El condominio Laguna
Plaza es el tercer
edificio que ocupa el area de dominio público. Este cuenta
con 34 unidades esta vendido enun 50% y terminado en un
95%, según su desarrollador. El abogado ambientalista Pedro J.
Saadé Lloréns ha denunciado que en Puerto
Rico las agencias gubernamentales han ido
sustituyendo las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) por la
Evaluación Ambiental (EA). El licenciado indica que los documentos
ambientales estan siendo preparados por los mismos proyectistas cuando
deben ser las mismas agencias de gobierno quienes preparen las DIA.
Saadé Lloréns ha señalado a la Junta de
Planificación, a la Junta de Calidad Ambiental y al Departamento de
Recursos Naturales como negligentes en hacer cumplir las leyes de
conservación del ambiente. En el estudio llevado a cabo por el
licenciado, Paseo Caribe ha incurrido en violaciones a la Ley sobre la Política
Publica Ambiental (LPPA) al emitirse una consulta de mejora pública para
la venta de 26.4 cuerdas de terreno sensitivo y de primer orden desde el punto
de vista histórico, arqueológico y natural a la cadena de hoteles
Hilton. La transacción fue aprobada sin un DIA
y ni siquiera una EA, que era exigida por el impacto ambiental que
tendría el proyecto. Tampoco se consulto al Instituto de Cultura
Puertorriqueña ni al Departamento de Recursos
Naturales. A causa de estos defectos, la transacción
de venta de estos terrenos puede ser anulada. Como
Paseo Caribe se encuentra en parte de estos terrenos, su legalidad
también puede ser cuestionada. El licenciado
Saadé menciona que el derrumbe de los edificios es una opción,
pero que tendría que ser evaluado cada edificio individualmente para
asegurar el menos daño al ambiente posible.