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Leyes Ambientales de PR - controversia, US Environmental Protection Agency, junta de Calidad Ambiental



Introducción:
Cada país tiene un protocolo para manejar sus recursos naturales de manera que asegure el bienestar de tanto sus ciudadanos como del ecosistema en el que se encuentra. En Puerto Rico se comenzó con el artículo VI de la Constitución establecida en el año 1952, la Ley 9 y con la creación de diversas agencias formadas por el gobierno y empresas privadas. Con el establecimiento del Estado Libre Asociado ya Puerto Rico había comenzado a estipular las reglas para la protección del ambiente, estableciéndolas en su artículo VI sec. 19, se señala lo siguiente: “sera la política pública del Estado Libre Asociado la mas eficaz conservación de sus recurso naturales, así como el mayor desarrollo y aprovechamiento de los mismos para el beneficio general de la comunidad”.


Según Richard Andrews (2006) en su articulo Learning from History, las Naciones Unidas comisionaron el Millennium Ecosystem Assessment el cual señala que en los pasados 50 años los cambios rapidos y extensivos de los ecosistemas humanos ha resultado en la pérdida irreversible en la diversidad de la vida en la Tierra. Por otro lado las concentraciones de dióxido de carbono en la atmósfera han aumentado considerablemente desde 1750 y el 60% de este aumento ha ocurrido desde el 1959 hasta tiempos presentes. Las políticas ambientales de los Estados Unidos de América han sido unas causas prominentes a este aumento, ya que se han creado principalmente para promover la explotación económica de los recursos naturales.
La Lcda. Diana López (1999) menciona en su libro del ambiente y leyes de Puerto Rico que elgobierno tiene la función de velar y proteger los recursos naturales del país y de procurar que se desarrollen y aprovechen de manera productiva. Por esta razón en el 1970 se crea la Ley de Política Pública Ambiental bajo las agencias federales como “National Environmental Policy Act” (NEPA) y “Environmental Protection Agency” (EPA). La ley número 9 del 18 de Junio de 1970 estipula en su Artículo 1 que la Junta de Calidad Ambiental se formo con el fin de “establecer una política pública que estimule una deseable y conveniente armonía entre el hombre y su medio ambiente; fomentar los esfuerzos que impediran o eliminarían daños al ambiente y la biosfera y estimular la salud y el bienestar del hombre; enriquecer la comprensión de los sistemas ecológicos y fuentes naturales importantes para Puerto Rico”. Por lo tanto, esta agencia del gobierno tiene como función lograr el mas amplio disfrute de los usos beneficiosos del medio ambiente sin degradación, riesgos a la salud o seguridad y otras consecuencias indeseables, mejorar la calidad de los recursos renovables y velar por el uso juicioso de aquellos recursos que sufran agotamiento. (López 1999)
La Junta de Calidad Ambiental, junto con el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, el Departamento de Salud y la Autoridad de Desperdicios Sólidos son quienes administran las leyes ambientales en Puerto Rico. También reciben ayuda de la agencia federal Environmental Protection Agency, que tiene el poder de velar por el cumplimiento de las leyes ambientales federales. Lorna Salinas (2011) nos indica que un aspecto muyimportante de la Ley 9 es la Declaración de Impacto Ambiental, que surge para asegurar poner en vigor la política pública ambiental cuando el gobierno o una entidad privada deseen llevar a cabo un proyecto que puede afectar al medioambiente.
Controversia
Hemos observado en los últimos años como los recursos naturales de Puerto Rico se han ido utilizando de manera desmesurada aunque existen leyes y políticas públicas que regulan su uso y velan por su protección. Casos como el de Paseo Caribe y Vía Verde son controversias muy preocupantes ya que en ellas se observa claramente un uso indebido de las leyes y una falta de implementación de las políticas publicas existentes. Hemos observado como muchos contratistas utilizan su dinero para asegurarse de que su proyecto reciba los permisos necesarios para cumplir con las leyes ambientales y las agencias gubernamentales que son las encargadas de implementar estas leyes no hacen su trabajo correctamente influenciados por el ambiente político actual.
Planteamiento del Problema
En Puerto Rico han una serie de leyes ambientales y organizaciones que se encargan de regular aquellas actividades que puedan impactar negativamente el medio ambiente y los recursos naturales. Sin embargo, a través de la historia podemos ver como los recursos finitos de nuestra isla son utilizados desmesuradamente y sin un plan para su conservación para el futuro. Hemos observado también como estas agencias se rigen por el clima político del momento y violan leyes establecidas con el fin de agraciar a grandes compañías con permisos a cambio de dinero o favorespolíticos. Casos como el Corredor Ecológico del Noreste, Paseo Caribe y la Vía Verde son sólo algunos de los muchos casos en Puerto Rico donde se ha visto una violación a las leyes ambientales y su efectividad.
Propósito de la Investigación
En esta investigación daremos énfasis en como las leyes ambientales en Puerto Rico estan siendo implementadas y si los procedimientos en dicha implementación son efectivos para proteger el ambiente y los recursos naturales. También compararemos a Puerto Rico con otros países con leyes y políticas ambientales para así determinar si alguna de ellas puede ser implementada en Puerto Rico y así mejorar la calidad ambiental de la isla.

US Environmental Protection Agency
Fue creada el 2 de diciembre de 1970 bajo la sugerencia del presidente Richard Nixon. Esta organización tiene la responasibilidad de mantener y enforzar los estandares nacionales bajo las leyes ambientales. Su trabajo de divide entre diferentes programas como el Federal Insecticide, Fungicide and Rodenticide Act, Air Quality Modeling Group, WaterSence, entre otros.

NOAA

Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico
El Departamento de Recursos Naturales fue creado por la ley #23 del 20 de junio del 1972. Es la organización responsable de implementar la política publica del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que se encuentra en la sección 19 del Articulo VI de la Constitucion. Es la agencia responsable de multar a aquellos que entren en violaciones a las leyes ambientales de Estado Libre Asociado.

Junta de Calidad Ambiental

Paseo CaribePaseo Caribe es un proyecto residencial turístico que se encuentra en la entrada de la isleta de San Juan. Según su desarrollista, Arturo Madero, este complejo fue diseñado para varios usos, tanto públicos como privados. Entre los públicos estan un camino adoquinado que amplía las vías de acceso al fuerte San Jerónimo, una plaza pública en el centro del proyecto y 120,000 pies de espacio comercial y de entretenimiento. También en este complejo se encuentra el estacionamiento Caribe Parking que fue inaugurado en el año 2007 y otro estacionamiento mas pequeño sin construir para esa fecha. El area privada de este complejo contiene tres edificios residenciales y dos condo-hoteles: Caribe Plaza, Bahía Plaza, Laguna Plaza y Condado Lagoon Villas I y II. El Condado Lagoon Villas I se inauguro en el año 2005. Este ultimo, Condado Lagoon Villas II quedo completado en un 60% ya que se alega que estan construidos en terrenos de dominio publico y ganados al mar o rellenados por maquinaria de construcción durante la década del 1940. Estos terrenos fueron vendidos al gobierno de Puerto a través de la Administración de Terrenos en el año 1991 por $4.8 millones (Morales 2007). Este terreno pasa a manos del Hotel Development Corporation, una entidad gubernamental adscrita a la Compañía de Turismo. Esta organización vendió ese terreno al Hilton por $8 millones y el desarrollador de Paseo Caribe le compro al Hilton las 5.09 cuerdas de terreno por $5 millones.
El condominio Laguna Plaza es el tercer edificio que ocupa el area de dominio público. Este cuenta con 34 unidades esta vendido enun 50% y terminado en un 95%, según su desarrollador. El abogado ambientalista Pedro J. Saadé Lloréns ha denunciado que en Puerto Rico las agencias gubernamentales han ido sustituyendo las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) por la Evaluación Ambiental (EA). El licenciado indica que los documentos ambientales estan siendo preparados por los mismos proyectistas cuando deben ser las mismas agencias de gobierno quienes preparen las DIA. Saadé Lloréns ha señalado a la Junta de Planificación, a la Junta de Calidad Ambiental y al Departamento de Recursos Naturales como negligentes en hacer cumplir las leyes de conservación del ambiente. En el estudio llevado a cabo por el licenciado, Paseo Caribe ha incurrido en violaciones a la Ley sobre la Política Publica Ambiental (LPPA) al emitirse una consulta de mejora pública para la venta de 26.4 cuerdas de terreno sensitivo y de primer orden desde el punto de vista histórico, arqueológico y natural a la cadena de hoteles Hilton. La transacción fue aprobada sin un DIA y ni siquiera una EA, que era exigida por el impacto ambiental que tendría el proyecto. Tampoco se consulto al Instituto de Cultura Puertorriqueña ni al Departamento de Recursos Naturales. A causa de estos defectos, la transacción de venta de estos terrenos puede ser anulada. Como Paseo Caribe se encuentra en parte de estos terrenos, su legalidad también puede ser cuestionada. El licenciado Saadé menciona que el derrumbe de los edificios es una opción, pero que tendría que ser evaluado cada edificio individualmente para asegurar el menos daño al ambiente posible.


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