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Definicion de enfermeria - que es la enfermería, características de la profesión de enfermería, ley del ejercicio profesional de la enfermería
Que es la
enfermería
La enfermería es una de las areas mas importantes de la
medicina, a pesar de que en los registros académicos aparezca siempre a
la sombra de otras disciplinas mas renombradas. Se entiende por
enfermería al cuidado integral que realiza el personal calificado sobre un individuo en diferentes condiciones de salud. La
enfermería puede llevarse a cabo tanto sobre pacientes ambulatorios como
en pacientes de gravedad que requieren permanente atención y
protección.
Filosofía de la enfermería.
Misión
Para proporcionar la excelencia en la practica de la enfermería a
través de la atención al paciente superior, la innovación,
la colegialidad y el liderazgo en un entorno culturalmente sensibles
Visión
Para brindar atención integral a pacientes y familiares en una
estructura que apoya y respeta la practica profesional de
enfermería
Valores:
Compasión - Diversidad
Competencia - Resultados, líder y guía
Compromiso - Seguridad para el auto y otros (personal), los recursos
Comunicación - Enseñanza
Colaboración - Interdisciplinario / trabajo en equipo
Filosofía de la Atención
Nosotros creemos en:
La singularidad de cada persona y reconocer y abogar por nuestros pacientes y
colegas
Tratar con respeto, la integridad y la dignidad
Valores profesionales de enfermería en un ambiente interdisciplinario y
de colaboración
Profesional de la rendición de cuentas de nuestra practica de la
enfermería en el ambito de la enfermería
La promoción del aprendizaje permanente, la educación,
tutoría y desarrollo profesional
Promoción de un entornode practica basada en la evidencia
La practica en un entorno de trabajo dinamico y de apoyo para
todos los profesionales de enfermería
En colaboración con colegas y otros profesionales de la salud para la
prestación de paciente y la familia centrado la atención
Reseña histórica Florencia.
La Universidad de la Amazonia en Florencia tiene su origen
en el Instituto Tecnológico Universidad Surcolombiana (ITUSCO) cuya sede
principal fue la ciudad de Neiva
en el Departamento del Huila.
Como seccional
en Florencia inicia sus actividades en 1971 ofreciendo cuatro programas a nivel
tecnológico: Ciencias Sociales, Matematicas, Contaduría y
Topografía. Con la ley 13 de 1976 se transformo ITUSCO se
transformó en la Universidad Surcolombiana, en consecuencia el
ITUSCO-Florencia se transforma en su seccional, cuyas actividades son
orientadas desde tres facultades: Ciencias de la Educación, Ciencias Agropecuarias
y Ciencias Contables y Económicas. En 1982, a través de la ley 60 del 30 de diciembre sancionada por el
entonces presidente de la república, Doctor Belisario Betancur Cuartas,
la seccional de la Universidad Surcolombiana es transformada en la Universidad
de la Amazonia.
Nuestra universidad es oficial, del orden nacional y su
misión, visión, objetivos, funciones y políticas
estan orientadas a contribuir al desarrollo sostenible de la
región amazónica. Se conocen plenamente los retos y compromisos,
no solo los que se derivan de los estatutos vigentes que tienen que ver con el
desarrollo de programas acordes con las particularidades de la región,
con la cualificación deltalento humano a través de la
difusión del conocimiento científico y tecnológico, y con
la investigación en la Amazonia, sino los que ha impuesto la
Declaración Mundial sobre la Educación Superior en el Siglo XXI:
Visión y Acción, aprobada por la UNESCO en octubre de 1998. La
declaración amplía el horizonte y el quehacer de la Educación
Superior para el próximo milenio, en
aspectos sobre los cuales ya se trabaja: la acreditación, la cobertura,
el acceso a la universidad, la internacionalización, las nuevas
tecnologías educativas, etc.
¿Qué es una profesión?
Una profesión es una actividad especializada del trabajo dentro
de la sociedad, realizada generalmente por un profesional.
En un sentido mas restrictivo, la profesión se refiere a menudo
específicamente a los campos que requieren estudios universitarios de
post-grado o licenciatura, donde se adquieren los conocimientos especializados
respectivos, tales como el la psicología, derecho, la medicina, la
enfermería, la arquitectura, la contaduría o la
ingeniería.
En este sentido, la profesión difiere de la
ocupación u oficio, que se refiere generalmente a la naturaleza del empleo de una
persona. La profesión aborda el desempeño de la practica y
la disciplina se preocupa del
desarrollo del
conocimiento enriqueciendo la profesión desde su esencia y profundizando
el sustento teórico de la practica.
Que es la profesión de enfermería .
La profesión de enfermería, a través de la historia, se ha
caracterizado por la capacidad para responder a los cambios que la sociedad ha
ido experimentando y en consecuencia, a las necesidadesde cuidado que la población
y el sistema de salud han ido demandando. Desde
siempre la enfermera(o) ha cuidado a las personas
apoyandolas en las circunstancias en las que su salud puede de verse
afectada y en las cuales no pueden responder de forma autónoma o,
promoviendo la salud y previniendo la enfermedad de los individuos sanos. Con
el tiempo la enfermería ha ido consolidando el objeto su hacer - el
cuidado - a través del desarrollo del arte, la ciencia y la
tecnología, pues como lo expresaba metafóricamente Dock- Stewart
en 1925: “corazón, manos y cabeza - alma, habilidad y ciencia - se
fueron uniendo firmemente para asentar los poderosos cimientos de la
enfermería moderna” 3) cimientos que hoy
la profesión concibe como aspectos ético - legales,
científico- técnicos y practicos. “Todas las
profesiones tienen muchas cosas en común, sirven para ‘algo', pero
no todas sirven a ‘alguien', entendiendo siempre que ese alguien se
refiere al ser como
individuo” 4) con sus componentes
biológicos, psicológicos, sociales, culturales y espirituales. La
enfermería se ha caracterizado por ser una profesión de servicio,
para ello debe desarrollar y fortalecer actitudes, aptitudes y valores que
involucran el ser y que deben acompañar su hacer; esperandose así,
un enfermero(a) reflexivo, crítico,
comprometido, humanista, solidario, respetuoso, honesto, creativo,
participativo y responsable para atender a las personas en un sistema de
atención en salud que trata de atender las necesidades de los pacientes
y sus familias. puede verse afectada y en las cuales
no pueden responder de formaautónoma o, promoviendo la salud y
previniendo la enfermedad de los individuos sanos. Con el tiempo la
enfermería ha ido consolidando el objeto su hacer - el cuidado - a
través del desarrollo del arte, la ciencia y la tecnología, pues
como lo expresaba metafóricamente Dock- Stewart en 1925:
“corazón, manos y cabeza - alma, habilidad y ciencia - se fueron
uniendo firmemente para asentar los poderosos cimientos de la enfermería
moderna” 3) cimientos que hoy la profesión
concibe como aspectos ético - legales, científico-
técnicos y practicos.
CARACTERÍSTICAS DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA
* Intelectual
* Practica
* Académica
* Habilidad técnica
* Bases éticas
* Autonomía
* Social
INTELECTUAL
* Se basa en un conjunto de conocimientos
* Emplea el método científico en la practica
* Utiliza los conocimientos con pensamiento analítico
* Crítico y creativo
PRACTICA
* Debe poseer habilidades y destrezas
ACADÉMICA
* La practica de le enfermería se caracteriza por la solidez de
su formación teórica
* El personal de enfermería debe especializarse con el fin de mejorar la
calidad de atención de los usuarios.
HABILIDAD TÉCNICA
* La practica de enfermería se apoya en principios o bases
científicas que guían la practica y a su vez proporciona
la base para la legitimidad y autonomía de la profesión.
BASES TEÓRICAS
* La enfermería se ejerce dentro de un marco
ético. Estos valores se señalan en el
Código Deontológico de Enfermería.
AUTONOMÍA
* La enfermería como profesión controla sus
propias funciones, poseeindependencia y responsabilidad de sus actos.
SOCIALES
* Su principio consiste en ayudar a que las personas conserven su salud
* Debe ser sensible a las necesidades humanas y tener consciencia de su
responsabilidad al contribuir al bienestar de los demas
* Existe una fuerte motivación o vocación en la elección
de la carrera que sugiere un compromiso de la profesión al servicio de
la sociedad
El personal de enfermería durante el ejercicio de su profesión,
es importante que posea o adquiera la capacidad de:
* Formar juicios sobre la realidad que la conduzca a actuar con pleno
conocimiento
* Trabajar en equipo inter y multidisciplinario
* Servir y ayudar a quienes lo requieran
* Comunicarse cordial y efectivamente con el usuario, colegas y demas
miembros del equipo de salud
* Mostrar seguridad y confianza en sí misma (o)
* Realizar investigaciones de proyección social
* Aplicar el sentido y valor de las normas éticas y jurídicas de
la profesión
* Participar con organismos de influencia en el desarrollo de la
profesión
Jerarquía de las necesidades:
Estructura organizacional con diferentes grados de potencia. Cuando un nivel de necesidades se satisface se puede pasar al
próximo. Las necesidades inferiores son déficit y las necesidades
superiores se relacionan con requerimientos del desarrollo.
Según Maslow, las necesidades inferiores son mas potentes y
tienen prioridades superiores. Una vez satisfechas, aparecen
las necesidades superiores y la persona se motiva para satisfacerlas.
Maslow clasifica las siguientes necesidadesen orden jerarquico:
1. Necesidades fisiológicas: Son las potentes de todas y las que tienen
menor significado para la persona en busca de la autorrealización. Entre
se ellas se encuentran la necesidad de
liberación de sed y hambre; la necesidad de dormir, de sexo, de alivio del dolor y de
desequilibrio fisiológico.
2. Necesidad de seguridad: Si las necesidades fisiológicas son superadas
o no constituyen un problema serio para la persona, las
necesidades de seguridad se convierten en la fuerza que domina la personalidad.
La mayoría de las personas llegan sólo hasta este
nivel y esto se refleja en la preocupación por grandes ahorros, comprar
seguros, etc.
Este tipo de necesidades se puede manifestar como miedo. Dentro de este
tipo de necesidad se encuentran la necesidad de seguridad, de
protección, de estar libre de peligro, de orden y de un futuro
predecible.
3. Necesidad de amor y pertenecer: Son necesidades orientadas socialmente. Depende de que ocurra cierto grado de satisfacción de las
necesidades fisiológicas y de seguridad. Las necesidades de amor
son evidentes durante la adolescencia y la edad de
adultez joven.
Dentro de éstas se encuentran la necesidad de amigos, de
compañeros, de una familia, de identificación con un grupo y de intimidad con un miembro del sexo opuesto.
4. Necesidad de estima: Son necesidades asociadas a nuestra constitución
psicológica. Se pueden subdividir en dos tipos: las que se refieren al
amor propio y las que se refieren al respeto de otros (reputación,
condición social, fama, etc). Un trastorno en
esta area lleva a unsentimiento de inferioridad que se manifiesta con
sentimientos de culpa y de vergüenza.
Dentro de ésta se encuentran la necesidad de respeto, de
confianza basada en la opinión de otros, de admiración, de
confianza en sí mismo, de autovalía y de autoaceptación.
5. Necesidad de autorrealización: Son difíciles de describir, ya
que varían de un individuo a otro, incluye la
satisfacción de la naturaleza individual en todos los aspectos. Las
personas que desean autorrealizarse desean ser libres para ser ellas mismas. Las personas que se autorrealizan siguen las
conductas dictadas por la cultura acorde a su sentido del deber, pero si
éstas intervienen con su desarrollo, facilmente reaccionan contra
ellas. Para que una persona obtenga la
autorrealización debe satisfacer muchas necesidades previas para que
éstas no interfieran ni utilicen
energías que estan abocadas a este desarrollo. Dentro
de éstas se encuentran las necesidades de satisfacer nuestras propias
capacidades personales, de desarrollar nuestro potencial, de hacer aquello para
lo cual tenemos mejores aptitudes y la necesidad de desarrollar y ampliar los
metamotivos (descubrir la verdad, crear belleza, producir orden y fomentar la
justicia).
Maslow a través de sus estudios describió 16
características que las personas autorrealizadas deben presentar:
1. Punto de vista realista ante la vida.
2. Aceptación de ellos mismos, de los demas y del mundo que les
rodea.
3. Espontaneidad.
4. Preocupación por resolver los problemas mas que pensar en
ellos.
5. Necesidad de intimidad y un ciertogrado de
distanciamiento.
6. Independencia y capacidad para funcionar por su cuenta.
7. Visión no estereotipada de la gente, de las cosas y de las ideas.
8. Historia de experiencias cumbre profundamente espirituales.
9. Identificación con la raza humana.
10. Relaciones profundamente amorosas e íntimas con unas pocas personas.
11. Valores democraticos.
12. Habilidad de separar los medios de los fines.
13. Sentido del humor vivo y no cruel.
14. Creatividad.
15. Inconformismo.
16. Habilidad para alzarse por encima del ambiente mas que
ajustarse a él.
6. Necesidad de trascendencia: Es el grado final de motivación, se
refiere a un sentido de la comunidad y a la necesidad
de contribuir a la humanidad.
Las necesidades de trascendencia también incluyen las necesidades
asociadas con un sentido de obligación hacia
otros, basada en nuestros propios dones.
Aparte de las necesidades mencionadas, Maslow propone dos necesidades
mas: las necesidades cognitivas y las necesidades estéticas, pero
no las ubicó en un lugar específico
dentro de la jerarquía.
Las necesidades cognitivas o de saber y comprender son motivos que provienen de
las necesidades basicas. El ser humano normal lleva
intrínsecamente el deseo de saber, ya que no es un
ser pasivo y no debe dar las cosas por sentadas. El no satisfacer estas
necesidades trae como
consecuencia la frustración y el egoísmo.
Las necesidades estéticas incluyen necesidades por el
orden, la simetría y el cierre, la necesidad de aliviar tensión
producida por unalabor no terminada y la necesidad de estructurar hechos.
Maslow plantea que alrededores hermosos y circunstancias
agradables favorecen el desarrollo de las personas.
Ahora que se han definido los conceptos claves se
procedera a la integración de éstos. Si bien la
motivación se dirige, fundamentalmente, a la satisfacción de las
necesidades y a alivianar las tensiones; y la metamotivación se dirige a
la satisfacción del deseo y aumenta la tensión, favoreciendo el
desarrollo de la persona, se tiene que ambas son los móviles
fundamentales que llevan al individuo al desarrollo de su personalidad y a escalar
en la jerarquía de las necesidades.
Se plantean distintos tipos de necesidades que van desde las necesidades
mas fundamentales y elementales para la supervivencia, siguiendo un orden jerarquico, hasta llegar a la cúspide
del
desarrollo humano representado, según Maslow, por la autorrealización.
Es necesario satisfacer las necesidades mas
basicas para poder pasar al estado siguiente de motivación.
Al pasar de un estado a otro superior las motivaciones
van cambiando, ya que las necesidades que se presentan en cada estado son
distintas.
No se ha mencionado el estado de trascendencia ya que muy pocas personas han llegado a éste y ademas Maslow no lo
desarrolló mayormente.
Para Maslow las personas estan orientadas a
emociones tiernas y de bien social y que es el medio quien las corrompe. Una persona necesita apoyo para desarrollarlas (emociones) y
satisfacer sus necesidades basicas. Por lo que se ve que el medio
también cumple un papel importante al
establecer lasmotivaciones y fomentar el
paso de un estado a otro.
Una persona, para satisfacer sus necesidades, debe encontrar los medios
apropiados para hacerlo y los satisfactores adecuados, de lo contrario no
podra pasar de un estado de necesidad a otro.
Con respecto a las repercusiones de lo planteado por Maslow se puede ver que la
satisfacción de las necesidades y las motivaciones que llevan a ésto son la fuerza que llevan a desarrollar la
personalidad de los sujetos en todos los ambitos de la vida. La no
satisfacción de las necesidades trae consecuencias negativas para la
persona, creando estados de frustración y egoísmo; y si no supera
una etapa en su mayoría no se podra pasar a la etapa siguiente,
quedando el desarrollo de la persona estancado en la etapa que no
superó.
El ideal el llegar a la autorrealización que involucra el desarrollo de
todos las potencialidades del sujeto, pero en realidad no
son muchas las personas que lo logran.
LEY DEL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA ENFERMERÍA
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1. El objeto de la presente Ley sera regular el
ejercicio de la enfermería según estas disposiciones, su
Reglamento, las normas de ética profesional,
los acuerdos, tratados, pactos y convenciones suscritos por la República
sobre la materia.
Artículo 2. A los efectos de esta Ley, se
entiende por ejercicio de la enfermería, cualquier actividad que
propenda a:
1. El cuido de la salud del individuo, familia y comunidad, tomando en cuenta
la promoción de la salud y calidad de vida, la prevención de la
enfermedad y la participación de su tratamiento,incluyendo la rehabilitación
de la persona, independientemente de la etapa de crecimiento y desarrollo en
que se encuentre, debiendo mantener al maximo, el bienestar
físico, mental, social y espiritual del ser humano.
2. La practica de sus funciones en el cuidado del individuo,
donde ésta se sustenta en una relación de interacción
humana y social entre el o la profesional de la enfermería y el o la
paciente, la familia y la comunidad. La esencia del cuidado de
enfermería esta en cuidar, rehabilitar, promover la salud, prevenir
y contribuir a una vida digna de la persona.
3. Ejercer sus funciones en los ambitos de planificación y
ejecución de los cuidados directos de enfermería que le ofrece a
las familias y a las comunidades.
4. Ejercer las practicas dentro de la dinamica de la docencia e
investigación, basandose en los principios científicos,
conocimientos y habilidades adquiridas de su formación profesional,
actualizandose mediante la experiencia y educación continua.
Las funciones que determinan las competencias de los o las profesionales de la
enfermería seran las establecidas en el manual descriptivo de
cargos, aprobado por el Ministerio con competencia en materia de salud,
así como en el Reglamento de la presente Ley.
Articulo 3. El enfermero o enfermera es un profesional
egresado de una universidad, instituto o colegio universitario venezolano, de
acuerdo con las leyes especiales sobre la materia, con conocimientos,
habilidades y destrezas que se ocupan del cuidado de las personas, familias y
comunidades durante todas las fases del proceso de crecimiento y desarrollo, en
lasalud y en la enfermedad, durante la discapacidad, la rehabilitación
y, hasta en la muerte, así como la gestión del cuidado y
servicio.
Artículo 4. El ambito de
aplicación de esta Ley comprende ademas del ejercicio profesional
de la enfermería, las areas de la docencia e investigación
en todas las dependencias que presten servicios de salud, ya sean
públicas o privadas.
Capítulo II
Del Ejercicio Profesional
Artículo 5. Para el ejercicio de
la profesión de la enfermería en la República Bolivariana
de Venezuela, se requiere
1. Haber realizado estudios técnicos o superiores, los cuales se
comprobaran al:
a. Poseer título de Licenciado o Licenciada en Enfermería
expedido por una universidad venezolana reconocida, de acuerdo con las leyes
especiales sobre la materia.
b. Poseer título de Técnico Superior Universitario en
Enfermería expedido por instituto o colegio universitario reconocido, de
acuerdo con las leyes especiales sobre la materia.
c. Poseer el título de Técnico Medio en Enfermería
expedido por un centro o instituto educativo medio y
diversificado, de acuerdo con las leyes especiales sobre la materia.
2. Registrar el título correspondiente en las oficinas públicas
que establezcan las leyes e inscribirlo en el Ministerio con competencia en
materia de salud.
3. Cumplir con todas las disposiciones de esta Ley y su Reglamento.
Paragrafo Único: En caso de haber
obtenido los títulos referidos en este artículo en una
institución educativa extranjera, éstos deberan ser
revalidados en la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con lo
establecido en las respectivasleyes de la República.
Artículo 6. Todo profesional calificado, de
conformidad con lo establecido el artículo 5 de esta Ley, esta en
el derecho de inscribirse y ser registrado en el Colegio de Enfermeras y
Enfermeros de su respectiva entidad federal.
Artículo 7. Los cargos de dirección,
supervisión y coordinación de los departamentos de
enfermería en organismos públicos y privados, cuya función
principal sea la prestación de servicios de salud, seran
desempeñados por profesionales de la enfermería venezolanos o
venezolanas en las condiciones que determine el Reglamento de esta Ley.
Artículo 8. Los o las profesionales de la
enfermería podran ejercer libremente la profesión y
anunciarse como
tales, una vez cumplidos los requisitos exigidos por esta Ley y su Reglamento.
Artículo 9. Sólo podran ejercer como profesionales especialistas
de la enfermería y anunciarse como
tales, aquellos o aquellas profesionales de la enfermería que hayan
realizado y aprobado alguna especialización. También se considera
a los o las profesionales graduados en el exterior en institutos acreditados de
educación superior, en especialidades de la enfermería, en las
cuales no existan títulos equivalentes en el país y hayan
cumplido el requisito del artículo 5 de esta Ley.
Artículo 10. Los organismos empleadores,
públicos o privados, cumpliran con todas las disposiciones
legales y acuerdos, nacionales e internacionales, sobre las condiciones de
seguridad en el medio ambiente de trabajo del personal de enfermería; en
todo caso, siempre debera aplicarse las condiciones que mas
favorezcan a los trabajadores ya las trabajadoras. El
incumplimiento de esta normativa sera objeto de sanción por parte
de las leyes competentes en la materia.
Capítulo III
Del Uso del
Título
Artículo 11. El uso de los títulos propios de los o las
profesionales a que se contrae esta Ley, comprende las denominaciones de
enfermeros y enfermeras y quedan reservadas exclusivamente para los o las
profesionales a quienes la ley se refiere, debiéndose adicionar con la
mayor precisión posible cuando corresponda, la calificación de la
especialidad, de forma tal que no haya posibilidad de error o duda al respecto.
Artículo 12. La usurpación de funciones,
títulos y honores a que se refiere esta Ley, sera penada de
acuerdo con lo establecido en el Código Penal vigente.
Capítulo IV
De los Deberes y Derechos de los o las profesionales de la Enfermería
Artículo 13. Sin perjuicio de lo que establezcan las
disposiciones legales vigentes, los o las profesionales de la enfermería
estan obligados a
1. Respetar en toda circunstancia la vida y a la persona humana, como el deber principal del enfermero o enfermera.
2. Asistir a los usuarios y usuarias, atendiendo sólo a las exigencias
de su salud, sin discriminación en la raza, el sexo, el credo, la
condición social o política.
3. Actuar en forma acorde con las circunstancias y los conocimientos
científicos que posean los enfermos o las enfermas en estados de
inconsciencia y de urgencia de la salud que pueden constituir evidente peligro
para la vida de éstos.
4. Prestar su colaboración a las autoridades en caso de epidemias
desastres y otras emergencias.
5. Proteger al ola paciente, mientras esté a su
cuidado, de tratos humillantes o cualquier otro tipo de ofensas a su dignidad como ser humano.
6. Ejercer su profesión con responsabilidad y eficacia cualquiera que
sea su ambito de acción.
7. Mantenerse actualizado con relación a los avances científicos,
vinculados con el ejercicio profesional de la enfermería.
Artículo 14. Son derechos de los o las
profesionales de la enfermería:
1. Emitir opinión, elegir y ser elegidos en la dirección y
funcionamiento de la Federación de Colegios de Profesionales de la
Enfermería de Venezuela, Colegios de Profesionales de la
Enfermería Seccionales, según se determine reglamentariamente.
2. Realizar todos los cursos que consideren necesarios para mayor
capacitación y actualización profesionales. Los organismos
empleadores daran las facilidades para hacerlo, siempre y cuando no se
ponga en peligro la atención del usuario y usuarias.
3. Concursar para optar a cargos y ascensos según las normas
establecidas por los organismos competentes.
4. Asistir a eventos científicos, tales como, convenciones,
congresos y otros, siempre y cuando, su ausencia al centro de trabajo no ponga
en peligro la atención a los usuarios y usuarias.
5. Organizarse en redes intersectoriales para ejercer el derecho a la
participación y control social, sin ninguna restricción ni
discriminación, a nivel nacional, estadal, municipal y local, en la
formulación de la gestión, políticas, planes y programas,
así como, en el seguimiento, evaluación y control de sus
beneficios.
Artículo 15. Los o las
profesionales de la enfermería pueden crearsociedades y asociaciones de
especialistas en determinadas ramas de la ciencia de enfermería.
Artículo 16. Los o las profesionales de la
enfermería deberan ser notificados por el organismo empleador de
todas aquellas circunstancias que puedan ser peligrosas para su salud e incluso
su vida, cuando estén expuestas a riesgos mediante el contacto directo
con enfermos o enfermas que padezcan enfermedades contagiosas, mortales o
incurables o estén expuestos directa o indirectamente a sustancias
nocivas, riesgos físicos, químicos, radioactivos,
biológicos o ergonómicos que puedan afectar su salud. En
ningún caso, estas condiciones deberan significar la negativa del personal a atenderlo, sino
por el contrario debe utilizarse la información para adecuar las
condiciones de protección y por sobre todo en beneficio del paciente o la
paciente y su familia.
Capítulo V
Del Secreto
Profesional
Artículo 17. Todo aquello que llegare a conocimiento del
profesional de la enfermería con motivo o en razón de su
ejercicio, no podra darse a conocer y constituye el secreto profesional.
El secreto profesional es inherente al ejercicio de la enfermería y se
impone para la protección del enfermo o enferma y la familia, el amparo
y salvaguarda del honor de la profesión de la enfermería y de la
dignidad humana.
Artículo 18. El secreto
profesional es inviolable, y el o la profesional de la enfermería
esta obligado a guardarlo. Igual obligación y en las mismas condiciones se impone a los estudiantes de
enfermería.
Artículo 19. No hay violación del secreto profesional
en los siguientes casos
1. Cuando larevelación se hace por mandato de la ley.
2. Cuando la persona autoriza al o la profesional de la enfermería para
que lo revele.
3. Cuando el o la profesional de la enfermería hace la denuncia de los
casos de enfermedades de obligatoria notificación de que tenga
conocimiento, ante las autoridades competentes.
4. Cuando se trate de salvar la vida de una persona.
5. Cuando, en el desarrollo de un proceso judicial, se
trate de impedir la condena de un inocente.
Artículo 20. El o la profesional de la
enfermería debe guardar los secretos que se le confíen o de los
que tenga conocimiento en el ejercicio profesional, aún después
de la muerte del enfermo, a menos que éste antes de morir haya
autorizado por escrito al mismo para que los revelara.
Capítulo VI
De los Honorarios por Servicio de Enfermería
Artículo 21. El ejercicio de la profesión de la
enfermería tanto en el sector público como en el privado
da derecho a percibir honorarios profesionales por las acciones de
enfermería que se realicen, salvo los casos previstos en esta Ley, su
Reglamento y Código Deontológico.
Artículo 22. Los honorarios de la
practica privada de los o las profesionales de la enfermería
seran regidos por el Reglamento de Honorarios Mínimos,
establecidos para tal efecto, por la Federación de Colegios de
Profesionales de la Enfermería de Venezuela y el Ministerio con
competencia en materia de salud.
Artículo 23. Los o las profesionales de la
enfermería tienen la obligación de informar al usuario del
monto de sus honorarios, antes de la realización de las acciones de
enfermería y no podra negarse asuministrar al usuario las
explicaciones que éste requiera concernientes al monto de los mismos.
En caso de conflicto entre el o la profesional de la enfermería y el
usuario o usuaria en cuanto al monto de honorarios del servicio prestado, las
partes podran acudir ante la circunscripción respectiva del
Colegio de Profesionales de la Enfermería y exponer sus razones, una vez
transcurridas setenta y dos horas de haber tenido conocimiento del asunto,
éste debera dar una respuesta a objeto de que se logre un arreglo
conciliatorio. De no lograrse el mismo quedaran las
partes libres de tomar las acciones legales que consideren pertinentes.
Capítulo VII
De las Prohibiciones, Infracciones y del Ejercicio
Ilegal de la Enfermería
Artículo 24. Le esta prohibido a los o las profesionales de la
enfermería
1. Someter a los o las pacientes a procedimientos o técnicas que
entrañen peligro a la salud sin su consentimiento.
2. Ejecutar, propiciar, inducir o colaborar directa o indirectamente en
practicas que signifiquen menoscabo de la dignidad humana.
3. Delegar en personal no capacitado, facultades, funciones o atribuciones
específicas de su profesión o actividad.
4. Publicar anuncios relacionados con la profesión de la
enfermería, que induzcan a engaño al
público.
5. Actuar bajo relación de dependencia técnica o profesional de
quienes sólo estén capacitados para ejercer la enfermería
en el nivel auxiliar, a excepción de los casos
previstos en esta Ley o en su Reglamento.
Artículo 25. Infringen esta Ley
1. Los o las profesionales de la enfermería que ejerzan la
profesión
contraviniendolas disposiciones de esta Ley y su Reglamento.
2. Los o las profesionales de la enfermería que ejerzan la
profesión durante la vigencia de medidas de
suspensión definitivamente firmes.
3. Los o las profesionales de la enfermería que actúen como cómplices o
encubridores de personas naturales que practiquen actos sancionados por nuestra
legislación penal como
delitos o faltas, cuando se compruebe dicha complicidad o encubrimiento.
4. Quienes incumplan con lo dispuesto en el artículo 6 y en la
Disposición Transitoria Primera de esta Ley.
Artículo 26. Ejercen ilegalmente la
enfermería
1. Quienes habiendo obtenido el título que los acredita como profesionales de la enfermería
realicen actos o gestiones profesionales, sin haber cumplido con todos los
requisitos establecidos en el artículo 5 de esta Ley.
2. Quienes sin poseer el título requerido por esta Ley, se anuncian como
profesionales de la enfermería, se atribuyan ese caracter,
exhiban o usen insignias, emblemas, membretes de uso privado o exclusivo para
dicho profesional.
3. Los o las profesionales de la enfermería, a quienes se les haya
suspendido el derecho al ejercicio, mediante sentencia definitivamente firme,
por haber incurrido en una mala practica y
continúen realizando dicho ejercicio libre.
4. Los o las profesionales de la enfermería que hayan constituido
asociaciones, sociedades, fundaciones o cualquier organización, para que
los represente en asuntos inherentes a la profesión, sin haber notificado a la Federación de Colegios de
Profesionales de la Enfermería de Venezuela.
Capítulo VIII
De las SancionesArtículo 27. Sin perjuicio de la responsabilidad
penal y civil en que se pudiera
incurrir en el ejercicio de la profesión de enfermería, las
sanciones establecidas en esta Ley son
1. De caracter disciplinario.
2. De caracter administrativo.
3. De caracter penal.
Artículo 28. Las sanciones disciplinarias son
las siguientes
1. Amonestación escrita.
2. Exclusión o privación de honores, derechos y privilegios de
caracter gremial o profesional.
Artículo 29. Las sanciones administrativas son
las siguientes
1. Multa de diez unidades tributarias (10 U.T.) a cincuenta unidades
tributarias (50 U.T.).
2. Suspensión del ejercicio profesional de la enfermería hasta
por dos años.
Artículo 30. Las sanciones disciplinarias y las
administrativas se aplicaran sin perjuicio de la responsabilidad civil o
penal a que haya lugar, como consecuencia de la
acción, omisión, impericia, imprudencia o negligencia en el
ejercicio profesional.
Artículo 31. Son competentes para la
aplicación de las sanciones disciplinarias, los Tribunales
Disciplinarios de los Colegios de Profesionales de la Enfermería, y de
la Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería, de
acuerdo con las disposiciones previstas en esta Ley y en su Reglamento.
Artículo 32. Son competentes para la
aplicación de las sanciones administrativas, el Ministro con competencia
en materia de salud, o el funcionario a quien éste autorice expresamente
mediante resolución especial.
Artículo 33. El Colegio de Profesionales de la
Enfermería al tener conocimiento sobre infracciones de las disposiciones
contenidas en esta Ley, así comode las normas
de ética profesional, lo remitira al Tribunal Disciplinario
respectivo, el cual procedera a la apertura de una investigación
a los efectos de establecer la responsabilidad del caso.
Cuando el resultado de la investigación concluya con la existencia de
indicios de responsabilidad penal, el Tribunal Disciplinario debera
remitir el expediente correspondiente a las autoridades competentes. En todo
caso, el procedimiento a seguir debera quedar claramente establecido en
el Reglamento de esta Ley, aprobado por la Federación de Colegios de
Profesionales de la Enfermería de Venezuela.
Artículo 34. A los
reincidentes podra imponérseles hasta el doble de la
sanción prevista en el artículo 29 de esta Ley.
Artículo 35. En los casos de presunto ejercicio
ilegal de la enfermería, el Tribunal Disciplinario del Colegio, en cuya
jurisdicción se haya cometido el hecho, abrira la
averiguación de oficio o a instancia de parte interesada,
substanciara el expediente y remitira copia del mismo a la
Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de
Venezuela para que decida sobre el caso.
Artículo 36. Los o las profesionales de la
enfermería que incurran en infracciones al Código de
Ética, al honor, a la verdad o a la disciplina profesional, seran
sancionados de conformidad con lo establecido en el Reglamento de esta Ley.
Artículo 37. Quines ejerzan la profesión
de enfermería sin cumplir los requisitos establecidos en esta Ley, seran
sancionados de acuerdo con lo establecido sobre la materia, en el Código
Penal y el Reglamento de esta Ley que dicte el Ejecutivo Nacional,
oídala opinión de la Federación de Colegios de
Profesionales de la Enfermería de Venezuela.
Cuando el resultado de la investigación concluya con la existencia de
indicios de responsabilidad penal, el Tribunal Disciplinario debera
remitir el expediente correspondiente a las autoridades competentes.
Artículo 38. Los o las profesionales de la
enfermería que se nieguen a cancelar la multa prevista en el
artículo 29 de esta Ley, seran pasados al Tribunal Disciplinario
respectivo, para que éste en un término perentorio determine la
sanción disciplinaria a aplicar.
Artículo 39. Quien sin ser profesional de la
enfermería se anuncie como tal, se atribuya ese
caracter o quien ejerza la enfermería sin llenar los requisitos
legales, sera sancionado de conformidad con lo establecido en la
jurisdicción ordinaria penal.
Capítulo IX
De los Colegios de Profesionales de la Enfermería
Artículo 40. Los Colegios de Profesionales de
la Enfermería funcionaran en el Distrito Capital y en cada
capital de estado; en aquellos estados que por sus características y
número de profesionales lo amerite se crearan Seccionales.
La constitución de Seccionales se regira por el reglamento que, a
tal efecto, dicte la Federación de Colegios de Profesionales de la
Enfermería de Venezuela.
Artículo 41. Los Colegios de Profesionales de
la Enfermería son corporaciones profesionales de caracter
exclusivamente gremial, con personalidad jurídica y patrimonio propio,
estan al servicio de todos sus miembros y, en ningún caso, al de
una persona o parcialidad política.
Artículo 42. Son miembros de
los Colegios deProfesionales de la Enfermería, los o las profesionales de
la enfermería cuyos títulos hayan sido debidamente inscritos en
ellos, estén o no ejerciendo la profesión.
Artículo 43. Son órganos de los Colegios
de Profesionales de la Enfermería: la Asamblea, la Junta Directiva y el
Tribunal Disciplinario.
Artículo 44. La Asamblea es la suprema
autoridad de cada Colegio de Profesionales de la Enfermería;
estara integrada por todos los o las profesionales de la
enfermería inscritos en el respectivo Colegio de Profesionales de la
Enfermería, se regira por el Estatuto y por el Reglamento que, al
efecto, dicte la Federación de Colegios de Profesionales de la
Enfermería de Venezuela.
Artículo 45. Cada Colegio de Profesionales de
la Enfermería tiene un Tribunal Disciplinario, cuyos miembros son
distintos a los integrantes de la Junta Directiva del respectivo Colegio de
Profesionales de la Enfermería. Su composición
y funcionamiento se estableceran en el Reglamento que, al efecto,
elabore la Federación de Profesionales de la Enfermería de
Venezuela.
Artículo 46. La finalidad fundamental del
Colegio de Profesionales de la Enfermería es
1. Supervisar el ejercicio profesional de la enfermería.
2. Honrar y enaltecer, por todos los medios a su alcance, el prestigio de la
profesión de la enfermería.
3. Velar por el cumplimiento del Código de Ética,
por parte de sus miembros.
4. Defender los intereses gremiales y profesionales de sus miembros, ante
cualquier amenaza, maltrato o discriminación que por razones raciales,
políticas, religiosas, sociales o de otra índole sean objeto en el ejercicio de susfunciones.
5. Velar por los intereses generales y, en especial, por la dignidad, los
derechos y el mejoramiento de sus miembros.
6. Garantizar, junto a otras instancias oficiales
competentes, la idoneidad y capacidad de los o las profesionales en el
ejercicio de sus funciones.
Artículo 47. Los Colegios de Profesionales de
la Enfermería tienen como
objetivos inmediatos y concretos
1. Representar legalmente los derechos o intereses gremiales y profesionales de
sus miembros ante los organismos públicos y privados de su
jurisdicción.
2. Fomentar la solidaridad gremial y profesional.
3. Propiciar las condiciones que aseguren el desarrollo profesional de sus
miembros.
Artículo 48. Los Colegios de
Profesionales de la Enfermería se constituyen para una duración
indefinida.
Artículo 49. Los Colegios de Profesionales de
la Enfermería y sus Seccionales trataran todos los asuntos
inherentes al ambito de sus competencias, o los que le sean encomendados por los órganos de la
Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de
Venezuela.
Capítulo X
De la Federación de Colegios de Profesionales
de la Enfermería de Venezuela
Artículo 50. La Federación de Colegios de Profesionales de la
Enfermería de Venezuela
es una corporación de caracter profesional gremial, de
caracter público y, como tal, tiene todos los derechos,
obligaciones, poderes y atribuciones que le señala la ley. La
Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de
Venezuela estara integrada por todos los Colegios de Profesionales de la
Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela y
susrespectivas Seccionales; con personalidad jurídica y patrimonio
propio, y su sede estara en la capital de la República. Se rige
de conformidad con las leyes y reglamentos sobre la materia, estatutos de la
Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de
Venezuela y los reglamentos internos que apruebe la Asamblea General Nacional.
Artículo 51. La Federación de Colegios
de Profesionales de la Enfermería de Venezuela tiene como finalidad:
desarrollar la enfermería, fortalecer los Colegios de Profesionales de
la Enfermería que la integran a nivel nacional, y luchar por el
mejoramiento económico, social, profesional y gremial de los o las
profesionales de la enfermería del país.
La Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de Venezuela es el
mismo órgano ejecutivo y administrativo de la organización
gremial.
Artículo 52. La Federación de Colegios
de Profesionales de la Enfermería de Venezuela tiene las siguientes
atribuciones
1. Representar legalmente los derechos e intereses profesionales y gremiales de
los Colegios de Profesionales de la Enfermería.
2. Fomentar la solidaridad gremial y profesional.
3. Fomentar la superación científica e intelectual de los o las
profesionales de la enfermería.
4. Velar por la defensa de los intereses profesionales y el mejoramiento de las
condiciones socioeconómicas de los o las profesionales de la
enfermería.
5. Cumplir y hacer cumplir las normas legales y
reglamentarias aplicables a los Colegios de Profesionales de la
Enfermería.
6. Apoyar al Ejecutivo Nacional en materia de salud, en lo
que atañe a la enfermería.Artículo 53. Son
órganos de la Federación de Colegios de Profesionales de la
Enfermería de Venezuela: la Asamblea General Nacional, el Consejo
Nacional, el Comité Ejecutivo, el Tribunal Disciplinario, el Consejo
Consultivo y la Comisión Electoral Nacional.
Artículo 54. La Asamblea es la suprema
autoridad de la Federación de Colegios de Profesionales de la
Enfermería de Venezuela y estara formada por el Comité
Ejecutivo, los Presidentes o las Presidentas de las Juntas Directivas de los
Colegios de Profesionales de la Enfermería Estadales, el Presidente o la
Presidenta del Tribunal Disciplinario, dos delegados electos o delegadas electas
por la Asamblea de cada Colegio de Profesionales de la Enfermería,
cuando tenga hasta doscientos miembros activos y solventes y un delegado o
delegada mas por cada doscientos miembros absolutos, y se rige por el
reglamento respectivo. En la Asamblea anual se presentara el programa
mínimo de trabajo, presupuesto de ingresos y gastos, así como
la memoria y cuenta.
Artículo 55. El Consejo
Nacional es la autoridad jerarquica nacional. Sus decisiones
tienen validez cuando sean aprobadas por la mayoría de los miembros
asistentes y estara integrado por los miembros del Comité
Ejecutivo de la Federación de Colegios de Profesionales de la
Enfermería de Venezuela, y los Presidentes o las Presidentas de las
Juntas Directivas de los Colegios de Profesionales de la Enfermería
Estadales y el Presidente o la Presidenta del Tribunal Disciplinario de la
Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de
Venezuela.
Artículo 56. Los reglamentos, acuerdos
yresoluciones que dicten los órganos de la Federación de Colegios
de Profesionales de la Enfermería de Venezuela son de caracter
obligatorio para los Colegios de Profesionales de la Enfermería y sus
Seccionales.
Capítulo XI
Del Comité Ejecutivo
Artículo 57. La Dirección y Administración de la
Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de
Venezuela estara a cargo del Comité Ejecutivo, tiene su sede en
el Distrito Capital y estara constituido por once miembros del
Comité Ejecutivo de la Federación de Colegios de Profesionales de
la Enfermería de Venezuela, electos o electas en votación
directa, secreta y uninominal por los o las profesionales de la
enfermería de todo el país, duraran tres años en
sus funciones y podran ser electos o electas para un período
mas.
Artículo 58. El Consejo Consultivo es un
órgano asesor del Comité Ejecutivo y tiene la función de
evacuar las consultas presentadas por éste; lo integran los ex
Presidentes o las ex Presidentas del Comité Ejecutivo de la
Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de
Venezuela, y su Presidente o Presidenta sera escogido del seno del
mismo.
Artículo 59. La Comisión Electoral
Nacional de la Federación de Colegios de Profesionales de la
Enfermería de Venezuela debe realizar todo lo relativo al proceso
electoral para la elección del Comité Ejecutivo y el Tribunal
Disciplinario de la Federación de Colegios de Profesionales de la
Enfermería de Venezuela por intermedio de las comisiones electorales de
los Colegios de Profesionales de la Enfermería Regionales y Seccionales
para la elección de las JuntasDirectivas y los Tribunales Disciplinarios
de los Colegios de Profesionales de la Enfermería y de los delegados a
la Asamblea General Nacional.
Capítulo XII
Del Tribunal
Disciplinario
Artículo 60. La Federación de Colegios de Profesionales de
la Enfermería de Venezuela tiene un Tribunal Disciplinario, con sede en
el Distrito Capital, el cual estara constituido y funciona según
su propio ordenamiento interno; es el órgano para conocer y decidir las
causas que se instauren en una segunda instancia o alzada contra miembros de
los Colegios de Profesionales de la Enfermería por infracción a
la Ley de Ejercicio Profesional de la Enfermería, su Reglamento y el
Código de Ética, sin perjuicio de las competencias de los órganos
jurisdiccionales.
Artículo 61. Los miembros del Tribunal
Disciplinario son electos o electas por votación directa, secreta y
uninominal en la misma forma y oportunidad en que sea electo el Comité
Ejecutivo de la Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería
de Venezuela.
Capítulo XIII
De la Participación y el Control Social
Artículo 62. Se crearan las Redes Intersectoriales en todo
el ambito nacional, entre las estructuras profesionales e instituciones,
con la participación de las comunidades organizadas en los referente al
area de la prevención, tratamiento y rehabilitación en el
area de la salud. El funcionamiento de las mismas
sera normado por el reglamento respectivo.
Capítulo XIV
Disposiciones Transitorias
Primera. Los Licenciados o Licenciadas en enfermería, los o las
técnicos medios mención enfermería y los o las
técnicos superiores enenfermería, podran colegiarse en
ejercicio del
derecho establecido en el artículo 105 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, en concordancia, con el
artículo 6 de esta Ley. En un lapso de un
año, quienes no se hayan inscrito a partir de la entrada en vigencia de
esta Ley.
Segunda. En tanto se implemente el Sistema de
Seguridad Social previsto en la Ley Organica del Sistema de Seguridad
Social, permanecera el Instituto Nacional de Previsión Social de
los o las profesionales de la enfermería, con personalidad
jurídica y patrimonio propio.
Tercer. Cumplido el lapso establecido en la Ley
Organica del Sistema de Seguridad Social para dicha
implementación, los Institutos existentes podran integrarse al
Sistema de Seguridad Social como Institutos de Previsión
Social de caracter complementario.
Cuarto. El Ejecutivo Nacional reglamentara la
presente Ley en un plazo de ciento ochenta días continuos contados a
partir de su entrada en vigencia, entre tanto, la Federación, los
colegios federados y el Instituto de Previsión Social que ya existieren,
se regiran por sus respectivos reglamentos internos.
Quinto. El Ministerio con competencia en materia de
salud, conjuntamente con la Federación de Colegios de Enfermeros y
Enfermeras, creara un Registro de las personas
con instrucción de auxiliar de enfermería que laboren tanto en
centros de salud públicos como
privados.
Capítulo XV
Disposición Final
Única: Esta Ley comenzara a regir a partir de su
publicación, en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela.
1. Ley del Ejercicio Profesional de la Enfermería
ElCódigo Deontológico de Enfermería, encierra un conjunto
de deberes, derechos, normas éticas y morales que debe conocer el profesional
de Enfermería para aplicarlos a la practica diaria.
Este código se atiene el deber formal y objetivo
resaltando los valores que tomara en cuenta el profesional de Enfermería
al brindar los cuidados al individuo sano y enfermo.
La ética de Enfermería se deriva de la vocación, que
conjuga los valores por encima de lo usufructo; dandole a la
profesión un enfoque muy especial dentro de una inmensa gama de
características en la prestación de servicio y que solo compete
al los profesionales de la Enfermería, no permitiendo que se promulgue,
paralelamente ninguna disposición de este caracter.
1. Código Deontológico de Venezuela
2. Código Deontológico del CIE para la
profesión de Enfermería
Las enfermeras tienen cuatro deberes fundamentales: promover la salud, prevenir
la enfermedad, restaurar la salud y aliviar el sufrimiento. La necesidad de la
enfermería es universal.
Son inherentes a la enfermería el respeto de los derechos humanos,
incluidos los derechos culturales, el derecho a la vida y a la libre elección,
a la dignidad y a ser tratado con respeto. En los cuidados de enfermería
hay respeto y no hay restricciones en cuanto a consideraciones de edad, color,
credo, cultura, discapacidad o enfermedad, género, orientación sexual,
nacionalidad, opiniones políticas, raza o condición social.
Las enfermeras prestan servicios de salud a la persona, la familia y la
comunidad y coordinan sus servicios con los de otros grupos relacionados.
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