Actividad: Carta de Leonardo da Vinci a
Ludovico 'El Moro'.
Lee con atención el siguiente texto:
• Busca las palabras que no conozcas y anota su significado.
Artífices: Autor o creador de una cosa.
Sinuoso: Se aplica al trayecto que tiene curvas, ondulaciones o recodos.
• Contextualiza el escrito, es decir, trata de situarlo en el tiempo y el
espacio. Para ello, busca los datos biograficos de Leonardo da Vinci y
de Ludovico “El Moro”
Leonardo nació en Florencia Italia, vivió entre 1452 y 1519 y
Ludovico nació en Milan Italia entre 1452 y 1508. Se conocieron
en el año de 1482 en Milan, cuando Leonardo le ofreció sus
servicios.
• ¿Qué pretendía el autor de la carta?
El autor pretendía resaltar sus cualidades como
ingeniero militar y como
artista con el fin de obtener un trabajo en la corte de Milan. Intentaba
aprovechar sus conocimientos militares para entrar en la corte milanesa y una
vez allí poder desarrollar y crear sus ingenios y obras de arte bajo la
tutela de un mecenas, en este caso Ludovico Sforza 'el Moro'.
• ¿Para qué le serían útiles a Ludovico
“El Moro” los inventos que propone Leonardo?
Para lograr su conquista la ciudad esta amurallada y con fortaleza y los
inventos de Leonardo son las opciones para demoler y resguardarse mientras
logran conseguir la victoria, para lograr el objetivo senecesitaría
demoler, destruir fortaleza sobre rocas, bombardas, túneles y vagones
solo para tener ocultoal ejército entero y avanzar.
• ¿Crees que haya sido moralmente correcto que un artista como Leonardo se haya
ofrecido a inventar y construir armas poderosas?
No uso la moral porque el creo armas para la guerra, solo pensó en el
poder que se le había otorgado como
medio de representar su arte y talento que poseía Leonardo.
• ¿Qué piensas de los conocimientos que poseía
Leonardo, según la carta? ¿Una persona actual podría
abarcarlos? ¿Por qué?
Leonardo, que consiguió entrar en la corte de Milan y así
pudo obtener un trabajo fijo, pudo desarrollar su faceta de ingeniero y
artista, creando grandes obras; pues él era un hombre talentoso e
inteligente. Actualmente una persona actual pues podría superarlo porque
tuvo su momento ahora las cosas ha cambiado la filosofía, el arte y la
ciencia, sin dejar que Leonardo es una grande inspiración
Contesta las preguntas en un procesador de texto y plantea dos preguntas que
como historiador le harías al texto. Después envíalo y
espera retroalimentación de tu asesor.
En el congreso constituyente de 1856-1857 se formuló el planteamiento de
las reformas constitucionales fueran aprobadas por el pueblo. El primer
proyecto del artículo 125 proponía que los proyectos de reforma
fueran aprobados por un primer congreso ordinario, por votación de las
dos terceras partes de sus miembros presentes. A este proyecto seguidamente se
le daría una amplia difusión en los periódicos, yun
segundo congreso ordinario formularia en definitiva el proyecto de reforma que
tendría que ser sometido al voto del pueblo. Sin embargo, el proyecto
fracaso en un mar de inquietudes y temores, preocupados porque un pueblo
carente de cultura cívica no comprendiera esta apelación popular.
Finalmente, el congreso de 1856-1857 aprobó un articulo 127, que se
alejaba del modelo francés, en el que lo medular era dar
satisfacción al principio teórico de la soberanía y se
aproximó al sistema de la constitución norteamericana que, en el
fondo pretende resolver la oposición entre los estados y la
federación, en el marco del estado federal.
Vale la pena indicar que, al iniciarse el movimiento de 1910, la
constitución de 1857 había sido reformada en 171
artículos. El congreso constituyente de 1916-1917 no discutió
acerca del procedimiento de reforma constitucional, y como artículo 135
se adoptó el anterior 127 con algunas variaciones de detalle.
La única reforma que ha tenido este artículo se publicó en
el diario oficial el 21 de octubre de 1966 y persiguió el que la
comisión permanente pudiera hacer el computo de los votos de las
legislaturas locales y la declaración de haber sido aprobadas las
reformas y adiciones, sin necesidad de esperar para ello la iniciativa del
periodo ordinario de sesiones, o de la convocatoria a sesiones extraordinarias.
Es necesario haber varias precisiones en cuanto al artículo 135.
Primeramente, debe indicarse que si bien es cierto que el procedimiento de
reforma constitucional se asemeja alnorteamericano, no es de ninguna manera
igual. La similitud se da en razón de su filosofía federalista
exclusivamente, pero no en cuanto a, los modos concretos para iniciar y
consumar una reforma.
En cuanto los efectos de la rigidez de los procedimientos de reforma es
indudable que en norteamericana han funcionado, pues en casi 200 años de
vigencia, se han aprobado solamente 26 enmiendas mientras en México, en
67 años, pasan a 300.
En lo relativo a quien puede iniciar una reforma constitucional en
México, cuestión que no se señala expresamente en el
artículo 135, debe atenderse al criterio de que, al no contenerse una
excepción expresa, debe aplicarse la regla general del artículo
71 constitucional, en el sentido de que esta facultad compete exclusivamente al
presidente de la república, a los diputados y senadores de congreso
federal y las legislaturas locales.
Bajo el mismo criterio, debe concluirse que la tramitación de la reforma
debe realizarse por el congreso actuando en forma separada y sucesiva y no en
asamblea única.
En cuanto a la naturaleza del órgano encargado de reformar a la
constitución, al que nosotros preferimos denominar “poder revisor
de la constitución”
Es conveniente destacar que se trata de un órgano encargado de reformar
a la constitución, al que nosotros preferimos denominar “poder
revisor de la constitución” es conveniente destacar que se trata
de un órgano de la unidad del el estado nacional ya que, al hacer
concurrir en un mismo procedimiento a un órgano federal (congreso de la
unión), nopuede validamente reputarse órgano federal u
órgano local, por es las dos cosas: federal y local.
La rigidez del procedimiento de reforma puede observarse desde dos
perspectivas. Primero en cuanto a la votación calificada que se exige en
el congreso para la aprobación de la reforma, que es de las dos terceras
partes de los presentes. Debe tenerse presente, en cambio, que para aprobar,
modificar, o derogar una ley ordinaria, el quórum de votación es
de la mayoría de los votos.
Por otra parte, la rigidez se demuestra mediante la participación de las
legislaturas locales que, por lo menos en su mayoría, deben aprobar la
reforma diligenciada por el congreso federal, lo que no sucede respecto de
cualquier otra ley.
La regla general del artículo 135 sufre una excepción: en que el
procedimiento se hace mas rígido. Este caso ocurre en la
hipótesis del artículo 73, fracción III, b
Nota:Recuerda señalar tus fuentes de consulta bibliograficas o
web.
Fuentes:
https://ingenieropalanca.blogspot.mx/2010/12/leonardo-da-vinci.html
https://www.historiadelartemgm.com.ar/leonardodavincibiografia.htm