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Contabilidad - conceptos juridicos fundamentales



CONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALES

Los conceptos de derecho se dividen en generales y particulares.


Los conceptos generales (principios jurídicos fundamentales) se aplican a todas las ramas del derecho. Lo mismo se aplican al derecho civil, penal, laboral, mercantil, etc. Ejemplo: el concepto de persona, hecho jurídico, acto jurídico, sanción, deber, derecho objetivo.
Sin el estudio de los conceptos generales no es posible el estudio de los particulares. La materia de Introducción al Estudio del derecho se encarga de analizar los conceptos que significan lo mismo para las distintas ramas del derecho.
Los conceptos particulares se aplican a determinadas ramas del derecho. Ejemplo: delito, medida de seguridad, tipificación, conducta, culpabilidad son conceptos propios del derecho penal; contribuyente, iva, contribución, son conceptos propios del derecho fiscal; concubinato, divorcio, adopción son conceptos propios del derecho civil; laudo, prima vacacional, aguinaldo, huelga solo se aplica en derecho laboral; y régimen comunal, restitución de tierras, afectación agraria, ejido, avecindado, son términos utilizados dentro del derecho agrario fundamentalmente.


El estudio de los conceptos particulares corresponde a cada una de las materias especificas, como Derecho Penal, Civil, Laboral, Fiscal, Agrario, etc.

CONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALES

Son categorías o nociones irreductibles, en cuya ausencia resultaría imposible entender un orden jurídico cualquiera.

Rojina Villegas, establece que son los elementos constantes y necesarios en toda relación jurídica que seproduce por la aplicación de la norma a los casos concretos.

Conceptos jurídicos esenciales

Conceptos jurídicos fundamentales de naturaleza formal

Son aquellos que constituyen elementos de la estructura lógica de la norma. Ejemplo: Supuesto jurídico, consecuencia de derecho, relación, derecho subjetivo, deber jurídico, sanción.

Conceptos jurídicos fundamentales de naturaleza real

Son los elementos esenciales que constituyen el contenido permanente de la propia norma jurídica. Ejemplo: Persona, sociedad, autoridad, coerción, fines jurídicos y deber de justicia, Estado.

SUPUESTO JURIDICO
Hipótesis normativa de cuya realización depende que se actualicen las consecuencias de derecho.


Es una hipótesis normativa en virtud de que simplemente comprende el enunciado que en términos hipotéticos se encuentra en toda norma jurídica y de cuya realización dependeran las consecuencias contenidas en la parte dispositiva de la misma.

El supuesto jurídico, no tiene realidad fuera del simple enunciado normativo, es decir pertenece al ambito de las significaciones ideales. Se realiza a través de un hecho o de un acto jurídico.

Ejemplos:
Todo contrato legalmente celebrado debe ser legalmente cumplido. Hipótesis: la existencia de un contrato celebrado conforme a le ley.

Todo aquel que falte al cumplimiento de una obligación sera responsable del pago de daños y perjuicios. Hipótesis de que una persona deje de cumplir con la obligación impuesta por la ley.

Comete el delito de homicidio el que priva de la vida a otro. La hipóetesis consiste en que una persona prive dela vida a otra.

Clasificación de los supuestos jurídicos

Los supuestos jurídicos se dividen en: supuestos jurídicos simples que son los formados por una sola hipótesis y supuestos jurídicos complejo, los que se forman por 2 ó mas hipótesis.

COMPLEJOS

Comete el delio de Robo, quien se apodere de cosa ajena mueble, sin derecho y sin el consentimiento del dueño.

Hipótesis:
- Apoderamiento
- Cosa ajena
- Mueble
- Sin derecho
- Sin consentimiento del dueño

SUPUESTO JURIDICO O HIPOTESIS NORMATIVA

CONSECUENCIAS DE DERECHO

Las consecuencias de derecho son aquellas situaciones jurídicas concretas que se presentan cuando se realizan uno o varios supuestos de derecho.

No hay consecuencia jurídica sin supuesto jurídico. Realizada la hipótesis prevista en la norma, surge fatalmente, la consecuencia del deber jurídico por parte del incumplidor y del derecho subjetivo por parte de quien tiene la facultd de exigir el cumplimiento del deber.

COPULA DEBER SER
La cópula debe ser, es el nexo que une la hipótesis normativa con la disposición. Vínculo normativo entre el supuesto jurídico y la consecuencia de derecho. Si es A debe ser B.

Diferencia con las relaciones que se establecen en las Leyes Físicas

Algunos autores comparan la relación que une a los supuestos jurídicos con las consecuencias normativas, con las que existe en las Leyes Físicas.

Pero la diferencia es que mientras que en las Leyes Físicas el efecto se produce fatalmente al ocurrir la causa, en los juicios normativos existe contingencia de que pueda o no realizarse lahipótesis, la consecuencia de derecho pueda ser o no cumplida.

No hay consecuencia jurídica sin supuesto de derecho, por lo tanto el enlace normativo debe expresarse así

1.- Supuesto jurídico como simple hipótesis.
La realización de ésta.
Consecuencia de derecho.
Realización o no de las consecuencias de derecho.

Leyes Físicas: Causa – efecto. Cuando ocurre un hecho su consecuencia o efecto no puede dejar de producirse.

“En ciertas condiciones que en cierto respecto son iguales le corresponden ciertas consecuencias.”

Relaciones contingentes y necesarias que existen en los supuestos jurídicos y en las consecuencias de derecho.

A) Relación entre el supuesto y la consecuencia.
B) Relación entre la realización del supuesto y el cumplimiento de las consecuencias.

En el supuesto jurídico: Relación contingente. Supuesto jurídico como simple hipótesis, es una relación contingente ya que la hipótesis que plantea puede o no realizarse.

Realizada la hipótesis surge fatalmente la consecuencia de derecho. (Necesaria). Se genera n deber jurídico del incumplidor y un derecho subjetivo de quien tiene la facultad de exigir el cumplimiento de un deber.
El enlace jurídico es necesario y fatal en cuanto a la creación de derechos y deberes.
Si A es debe ser B
3 Surgidas las consecuencias de derecho, surge la posibilidad de que esta se cumpla o no contingencia de la consecuencia de derecho. Se da de nuevo una relación contingente ya que una persona teniendo el deber de hacer algo puede o no realizarlo, o que una persona tenga la facultad de exigiry no ejercite ese derecho.

ENLACE JURIDICO NORMATIVO

SUPUESTO REALIZACION DEBER JURIDICO CUMPLIMIENTO
O DEL
HIPOTESIS SUPUESTO DERECHO SUBJETIVO EJERCICIO

I RELACION II.- RELACION II. RELACION
CONTINGENTE NECESARIA CONTINGENTE
Los hechos y los actos jurídicos son formas de realización de los supuestos jurídicos.


ACTO JURIDICO.
Concepto: Manifestación exterior de la voluntad, bilateral o unilateral, cuyo fin directo consiste en engendrar, con fundamento en una regla de derecho o en una institución jurídica, a caro o en provecho de una o varias personas, una situación jurídica permanente o modifica, crea o extingue una relación jurídica.
El acto jurídico es una manifestación de la voluntad que se hace con la intención de producir consecuencias de derecho, y cuya consecuencia se encuentra prevista en la norma jurídica como supuesto capaz de producir tales consecuencias.

HECHO JURIDICO

El hecho jurídico, según Savigny, es todo acontecimiento natural o del hombre, capaz de producir efectos jurídicos, que son de crear, modificar, transferir o extinguir relaciones jurídicas.

Hecho jurídico, es un acontecimiento natural o del hombre que esta previsto en la norma de derecho como supuesto para producir una o varias consecuencias de creación,transmisión, modificación o extinción de derechos y obligaciones o sanciones.

En sentido amplio: Es todo acontecimiento natural o del hombre que produce consecuencias de derecho.

En sentido estricto: Son todos aquellos fenómenos de la naturaleza o del hombre que producen efectos de derecho independientemente de la voluntad del sujeto.

Ejemplo: Nacimiento, mayoría de edad, la pérdida de la razón, una
explosión, la caída de un arbol sobre una barda contigua a consecuencia de un fuerte viento, muerte, incendio accidental, el derrumbe de un edificio.


Ademas de la conducta humana hay ciertos hechos de la naturaleza a los que el hombre atribuye consecuencias jurídicas.

En síntesis se parte de un fenómeno natural relacionandolo o no con el hombre. El hecho natural y en el hecho del hombre, interviene la voluntad, pero esta no tiene la intención de originar consecuencias de derecho y sin embargo se originan, pues por ley se producen determinados efectos.

ACTO JURIDICO
Manifestación exterior de la voluntad que se hace con el fin de crear, modificar, transmitir o extinguir derechos u obligaciones.

Clasificación

v Delitos: Acto típicamente antijurídico y culpable. Ejemplo: Homicidio intencional. Es la descripción hecha por el legislador de una conducta antijurídica plasmada en la ley. Es la acción u omisión que sancionan las leyes penales.
v Cuasidelito: El daño por accidente. Son los actos ilícitos que, sin ser delitos estan prohibidos por la ley. El daño a las personas, o en sus bienes por una acción personal, o por poner en movimiento maquinas omaquinarias que por su velocidad… causen daño a las personas o a las cosas.
v Contratos: Suponen acuerdo de voluntades para producir consecuencias jurídicas. Ejemplo: Compraventa, préstamo, dación en pago, el comodato, el depósito.
v Cuasicontratos: Son actos jurídicos de una persona permitidos por la ley, que la obligan hacia otra u obligan a otra hacia ella, sin que entre ambas exista convenio. Ejemplo: Gestión de negocios. Deber del heredero de pagar a los acreedores del de cujus. El deber del que recibió el pago de mas de reembolsarle al que lo realizó. Son actos jurídicos de una persona, permitidos por la ley, que la obligan hacia otra u obligan a otra hacia ella, sin que entre ambas exista un convenio.

Ejemplo 1. La aceptación de un heredero de una herencia lo obliga a pagar a los acreedores.

Ejemplo 2. El hecho de que alguien pague por error de hecho, una cosa que no debe obliga a quien lo ha recibido a devolverlo, aún cuando no haya mediado convenio de restitución.

Ejemplo 3. La gestión que hace una persona de los negocios de un ausente sin que se le haya dado tal encargo, obliga al ausente a indemnizar al gestor por los desembolsos realizados a consecuencia de la gestión.

La diferencia entre los cuasicontratos y los contratos esta en que en los primeros no hay consentimiento de las partes para producir consecuencias de derecho; es la ley o la equidad las que producen el deber jurídico.

DIFERENCIA ENTRE HECHO JURIDICO Y ACTO JURIDICO: Se llevan a cabo por la intervención de la voluntad humana y con la intención de crear, modificar o extinguir relacionesjurídicas.

El signo distintivo entre hecho jurídico y acto jurídico esta en la manifestación de la voluntad, bilateral o unilateral, manifestación que, existente en el acto jurídico, no existe en el hecho jurídic

No todos los hechos y actos de la vida humana caen dentro de la formación jurídica, muchos de ellos son ajenos al derecho.

DERECHO SUBJETIVO
Concepto Es la facultad de exigir determinado comportamiento, positivo o negativo de la persona o personas que se hallan frente al titular.
El derecho a presentar pruebas es irrenunciable.
El derecho a contestar la demanda.

**Puede ceder un derecho. Rescindir el contrato si la otra parte no cumple con lo pactado.

Los derechos no desaparecen aunque el titular de los mismos ignore su existencia.

Hay derechos cuya renuncia no produce consecuencias legales. Los derechos de los obreros que estan consagrados en la constitución y en la Ley Federal del Trabajo. Un trabajador que ha sufrido una enfermedad profesional esta facultado a pedir que se le indemnice. Aún cuando renuncie al pago no produce consecuencias jurídicas. En este caso la ley protege al trabajador incluso contra su voluntad.

Clasificación
a. Derecho subjetivo privado
b. Derecho subjetivo Público


DERECHO SUBJETIVO PUBLICO: Es la suma de facultades que los particulares tienen frente al poder público y representa una serie de limitaciones que el Estado se impone a sí mismo.

Ø Derecho a transitar libremente por la República Mexicana. (Derecho de transito).
Ø Derecho a elegir un oficio u ocupación siendo lícito. (Libertad de trabajo).
ØDerecho a manifestar libremente las ideas. (Derecho a la libre manifestación de ideas).
Ø Derecho a profesar una religión. (Libertad de religión).
Ø Derecho a la educación pública, gratuita y obligatoria.
Ø Derecho a la salud, a acceder a Instituciones Públicas de Salud.

Son derechos públicos siempre que algunos de los sujetos relacionados, ya sea el activo o el pasivo, sea el Estado.
DERECHO SUBJETIVO PRIVADO

Los derechos subjetivos son privados cuando tanto el obligado por la norma como el facultado son particulares.

DEBER JURIDICO: Constituyen un estado de sujeción del obligado frente al pretensor, es decir, implican siempre una especial conducta que debe realizar el sujeto pasivo en relación con el activo consistente en dar, hacer o no hacer.

De toda norma se desprende una facultad concedida al sujeto pretensor que constituye un derecho subjetivo y una obligación a cargo del sujeto obligado.

Según García Maynez, es la restricción de la libertad exterior de una persona, derivada de la facultad concedida a otra u otras, de exigir de la primera cierta conducta pasiva o negativa.

- Deber del contratante de cumplir con lo pactado
- Deber del delincuente de cumplir una pena.
- Deber del incumplidor de pagar daños y perjuicios.
- Deber del Estado de respetar la libre manifestación de ideas.

CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS

Derechos subjetivos relativos a la propia conducta

1. Dueño de una cosa esta facultado para usarla, venderla, permutarla, cederla. Agendi.
2. Derecho a no exigir. Omitendi.

Derecho subjetivo relativo a la conducta ajena.Derecho a pedir la devolución de un libro. Exigendi.

SANCION JURIDICA

Preciado Hernandez, establece que es la consecuencia que atribuye la norma a la observancia o inobservancia de lo preceptuado por ella.

Sanción es la consecuencia del deber jurídico incumplido.

Consecuencia que puede traducirse en:

- Cumplimiento forzoso: Obtener la observancia de la norma infringida.
- Indemnización: Obtener del sancionado una prestación económicamente equivalente al deber jurídico.
- Castigo: Imponer una pena al sujeto incumplidor del deber jurídico. No busca, por tanto el cumplimiento ni indemnización.

Son formas simples de las sanciones jurídicas, pero al lado de ellas existen las mixtas o complejas, que resultan de la combinación de las primeras.

1. Cumplimiento mas indemnización (en materia civil, contratos). El deudor no cumple con el deber de pagar un pagaré en el plazo convenido, la sanción puede traducirse en exigir el cumplimiento forzoso de su pago y consecuentemente el pago de los intereses generados.

2. Cumplimiento mas castigo (materia laboral). El patrón que despide al trabajador injustificadamente esta obligado a reinstalarlo y castigo: pagar los salarios caídos.

El arrendatario que no paga la cantidad acordada de renta, podra demandarsele el pago de la renta y ademas como castigo el desocupe de la finca.

El del incumplidor de un contrato cualquiera cuyo cumplimiento se obtenga coactivamente mas las costas judiciales, que como castigo se le imponen.
La obtiene el padre de familia que esta obligado a proporcionar alimento a sus hijos.3. Indemnización mas castigo (materia penal). Es la que obtiene un contratante que sin exigir el cumplimiento forzoso del mismo opta por la rescisión del contrato obteniendo del incumplidor la indemnización de los daños y perjuicios y costas judiciales.

Es la que obtiene el sujeto que en estado de ebriedad atropella a otro sujeto, lo cual lo obliga a pagar los gastos médicos y ademas el castigo correspondiente.

4. Cumplimiento mas indemnización mas castigo. El pago de un pagaré, o sea su cumplimiento, sus intereses; y las costas judiciales.

El que no hace su declaración de impuestos esta obligado a cumplir con la obligación, a pagar una actualización o interés y ademas una multa.

PENA: Es la sanción en materia penal.
Es el sufrimiento impuesto por el Estado, en ejecución de una sentencia, al culpable de una infracción penal.


ESTADO

Es la organización jurídica de una sociedad, bajo un poder de dominación que se ejerce en determinado territorio.

Poder de mando (elemento formal).

Población y territorio (elementos materiales).
Elementos

1. Población.
2. Territorio.
3. Vínculo jurídico (Ley).

Territorio: Porción del espacio en que el Estado ejercita su poder.

Población: Conjunto de elementos subordinados a la actividad del Estado.

Los procesos de manifestación de los preceptos de derecho hayanse sujetos a una serie de exigencias de caracter extrínseco (proceso legislativo), en última instancia por la constitución.

Pero el ordenamiento jurídico tiene su base sociológica en una organización específica, a la que se le da elnombre de Estado.

El Estado fuente formal de validez de todo el derecho, pues sus órganos son quienes los crean a través de la función legislativa.

Derecho vigente: Conjunto de reglas imperativo-atributivas que en una época y en lugar determinado se infiere que el derecho vigente es el derecho creado o reconocido por la organización política.

TERRITORIO

Porción del espacio en que el Estado ejercita su poder.


- Ningún poder extraño puede ejercer su autoridad en ese ambito, sin el consentimiento del Estado.

- Todas las personas que viven en el mismo ambito quedan sujetas al poder estatal.

Atributos

En un territorio sólo puede existir un Estado. Impenetrabilidad, que ningún poder extraño pueda ejercer su autoridad en el ambito espacial del territorio, sin el consentimiento del Estado. (Facultad de imperio).

Excepciones

· Coimperium, cuando dos o mas Estados ejercen conjuntamente su soberanía sobre un solo territorio.

· En los Estados (entidades federativas), que y al mismo tiempo estan sometidos a los federales. Pero ésta circunstancia no destruye el principio de la impenetrabilidad, porque no estamos hablando de un Estado diferente sino de un elemento de la federación. Ademas los ordenamientos locales estan sometidos a la constitución.

· La celebración de un tratado, se permite a otro Estado ejecute en su territorio ciertos actos de imperio, pero es restringido.

· En virtud de ocupación militar, en donde puede ocurrir que el territorio quede total o parcialmente substraído al poder del Estado a que pertenece.

Indivisibilidad. El Estado encuanto a persona jurídica es indivisible.

Sin embargo el Estado es a veces quebrantado por una guerra, por acuerdo
internacional, por cesión.

Territorio no es el espacio comprendido únicamente en las fronteras,
es un espacio tridimensional.

POBLACION

Los hombres que pertenecen a un Estado componen la población de éste.

Como objeto de la actividad estatal, la población se revela como “el conjunto de elementos subordinados a la actividad del Estado”.

Como sujeto a la actividad estatal los individuos que forman la población aparecen como miembros de la comunidad política gozando de derechos que puede hacer valer frente al Estado y que constituyen el status personal.

Facultades que integran el status personal.

1. Derechos de libertad.
2. Derechos de petición (Art. 8).
3. Derechos políticos.

En México, cabe distinguir entre nacionales y extranjeros, los segundos estan privados de la facultad de ejercicio de derechos políticos.

Cabe distinguir, la nacionalidad de la ciudadanía.

Artículo 30. La nacionalidad mexicana, se adquiere por nacimiento o por naturalización.

A. Son mexicanos por nacimiento

- Los que nazcan en territorio de la República.
- Los que nazcan en el extranjero de padres mexicanos.
- Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes.

B. Son mexicanos por naturalización

- Los que hayan obtenido por la Secretaría de Relaciones Exteriores la carta de naturalización.
- La mujer o varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o mujer mexicana y establezcan su domiciliodentro del territorio nacional.

Artículo 34. Son ciudadanos de la República los varones y mujeres que teniendo la calidad de mexicanos, reunan, ademas los siguientes requisitos.

I. Haber cumplido 18 años.
II. Tener un modo honesto de vivir.

Artículo 35. Son prerrogativas

I. Votar en las elecciones
II. Poder ser votado.
III. Asociarse libre y pacíficamente para tomar parte en los asuntos políticos del país.
IV. Tomar las armas en el ejército.
V. Ejercer el derecho de petición.

Artículo 36. Obligaciones del ciudadano.

I. Inscribir en el catastro su propiedad.
II. Alistarse en la guardia nacional.
III. Votar en las elecciones populares.
IV. Desempeñar cargos de lección popular.
V. Desempeñar funciones electorales y de jurado.

Artículo 37. La nacionalidad se pierde

I. Por adquisición voluntaria de una nacionalidad extranjera.
II. Por aceptar o usar títulos nobiliarios que impliquen sumisión a un Estado extranjero.
III. Por residir siendo mexicano por naturalización durante 5 años en su país de origen.

Artículo 27, parrafo IX.

1969: 12 millas marinas, 20 km.
Ley General de Bines Nacionales, que señala las aguas territoriales mexicanas una zona de 12 millas marinas.

El mar territorial puede extenderse hasta 200 millas nauticas.

Territorio: Porción de una superficie terrestre perteneciente a una Nación.

Comprende:

§ El espacio terrestre (suelo y subsuelo
§ El espacio marítimo (superficie de mar y subsuelo marítimo)
§ El espacio aéreo.
§ El espacio ficticio (comprende naves y aeronaves, embajadas y consulados…).Extraterritorialidad: Que una ley de un Estado pueda ser aplicada en otro y regulada a través de los Tratados Internacionales.

Una de las formas de extraterritorialidad es la extradición, consistente en la entrega que hace un Estado a otro, de un individuo acusado o sentenciado, y que se encentra dentro del territorio del primero, y que el segundo lo reclama.

Territorio: Espacio en el que se debe realizar la conducta regulada normativamente.

Espacio en el que tiene validez un orden normativo que no debe concebirse únicamente como la superficie terrestre, sino también como el espacio aéreo y el subsuelo. Por lo tanto el territorio estatal es un espacio tridimensional, no sólo tiene longitud y latitud, sino profundidad.

PODER

Mientras en una sociedad no exista una autoridad capaz de ejercer su soberanía, es decir, su propio poder, no puede hablarse de Estado.
Existe cuando se consolida el Estado.

Toda sociedad organizada requiere una voluntad que la dirija. Esa voluntad constituye el poder del grupo.

El gobierno representa dentro del Estado el elemento autoridad. Es quien ejerce el poder de dominación, ya que sus mandatos tienen pretensión de validez absoluta, y pueden ser impuestos en forma violenta, contra la voluntad del obligado.

La soberanía es el atributo esencial del poder político, implica la negación de cualquier poder superior al del Estado. El poder soberano es el mas alto y soberano. Pero ese poder se encuentra normativamente regulado, es imprescindible que tenga alguna representación, una autolimitación.

La característica del Estado estriba en lacapacidad de organizarse a sí mismo, es decir, de acuerdo con su propio derecho.

La existencia del poder político se encuentra condicionada por la de un órgano independiente, encargado de ejercer tal poder.

Otro atributo esencial consiste en la facultad de las organizaciones políticas que tienen de darse a sí mismas sus leyes, y de actuar de acuerdo con ellas.

La soberanía reside en el pueblo y la transmite al Estado. Es por lo tanto el pueblo la fuente de la soberanía y el Estado es el mero depositario de ella por la transmisión que de su ejercicio hace el pueblo.

La soberanía que delega el pueblo al Estado no es ilimitada sino que tiene como límite al bien común que es la razón de ser, y por lo mismo la medida de la soberanía.

** El derecho a la resistencia es la sanción al abuso de los límites dentro de los cuales debe encerrarse la soberanía.

En nuestro derecho positivo mexicano la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo (Art. 39 const.).

En virtud de la soberanía los Estados tienen la facultad de darse a sí mismos sus leyes y de actuar de acuerdo con ellas, así como también dividir los órganos estatales para la realización de las funciones públicas.

El artículo 41 constitucional previó la división de poderes como producto de la voluntad del pueblo de ejercer su soberanía por medio de los poderes de la unión.

Y el artículo 49 establece que “el supremo poder de la federación se divide para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

A cada uno de los poderes corresponde una función: al congreso, laLegislativa; la Jurisdiccional, a los jueces y a los tribunales; y la administrativa al poder Ejecutivo.

Hemos definido al Estado como la organización jurídica de una sociedad bajo un poder de dominación que se ejerce en determinado territorio. El Estado es por consiguiente, una forma de organización, y dicha organización es de índole jurídica.

Las normas relativas a la organización del Estado reciben el nombre de Constitución.

La Constitución comprende las reglas jurídicas que determinan los órganos supremos de éste; su modo de creación; sus relaciones recíprocas; su competencia y la posición de cada uno en relación con el poder estatal.

La palabra Constitución no es solamente aplicada a la estructura de la organización política, sino también –sobre todo- al documento que contiene las reglas relativas a dicha organización.

Las partes principales de las Constituciones modernas se les denomina parte dogmatica (que contiene las garantías individuales) y la parte organica (señala la estructura del Estado).

Las Constituciones modernas suelen dividirse en dos grupos, rígidas y flexibles.

Las del primer grupo son aquellas que no pueden ser modificadas en la forma establecida para la elaboración o modificación de las leyes ordinarias.

Las constituciones flexibles no señalan ninguna diferencia de orden formal entre las leyes ordinarias y la constitución y, por ende la reforma de éstas últimas puede hacerse del mismo modo que aquellas.



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