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Antecedentes de la constitucion nacional 1953



Antecedentes


Constitución de los Estados Unidos[editar]
La Constitución de 1853 se inspiró particularmente en la Constitución estadounidense al adoptar el modelo presidencialista de esta última, así como el federalismo, componente esencial del orden constitucional norteamericano. Aunque formal, es sugerente también el inicio del preambulo argentino, que parafrasea el famoso comienzo de su equivalente estadounidense («Nosotros, el pueblo»), pero subrayando el contenido estrictamente representativo del sistema adoptado en Argentina: «Nosotros, los representantes del pueblo».
Proyectos constitucionales precedentes[editar]
El régimen legal al que se atendrían las Provincias Unidas del Río de la Plata surgidas en la Revolución de Mayo, a partir del antiguo Virreinato del Río de la Plata, había sido, naturalmente, una de las preocupaciones centrales desde la renuncia del último Virrey; aunque en el primer momento la preocupación, mas acuciante, de hacer efectiva la soberanía por la vía de las armas —en el prolongado enfrentamiento con los ejércitos fieles a la Corona de España— soslayó momentaneamente las decisiones definitivas sobre la organización que ésta habría de cobrar, los intentos fueron consustanciales a los hitos de la organización patriótica.


La misma conformación de la Primera Junta de Gobierno y su ampliación en la llamada Junta Grande, que incluía los delegados provinciales, dio testimonio de la división entre los intereses de la ciudad de Buenos Aires y los de las provincias mediterraneas. En buena medida, la división seremontaba a la época colonial, en que el papel portuario de Buenos Aires la hacía titular de intereses comerciales muy distintos a los del interior artesanal y agricultor. Sólo un pequeño caserío, Buenos Aires, se beneficiaba del trafico de mercaderías traídas por los buques britanicos, a los que pagaba con la exportación de los frutos del país, principalmente cuero crudo y minerales; el conflicto entre los comerciantes que importaban bienes del Reino Unido, y los fabricantes del interior que no podían competir con la potencia industrial de éste, dio lugar ya a diversos conflictos durante el Virreinato. Apenas declarada la independencia de la nación, se plasmaría en el caracter unitario de los primeros ordenamientos jurídicos.
El primer proyecto de estabilizar las sucesivas intentonas que definieron los órganos ejecutivos del poder nacional en los primeros años de organización fue la convocatoria, en 1812, de una Asamblea General Constituyente, con el objeto de dictar una ley fundamental para la organización nacional. La Asamblea, conocida como Asamblea del Año XIII, se reunió efectivamente entre el 31 de enero de 1813 y 1815; dictó un reglamento para la administración, un Estatuto del Poder Ejecutivo, y promulgó varias normas que dirigirían la actividad legislativa en los años subsiguientes, pero se vio impedida de tratar la elaboración de una Constitución. Se presentaron ante ella cuatro proyectos: uno elaborado por la Sociedad Patriótica, otro por una comisión asesora designada por el Segundo Triunvirato, y dos anónimos; todos ellos de corte republicano,introduciendo la división de poderes de acuerdo al formato impuesto por los teóricos de la Revolución francesa, eran sin embargo fuertemente centralistas, delegando la mayoría del poder público en un poder ejecutivo central con sede en Buenos Aires.
Esto, sumado a la ausencia de algunos diputados provinciales, impidió que se llegara a un acuerdo al respecto. La indefinición de la Asamblea, que llevaba ya dos años de deliberaciones, fue uno de los argumentos que esgrimió en 1815 Carlos María de Alvear para proponer la creación temporal de un régimen unipersonal, el llamado Directorio. La Asamblea lo promulgó, pero la vacuidad de este nombramiento, no respaldado por el control efectivo de las fuerzas civiles y militares, llevó a la continuación de las asonadas, trasladandose la tarea de elaborar un proyecto al Congreso de Tucuman de 1816.
La acción del Congreso en este sentido fue limitada, aunque fructífera en otros aspectos; suya fue la Declaración de independencia de la Argentina, el 9 de julio del '16, pero las deliberaciones acerca de la forma de gobierno resultaron mas arduas. En su seno se oponían los pensadores de corte liberal, comprometidos con una forma republicana de gobierno, con partidarios de un régimen monarquico-constitucional. Célebre entre estos últimos fue la propuesta de Manuel Belgrano, que promovió el establecimiento de un descendiente de los incas en el trono nacional. Los monarquicos afirmaban que era imposible erigir una república a falta de instituciones históricamente desarrolladas, y que ésta resultaría labil e inestable,mientras que sus oponentes esgrimían precisamente la falta de prejuicios heredados como una de las razones principales para ensayar un gobierno democratico.
El Congreso tuvo que trasladarse a Buenos Aires a comienzos de 1817, ante la amenaza que representaba el avance de los ejércitos realistas en el norte del país; el 3 de diciembre de ese año sancionó un reglamento provisorio. Sin embargo, los delegados provinciales consideraron que el traslado estaba orientado sobre todo a asegurar el predominio porteño en la redacción final del texto constitucional, presionando sobre los congresistas.
En 1819 vieron cumplidos sus temores ante la presentación de la protoconstitución de 1819, caracterizada por un fortísimo centralismo. No estipulaba el texto en cuestión ni siquiera el régimen electoral por el que se designaría al Director del Estado, pero le garantizaba amplísimas competencias, entre ellas la de designar a los gobernadores de provincia y de proveer a todos los empleos de la administración nacional.
El Congreso ordenó también a San Martín y Manuel Belgrano regresar a la capital, al frente de sus respectivos ejércitos, para defender la autoridad del directorio; ambos generales, sin embargo, se negaron a acatar el mandato. San Martín detuvo a sus tropas en Rancagua, en el actual territorio chileno, y dictó la llamada Acta de Rancagua, en la que desconocía la autoridad del Directorio para darle semejantes órdenes; Belgrano, por su parte, pactó con las fuerzas federales de José Gervasio Artigas, mientras el Ejército del Norte se sublevaba, poniéndose a lasórdenes del gobernador cordobés. La tensión se resolvió finalmente en la batalla de Cepeda (1820), donde las tropas unidas de las provincias derrotaron a las del director José Rondeau. El resultado de la batalla fue el tratado del Pilar, por el que se estipulaba una forma federativa de organización, en la que Buenos Aires sería una mas entre las 13 provincias.
Derrotado por las armas, el ideal unitario siguió sin embargo vigoroso en Buenos Aires. Bernardino Rivadavia, ministro del gobernador Martín Rodríguez, rediseñó en términos mas republicanos el proyecto de constitución del '19. Aprobado el proyecto por la Comisión de Negocios Constitucionales, creada ad hoc, el 1 de septiembre de 1826, la constitución de 1826 fue aprobado por la legislatura porteña, pero frontalmente rechazado por las restantes provincias. Los años siguientes presenciaron el ocaso temporal del unitarismo y el alza de los caudillos provinciales, regímenes bonapartistas. Establecidos éstos, vieron también en el proyecto de una Constitución la posibilidad de sofrenar definitivamente la hegemonía porteña por medios administrativos; el gobernador santiagueño Juan Felipe Ibarra, el cordobés Mariano Fragueiro y el riojano Facundo Quiroga instaban, a comienzos de la década del '30, a formar una asamblea representativa presidida por Quiroga. Éste sufragó incluso los estudios de un joven Juan Bautista Alberdi, de cuya pluma procederían finalmente las bases del proyecto de Constitución para el '53. La principal oposición venía de Buenos Aires, pero no de los letrados y comerciantes unitariosporteños, sino del caudillo bonaerense Juan Manuel de Rosas, que aseveraba que la idea era prematura. La muerte de Quiroga en Barranca Yaco dio final a esta iniciativa, que sin embargo había logrado plasmarse en 1831 en el Pacto Federal, suscrito inicialmente por Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe en 1831, al que se suscribirían paulatinamente las restantes provincias.
El Pacto Federal estipulaba la formación de una Comisión Representativa, con sede en Santa Fe, al que cada una de las provincias adheridas enviaría un representante con atribuciones para celebrar tratados de paz, hacer declaración de guerra, ordenar el levantamiento del Ejército, nombrar el general que debería mandarlo, determinar el contingente de tropa con que cada una de las provincias debería contribuir, invitar a las demas provincias a reunirse en federación y a que, por medio de un Congreso Federativo, se arreglara la administración del país, bajo el sistema federal, su comercio interior y exterior, y la soberanía, libertad e independencia de cada una de las provincias.
Buena parte del texto del Pacto Federal jamas se cumplió; aunque es uno de los pactos preexistentes que mencionara la Constitución del '53, no tuvo gran efecto durante los años de la hegemonía de Rosas, que insistía en la inadecuación de una Constitución prematura. Esta actitud se hizo evidente en 1847, cuando Alberdi, desde el exilio, invitó a los miembros de la intelectualidad exiliada a colaborar con Rosas para gestionar la deseada Constitución. Rosas no respondió siquiera a la propuesta, pero otros caudillosfederales, en especial Justo José de Urquiza, le darían pabulo.
Las Bases de Alberdi

Estatua de Juan B. Alberdi (1810-1884) en su tumba en el Cementerio de la Recoleta en Buenos Aires. Su obra Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina fue el principal documento de trabajo de los constituyentes.
En 1852, el destacado jurista y pensador argentino Juan Bautista Alberdi escribió un libro que obraría como primer documento de trabajo para los constituyentes: Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina.
Las «Bases» de Alberdi estan integradas por 36 capítulos y un proyecto de constitución. Fue escrita rapidamente en abril de 1852 para influir en las deliberaciones de la Convención Constituyente que comenzaría a reunirse en la ciudad de Santa Fe a partir del 20 de noviembre de ese mismo año. Él mismo reflexiona sobre esa situación varios años mas adelante con esta palabras:
Mi libro de las BASES es una obra de acción que, aunque pensada con reposo, fue escrita velozmente para alcanzar al tiempo en su carrera Hay siempre una hora dada en que la palabra humana se hace carne. Cuando ha sonado esa hora, el que propone la palabra, orador o escritor, hace la ley. La ley no es suya en ese caso; es la obra de las cosas. Pero esa es la ley duradera, porque es la verdadera ley.[1]
La obra maestra de Alberdi fue y sigue siendo reiteradamente sintetizada bajo el lema de «gobernar es poblar». La frase esta tomada del Capítulo XXXI y estaba directamente referido a la escasa población que porentonces habitaba la Argentina, mucho menor que la que habitaba por entonces en Chile, Bolivia o Perú.
Años después, él mismo se encargaría de precisar el significado de ese lema para cuestionar la inmigración de italianos y españoles que habían empezado a predominar ampliamente entre los extranjeros que se radicaban en el país.
Gobernar es poblar en el sentido que poblar es educar, mejorar, civilizar, enriquecer y engrandecer espontanea y rapidamente, como ha sucedido en los Estados Unidos. Mas para civilizar por medio de la población es preciso hacerlo con poblaciones civilizadas; para educar a nuestra América en la libertad y en la industria es preciso poblarla con poblaciones de la Europa mas adelantada en libertad y en industria hay extranjeros y extranjeros; y que si Europa es la tierra mas civilizada del orbe, hay en Europa y en el corazón de sus brillantes capitales mismas, mas millones de salvajes que en toda la América del Sud. Todo lo que es civilizado es europeo, al menos de origen, pero no todo lo europeo es civilizado; y se concibe perfectamente la hipótesis de un país nuevo poblado con europeos mas ignorantes en industria y libertad que las hordas de la Pampa o del Chaco.[2]

Población de países latinoamericanos y porcentaje sobre el total

1850
 %
1930
 %
Argentina
1.100.000
3,5
11.800.000
11,1
Bolivia
1.400.000
4,4
1.100.000
1,9
Chile
1.300.000
4,1
4.400.000
4,1
Paraguay
500.000
1,5
900.000
0,8
Perú
1.900.000
6,0
5.600.000
5,3
Uruguay
100.000
0,3
1.700.000
1,6
Fuente: Del Pozo, José[3]En su obra, Alberdi analiza detalladamente el derecho constitucional sudamericano, criticandolo por ser basicamente copias de las constituciones estadounidense y francesa, sin tener en cuenta las necesidades de progreso económico y material que precisaban los países sudamericanos después de la independencia. En sucesivos capítulos analiza las constituciones de: Argentina (Cap. III), Chile (Cap. IV), Perú (Cap. V), Colombia (Cap. VI), México (Cap. VII), Uruguay (Cap. VIII) y Paraguay (Cap. IX).
Alberdi analiza también las nuevas constituciones de la época, como la californiana (Cap. XI), a la que pone como ejemplo de su punto de vista constitucional. En el capítulo XII aborda la cuestión de «monarquía o república» defendiendo el presidencialismo como solución intermedia para las naciones latinoamericanas:
Se atribuye a Bolívar este dicho profundo y espiritual: «Los nuevos Estados de la América antes española necesitan reyes con el nombre de presidentes». Chile ha resuelto el problema sin dinastías y sin dictadura militar, por medio de una Constitución monarquica en el fondo y republicana en la forma: ley que anuda a la tradición de la vida pasada la cadena de la vida moderna. La república no puede tener otra forma cuando sucede inmediatamente a la monarquía; es preciso que el nuevo régimen contenga algo del antiguo.[4]
En el capítulo XIII bajo el título «la educación no es la instrucción», sostiene que las escuelas y universidades deben ser desarrolladas de modo íntimamente relacionado con una política de industrialización. También menciona aquí que lareligión debe ser parte de la educación mas quedar fuera de la instrucción, sentando las bases de la escuela laica.
En el capítulo XIV Alberdi sostiene que los países americanos deben mirar a Europa como fuente de cultura, comercio y población, y sobre todo de futuro, en términos que llegan hasta el racismo abierto:
¿Quién conoce caballero entre nosotros que haga alarde de ser indio neto? ¿Quién casaría a su hermana o a su hija con un infanzón de la Araucania, y no mil veces con un zapatero inglés?
En América todo lo que no es europeo es barbaro: no hay mas división que ésta: 1.º, el indígena, es decir, el salvaje; 2.º, el europeo, es decir, nosotros, los que hemos nacido en América y hablamos español, los que creemos en Jesucristo y no en Pillan (dios de los indígenas) ¿De dónde le vendra esto en lo futuro? Del mismo origen de que vino antes de ahora: de Europa.[5]
Alberdi aborda la cuestión crucial de la inmigración capítulo XV, no solo para «poblar» el país, sino para reconfigurar radicalmente la mano de obra:
Haced pasar el roto, el gaucho, el cholo, unidad elemental de nuestras masas populares, por todas las transformaciones del mejor sistema de instrucción; en cien años no haréis de él un obrero inglés.[6]
Alberdi pensaba en una población de 50 millones de personas que debían venir espontaneamente, libremente, por las garantías que la Constitución debía dar para proteger su propiedad, su libertad, la libre circulación, la tolerancia religiosa y un amplio acceso a la tierra. Sostenía que había que facilitar la radicación de los inmigrantesen todo el país, y no solo en el litoral. Atribuía una importancia especial al ferrocarril: «el ferrocarril es el medio de dar vuelta al derecho lo que la España colonizadora colocó al revés en este continente».[6]
Se adelantaba Alberdi también a la cuestión de las diversas etnias que traería la inmigración:
El pueblo inglés ha sido el pueblo mas conquistado de cuantos existen; todas las naciones han pisado su suelo y mezclado a él su sangre y su raza. Es producto de un cruzamiento infinito de castas; y por eso justamente el inglés es el mas perfecto de los hombres, y su nacionalidad tan pronunciada que hace creer al vulgo que su raza es sin mezcla. No temais, pues, la confusión de razas y de lenguas. De la Babel, del caos saldra algún día brillante y nítida la nacionalidad sudamericana.[6]
Sin embargo Alberdi subraya una y otra vez que la población argentina debe configurarse basicamente como anglo-sajona:
Con tres millones de indígenas, cristianos y católicos, no realizaríais la república ciertamente. No la realizaríais tampoco con cuatro millones de españoles peninsulares, porque el español puro es incapaz de realizarla alla o aca. Si hemos de componer nuestra población para nuestro sistema de gobierno, si ha de sernos mas posible hacer la población para el sistema proclamado que el sistema para la población, es necesario fomentar en nuestro suelo la población anglo-sajona. Ella esta identificada con el vapor, el comercio y la libertad, y no sera imposible radicar estas cosas entre nosotros sin la cooperación activa de esa raza de progreso y decivilización.
Alberdi repasa en la Bases, una a una las bases que precisaba el país para constituirse no solo jurídicamente, sino sobre todo materialmente. En capítulos sucesivos[7] recorre las leyes principales que deberían ser sancionadas, la formación de un aparato estatal federal por encima del poder de las provincias adoptando un federalismo atenuado:
Una provincia en sí es la impotencia misma, y nada hara jamas que no sea provincial, es decir, pequeño, obscuro, miserable, provincial, en fin, aunque la provincia se apellide Estado. Sólo es grande lo que es nacional o federalCaminos de fierro, canales, puentes, grandes mejoras materiales, empresas de colonización, son cosas superiores a la capacidad de cualquier provincia aislada, por rica que sea. Esas obras piden millones; y esta cifra es desconocida en el vocabulario provincial.[8]
Recomienda establecer un sistema de sufragio calificado por «la inteligencia y la fortuna»;[8] se opone terminantemente a la capitalización de Buenos Aires (Cap. XXVI: «Todo gobierno nacional es imposible con la capital en Buenos Aires»); insiste en que los constituyentes carezcan de mandatos (Cap. XXIX:).
En síntesis, para Alberdi la Constitución de 1853 tenía un fin esencialmente económico, elaborada a partir de las necesidades específicas del país, partiendo de su problema esencial: la despoblación (Cap. XXXII).
El clima político del '53[editar]
La Constitución de 1853 se elaboró inmediatamente a la zaga de la derrota porteña en la batalla de Caseros, que dejó a Urquiza al frente de los asuntos nacionales. El6 de abril de 1852 Urquiza se reunió con Vicente López y Planes, gobernador de Buenos Aires, Juan Pujol, gobernador de Corrientes y representantes santafesinos, decidiendo en esa reunión llamar, en los términos del Pacto Federal de 1831, a un Congreso Constituyente para agosto del año siguiente. Se envío inmediatamente una circular a las provincias, manifestando los resultados de la reunión.
Sin embargo, Urquiza estaba al tanto de la fuerte oposición que la élite porteña mostraba a su liderazgo, y a cualquier intento de limitar la hegemonía de Buenos Aires sobre el resto del país. Para enfrentarla, encomendó a Pujol y a Santiago Derqui la tarea de elaborar un proyecto constitucional que resultara aceptable a los porteños; el 5 de mayo se reunió con varios destacados dirigentes en Buenos Aires —entre ellos Dalmacio Vélez Sarsfield, Valentín Alsina, Tomas Guido y Vicente Fidel López—, ofreciéndoles rescatar el proyecto de Constitución Argentina de 1826 de Rivadavia, a cambio de que respaldaran su autoridad al frente del gobierno nacional. La jugada resultó demasiado transparente, y el proyecto encontró un frontal rechazo.
El 29 de mayo tuvo lugar la reunión definitiva con los representantes provinciales, en San Nicolas de los Arroyos. Las deliberaciones duraron dos días, y finalmente concluyeron en la firma del acuerdo de San Nicolas, que otorgaba a Urquiza el directorio provisorio de la Confederación y convocaba para agosto a la realización de la Convención Constituyente, a la que cada una de las provincias enviaría dos representantes. Ademas de lasprovincias directamente representadas —Entre Ríos, por Urquiza; Buenos Aires, por López y Planes; Corrientes, por Benjamín Virasoro; Santa Fe, por Domingo Crespo; Mendoza, por Pascual Segura; San Juan, por Nazario Benavídez; San Luis, por Pablo Lucero; Santiago del Estero, por Manuel Taboada; Tucuman, por Celedonio Gutiérrez; y La Rioja, por Manuel Vicente Bustos— se atuvieron al acuerdo Catamarca, que designó a Urquiza como su representante, y Córdoba, Salta y Jujuy, que lo ratificarían posteriormente.
La oposición porteña no se haría esperar; enfrentandose a López y Planes, a quien consideraban urquicista, Alsina, Bartolomé Mitre, Vélez Sarsfield e Ireneo Portela denunciaron el acuerdo, alegando que no se habían dado a López atribuciones para firmarlo, que el mismo vulneraba los derechos de la provincia, y que por su intermedio se otorgaban poderes despóticos a Urquiza. Los debates al respecto —conocidos como las jornadas de junio— fueron vehementes, y concluyeron con la renuncia de López y Planes el 23 de junio de 1852. La Legislatura eligió para reemplazarlo a Manuel Guillermo Pinto, pero Urquiza hizo uso de las facultades de que lo dotaba el acuerdo para intervenir la provincia, disolver su legislatura y reponer a López al frente. Cuando éste volviera a renunciar, Urquiza asumió personalmente el gobierno, nombrando un consejo de estado de 15 miembros como cuerpo deliberante.
El control personal de los asuntos por Urquiza duró hasta septiembre, cuando éste partió a Santa Fe para las sesiones de la Convención Constituyente, junto con los diputadoselectos Salvador María del Carril y Eduardo Lahitte, dejando al general José Miguel Galan como gobernador provisorio. Tres días mas tarde, el 11 de septiembre, Mitre, Alsina y Lorenzo Torres se alzaron contra las tropas de Galan y restauraron la Legislatura. El 22 del mismo mes revocarían su adhesión al acuerdo, rechazarían la autoridad de Urquiza y enviarían al general José María Paz para intentar extender la revuelta al interior; no lo lograron, pero el amplio apoyo con que contaban hizo desistir a Urquiza de su intención de reprimir la revuelta, e intentó negociar con los sublevados, enviando a Federico Baez para tratar con ellos.
Los porteños retiraron sus diputados de la Asamblea, e instaron a las provincias a hacer lo propio. Frente a la negativa de los gobiernos provinciales, Alsina y Mitre prepararon fuerzas para atacar Entre Ríos, Santa Fe y Córdoba, con el objeto de debilitar la posición de Urquiza y cuestionar su legitimidad. El 21 de noviembre un ejército a las órdenes de Juan Madariaga intentó tomar por asalto la ciudad de Concepción del Uruguay, pero fue rechazado por la guarnición encabezada por Ricardo López Jordan, que notificó a Urquiza de la situación; el fracaso de Madariaga desbarató el intento de Paz de avanzar sobre Santa Fe, y la intención de Mitre de ganar para su causa al correntino Pujol para atacar Entre Ríos se vio frustrada por la adhesión de éste a Urquiza. Sin los representantes porteños, pero con el acuerdo de las provincias, la Convención comenzó a sesionar en noviembre de 1852.
Los constituyentes[editar]
El tratado deSan Nicolas fijaba el principio de representación igualitaria para cada una de las provincias de la Confederación, enviando cada una dos diputados. Éste fue uno de los puntos de ruptura con Buenos Aires, la mas populosa de las provincias, que pretendía la aplicación de la proporcionalidad por habitantes; de aplicarse este criterio, Buenos Aires hubiera contado con 18 constituyentes, y se hubiera necesitado la casi unanimidad en su contra para oponerle exitosamente las pretensiones del interior. Los pactantes de San Nicolas, sin embargo, habían preferido dar igual peso a los criterios del marginado interior.
Las diferencias provinciales dieron lugar a constituyentes de extracción muy variada; varios de ellos no pertenecían a la profesión legal, habiendo militares, religiosos y literatos. Algunos se habían exiliado durante el gobierno de Rosas, mientras que otros habían mantenido actividad política durante este período. Las diferencias se expresarían en los principales diferendos acerca del diseño constitucional, que radicarían sobre todo en la cuestión religiosa y en la actitud a tomar frente al problema porteño.
Tras el retiro de los diputados porteños, Salvador María del Carril y Eduardo Lahitte, siguiendo órdenes de los insurrectos porteños, la composición de la Convención quedó conformada por:
el abogado cordobés Juan del Campillo (por su provincia);
el sacerdote catamarqueño Pedro Alejandrino Centeno (por su provincia);
el jujeño José de la Quintana (por su provincia);
el sanjuanino Salvador María del Carril (por su provincia);
el mendocinoAgustín Delgado (por su provincia);
el abogado cordobés Santiago Derqui (por su provincia);
el correntino Pedro Díaz Colodrero (por su provincia);
el brigadier general correntino Pedro Ferré (por Catamarca);
el sanjuanino Ruperto Godoy (por su provincia);
el abogado santiagueño José Benjamín Gorostiaga (por su provincia);
el porteño Juan María Gutiérrez (por Entre Ríos);
el abogado salteño Delfín B. Huergo (por San Luis);
el sacerdote santiagueño Benjamín Lavaisse (por su provincia);
el santafesino Manuel Leiva (por su provincia);
el abogado puntano Juan Llerena (por su provincia);
el abogado cordobés Regis Martínez (por La Rioja);
el abogado jujeño Manuel Padilla (por su provincia);
el fraile dominico tucumano José Manuel Pérez (por su provincia);
el entrerriano José Ruperto Pérez (por su provincia);
el abogado santafesino Juan Francisco Seguí (por su provincia);
el abogado y médico correntino Luciano Torrent (por su provincia);
el abogado mendocino Martín Zapata (por su provincia);
el abogado tucumano Salustiano Zavalía (por su provincia);
el doctor en derecho salteño Facundo Zuviría (por su provincia).
Varios de los constituyentes no eran nativos de las provincias que representaban, y otros de ellos habían dejado de residir en ellas hacía tiempo; los porteños opositores a la celebración de la Convención los motejaron de alquilones. La historiografía revisionista ha enfatizado ese punto para sugerir que los congresistas fueron escasamente representativos de los pueblos provinciales, y ciertamente la extracción de los mismos no eraprecisamente popular, componiéndose sobre todo de intelectuales y juristas. Sin embargo, desde otro punto de vista se los excusa por considerarse que la mayoría de ellos habían tomado el camino del exilio por diferendos políticos con el gobierno de Rosas o los demas gobernadores federales.
El presidente de la Convención fue el abogado Zuviría, doctor por la Universidad de Córdoba, que había participado en la redacción de la primera Constitución de su provincia el 9 de agosto de 1821. A la inauguración de las sesiones, el día 20 de noviembre —realizada por el gobernador de Santa Fe, Domingo Crespo, ya que Urquiza se hallaba en el frente— Zuviría destacó las dificultades a las que se enfrentaba la Convención, en especial el enfrentamiento armado con Buenos Aires y la falta de antecedentes constitucionales, que hacía necesario un trabajo previo de elaboración de material. De la opinión contraria era el santafesino Manuel Leiva, que argumentó la urgencia de un ordenamiento. La deliberación fue enconada, pero la alternativa de Leiva contó con el apoyo de la mayoría.
Elaboración del texto constitucional[editar]
La comisión encargada de la redacción del proyecto no tardó en reunirse; la componían Leiva, el porteño Juan María Gutiérrez (diputado por Entre Ríos), el abogado santiagueño José Benjamín Gorostiaga, y los correntinos Pedro Díaz Colodrero y Pedro Ferré (éste último diputado por Catamarca).
Aunque las provincias contaban ya con constituciones a las que podría haberse recurrido como modelo, éstas se juzgaron inconvenientes para tratar los problemaspropios de la organización nacional; las constituciones provinciales eran en su mayoría unitarias, y los constituyentes abogaban unanimemente por la conveniencia de adoptar una forma federal de organización. Los modelos a los que se acudió a ese efecto eran las pocas constituciones a la sazón vigentes: la de Estados Unidos de 1787, la gaditana de 1812, la suiza de 1832, las chilenas de 1826 y de 1833, y las constituciones republicanas de Francia de 1783 y 1848, pero sobre todo la obra de Juan Bautista Alberdi —exiliado en Chile—, que había remitido a Juan María Gutiérrez un proyecto de constitución en julio, a pedido de sus amigos. Con todo, la base para la organización del texto fue la constitución unitaria de 1826 de Rivadavia, a la que se adaptó a la forma federal sin alterar buena parte de su articulado.
Gutiérrez y Gorostiaga, dentro de la Comisión de Negocios Constitucionales, fueron quienes estuvieron efectivamente al frente de la redacción del anteproyecto. Gutiérrez había ya tenido mano en él a través de su correspondencia con Alberdi, a quien había sugerido que incorporase a la segunda edición de sus Bases un proyecto desarrollado, para facilitar la tarea de los constituyentes; el grueso de la labor quedó en manos de Gorostiaga, a quien ocupó desde el 25 de diciembre hasta mediados de febrero la tarea. Gorostiaga recurrió a la Constitución de los Estados Unidos —en una lamentable traducción, obra del militar venezolano Manuel García de Sena, la única de la que se disponía en América por ese entonces—, a Alberdi y a la constitución del '26, sobretodo. De esta última recogió las secciones sobre las garantías individuales, sobre la composición del poder legislativo y parte de las competencias del poder ejecutivo.
Una vez acabado el texto, sin embargo, topó con la resistencia de los tres decanos de la Comisión, Leiva, Díaz Colodrero y Ferré. Las discusiones al respecto se centraron en dos puntos, particularmente arduos en el contexto nacional del momento: la condición de la ciudad de Buenos Aires, y el estatus de la Iglesia Católica en el estado. La composición de la comisión, poco representativa del conjunto de los congresistas, tuvo que modificarse en la sesión del 23 de febrero para que el proyecto pudiera darse a tramite. Sin embargo, hubo una demora interina de otros dos meses, debida a la situación política; el 9 de marzo Ferré y Zuviría, que habían sido enviados a parlamentar con los insurrectos porteños, habían pactado con estos la reincorporación de los diputados de Buenos Aires a la Convención, con una representación ajustada a su población. Las tratativas, sin embargo, no llegaron a buen puerto; tras una larga espera, el 15 de abril Urquiza dio orden de reiniciar las sesiones, y tratar el tema expresamente de modo de tener el texto listo en mayo.
La proximidad del texto constitucional al modelo norteamericano no fue del agrado de todos los congresistas; Zuviría leyó, en la inauguración de las sesiones el 20 de abril, un largo memorial contra la aplicación indiscriminada de principios foraneos a un país cuya forma de organización, afirmaba, no estaba habituada a ella. Proponía, en cambio,llevar a cabo un estudio sobre las instituciones locales y emplearlo como base. Junto con fray Pérez, el presbítero Centeno y Díaz Colodrero, fueron los únicos en votar en bloque en contra del anteproyecto. El resto de los congresistas, tanto por razones ideológicas como por la urgencia política que les suponía el dictado del texto, se plegó por el contrario a la iniciativa de la Comisión. El texto se trataría en los diez días siguientes.
El boicot emprendido por los porteños había encendido la ya tradicional enemistad entre capital e interior, azuzada durante los años del rosismo por la mano de hierro con que se había gobernado el país en favor del campo porteño. Uno de los puntos mas controvertidos era el ingreso aduanero, que —siendo Buenos Aires el principal puerto de aguas profundas del país, y el único con trafico activo de mercaderías con Europa— se recaudaba en su casi totalidad en esa ciudad. La renuencia a ceder los cuantiosos importes así recaudados a las finanzas nacionales había sido uno de los principales puntos de controversia entre Urquiza y la oligarquía porteña; del mismo modo, enfrentaba de manera profunda los intereses económicos de los comerciantes de la ciudad, comprometidos con el libre ingreso de mercancías, y las artesanías del interior, que requerían protección para estimular su desarrollo.
El grueso de los convencionales —en especial Gorostiaga y Gutiérrez— abogó por extremar las medidas tendientes a acabar con la hegemonía porteña, federalizando el territorio de la ciudad de Buenos Aires y separandola así de los intereses dela provincia. Mientras el grupo de los moderados, encabezado por Zuviría y Roque Gondra, estimaba que la declaración constitucional de la capitalidad no resultaba conveniente, pues alienaría a los porteños e impediría la negociación de su reincorporación pacífica a la Confederación, la facción mayoritaria sostenía que la oportunidad de exponer las razones de los porteños había sido abrogada al retirar sus diputados, y que la voluntad constituyente no debería arredrarse por la necesidad de tomar las armas contra la propia capital de ser ello necesario para el futuro bien del país.
Las negociaciones fueron arduas, y concluyeron en una solución de compromiso, por la cual la capitalidad de Buenos Aires se hacía explícita en el artículo 3º, pero sujetandola a una ley especial, que se aprobó conjuntamente con la Constitución, de tal manera de permitir su modificación de manera mas flexible. Sin embargo, la afirmación de la soberanía de la Convención sobre el territorio bonaerense y porteño se hacía explícita, tanto en el artículo 3º como en el 32º, 34º y 42º, que disponían la elección de senadores y diputados por la capital, el 64º que estipulaba para el Congreso Nacional la exclusividad de la legislación en el territorio capitalino, el 78º que mandaba la elección de electores presidenciales por la capital, el 83º que concedía al Presidente de la Nación la jefatura inmediata de la capital, y el 91º que fijaba allí la residencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La ley de capitalidad finalmente aprobada fijaba prescripciones para el caso de quefuera imposible fijar inmediatamente la capital en Buenos Aires —como de hecho sucedió.
Otro punto arduo fue el de la libertad de culto, a la que un grupo —los llamados montoneros, pocos pero influyentes, capitaneados por el presbítero Centeno y fray Pérez, ademas de Zuviría, Leiva y Díaz Colodrero— se opuso vehementemente. Los argumentos abarcaron desde lo teológico-jurídico, como en el caso de Centeno, que afirmaba la contrariedad de la libertad de cultos con el derecho natural, hasta lo pragmatico-histórico, como en el caso de Díaz Colodrero y Ferré, que observaron que la observancia de otros cultos podría irritar al pueblo y fomentar la aparición de nuevos caudillos que se hiciesen portavoces de la tradición oponiéndose al marco constitucional. Por el contrario, los convencionales mas influidos por Alberdi y las ideas de la generación del '37 abogaron por la libertad de cultos, señalando que esta favorecería la inmigración, simplificaría las relaciones con otros Estados —como las fijadas en el tratado con el Reino Unido de 1925— y, en especial en la intervención de Lavaysse, que no era materia de legislación la conciencia, sino sólo los actos públicos. El sector liberal prevaleció por 13 votos contra 5, pero la discusión se arrastró a la abolición de los fueros religiosos, a la obligación de profesar la religión católica para los funcionarios del Estado, y a la conversión de los aborígenes. Finalmente, cedieron a los montoneros la exigencia de que el presidente profesase el catolicismo, que se mantendría hasta la reforma de 1994.


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