1. LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA DE
POLICÍA EN GENERAL.
La doctrina jurídica clasica realizó una
clasificación de la actividad de la Administración,
dividiéndola en actividad de Policía (o coacción), de
Fomento y de Servicio Público, que hoy es discutida por algunos autores.
En síntesis, éstos vienen a decir que el desarrollo de la
actividad administrativa y las nuevas formas de prestación de los
servicios públicos han hecho confusos dichos
términos y poco adecuados para caracterizar las distintas formas de la
intervención administrativa moderna.
En la actualidad, la clasificación mas aceptada es la
siguiente :
Acción administrativa de garantía, que sustituye el anterior
concepto de Policía y consiste en la reglamentación de la
convivencia social en muy diversos aspectos, garantizando que las actividades
de los particulares no entren en conflicto entre sí, ni con el
interés general.
Acción administrativa de prestación, que sustituye a la anterior
de Servicio Público y es la que tiene como objetivo
facilitar servicios (transporte público, centros culturales,
instalaciones deportivas, etc.) o entregar bienes (asistencia social, viviendas
sociales, etc.) a los ciudadanos.
Acción administrativa de estimulación, que
viene a sustituir al antiguo concepto de Fomento y consiste en acción de
estímulo o persuasión para que los particulares actúen de
una determinada manera, que se considerafavorable para el interés general.
Algunos autores sitúan la Policía como una de las
manifestaciones de la actividad administrativa de garantía, ya que es la
forma mas representativa de la facultad coercitiva de la
Administración. Sin embargo, plantean que, en la actualidad, su
emplazamiento mas adecuado esta en la actividad de prestación,
en concordancia con el texto de Preambulo de la Ley Organica
2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que dice :
Por encima de cualquier otra finalidad, la Ley pretende ser el inicio de una
nueva etapa en la que destaque la consideración de la Policía
como un servicio público dirigido a la protección de la
comunidad, mediante la defensa del Ordenamiento Jurídico.
2. RASGOS MAS DESTACADOS.
La Policía Administrativa es el conjunto de medidas coactivas que
utiliza la Administración para que los particulares ajusten su actividad
a un fin de utilidad pública. Este concepto se
debe entender en un sentido amplio, que persigue el
normal desenvolvimiento de la vida ciudadana en sus diferentes ambitos.
Por eso, la Policía Administrativa hace referencia a las muy diversas
manifestaciones de la actividad y competencias administrativas, como
policía urbanística, de seguridad, de medio ambiente o
ecológica, de circulación y seguridad vial, etc,
Las limitaciones impuestas por la actividad de Policía siempre se basan
en leyes que habilitan a la Administración pararestablecer restricciones
concretas a través de disposiciones reglamentarias.
Las formas mas frecuentes de los actos administrativos en el
ambito de la Policía son los siguientes :
a) Las autorizaciones, que permiten a los administrados actuar en un
determinado sentido a través de una licencia o autorización. En
unos casos, la facultad de Policía Administrativa se limita a comprobar
la existencia de los requisitos que posibilitan la autorización ;
en otros, se trata de un poder discrecional, ante lo que no es posible alegar
un derecho subjetivo.
b) Los mandatos y prohibiciones, que imponen obligaciones concretas para los
administrados. El mandato supone un requerimiento a un
particular para que cumpla una obligación y suele ir acompañado
de una amenaza de sanción. La prohibición es un
mandato negativo, que deriva de una reglamentación limitativa.
El complemento de la reglamentación de Policía
es la coacción, o ejecución forzosa en materia de Policía
Administrativa. Los medios de ejecución forzosa estan
previstos en los artículos 96 al 100 de la Ley 30/1992, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común. Éstos
son :
1) 1) Apremio sobre el patrimonio. Si en virtud del acto
administrativo hubiera de satisfacerse cantidad líquida se
seguira el procedimiento recaudatorio en vía ejecutiva.
2) 2) La ejecución subsidiaria. Habra lugar a la
ejecuciónsubsidiaria cuando se trate de actos que por no ser
personalísimos puedan ser realizados por un
sujeto distinto del
obligado.
3) 3) La multa coercitiva. Cuando así lo autoricen las leyes, y en forma
y cuantía que éstas determinen, las Administraciones
Públicas, pueden, para la ejecución de determinados actos imponer
multas coarcitivas reiteradas por lapsos de tiempo que sean suficientes para
cumplir lo ordenado.
4) 4) La compulsión sobre las personas. Los actos administrativos que
impongan una obligación personalísima de no hacer o soportar
podran ser ejecutados por compulsión directa sobre las personas
en los casos en que la Ley expresamente lo autorice, y dentro siempre del
respeto debido a su dignidad y a los derechos reconocidos en la
Constitución.
Si fueran varios los medios de ejecución admisibles se
elegira el menos restrictivo de la libertad individual.
Si fuese entrar en el domicilio del afectado, las Administraciones
Públicas, deberan obtener el consentimiento mismo, o en su
defecto la oportuna autorización judicial.
La vigilancia y control del cumplimiento de las
disposiciones administrativas supone la dedicación de una buena parte de
la actividad policial. De hecho, todos los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad
asumen entre sus funciones las de policía Administrativa, generalmente
con respecto a las disposiciones reglamentarias de las administraciones
públicas de las que depende